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Obligaciones Y Contratos Civiles


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  4.109 Palabras (17 Páginas)  •  351 Visitas

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NOCIÓN DE FUENTE DE LAS OBLIGACIONES

Con el término fuentes se trata de designar el origen de donde nacen los derechos que dan lugar a las obligaciones. Al respecto existe una notable variedad de posiciones doctrinales más o menos fundadas, lo que hace sumamente complicado su estudio.

La más autorizada doctrina nos explica que toda obligación tiene su fuente u origen en la ley, que ésta es la única fuente legítima -causa- del nacimiento de todo lazo o nexo jurídico -obligación-; sin embargo, si bien es cierto que en cualquier sistema de derecho escrito como el nuestro, la obra del legislador es en último término la causa generadora de las obligaciones, no menos cierto resulta que la ley por sí sola no es la causa única de su nacimiento, sino que por el contrario, lo que da vida a las obligaciones son los diferentes acontecimientos naturales y acciones humanas -hechos y actos jurídicos- que actualizan los supuestos normativos contenidos en la ley.

Tenemos así que son fuentes de las obligaciones los actos y los hechos jurídicos que producen consecuencias jurídicas, estableciéndose una clasificación de las mismas en fuentes contractuales y fuentes extracontractuales.

Las principales fuentes de las obligaciones son: los contratos, los delitos, la ley, los cuasi contratos y los cuasi delitos.

Los Contratos. El Código Civil establece que los convenios que producen o transfieren obligaciones o derechos, se denominan contratos. De esta institución, fuente importantísima de las obligaciones, trataremos mas adelante.

Delitos. Consisten en todo hecho voluntario que es contrario a las leyes penales, sancionado y castigado por éstas.

Cuando una persona comete un delito, el Estado le impone castigos para garantizar la buena convivencia de los grupos humanos; además, se les exige a los delincuentes que reparen el daño causado. Es por esta circunstancia que los delitos constituyen fuentes de obligaciones.

La Ley. La norma jurídica origina ciertos derechos y obligaciones para aquellos que deben respetarla. Pero esta fuente de las obligaciones no es de tipo voluntario como lo son los contratos y los delitos, es obra del Poder Legislativo y no de aquellos a quienes rige.

Cuasi contratos. Los constituyen hechos semejantes a los contratos. Puede afirmarse que son los hechos ilícitos y voluntarios que obligan a las personas que los ejecutan hacia otras personas, y en ocasiones a éstas hacia los que los han ejecutado, pero sin que haya existido un acuerdo de voluntades.

CAUSAS QUE GENERAN LAS OBLIGACIONES: LOS HECHOS JURÍDICOS Y LOS ACTOS JURÍDICOS

Los hechos jurídicos son aquellos a los cuales el derecho califica de acuerdo a ciertos valores, atribuyéndoles determinadas consecuencias, configurándolos y tipificándolos objetivamente como integrantes del supuesto de la norma, llámese ésta: ley, tratado, ordenanza, decreto, resolución, costumbre, precedente judicial, principio general del Derecho, contrato, testamento, etc. Es decir, son esa inmensa variedad de hechos naturales o sociales que por la trascendencia que tienen en la vida de relación del ser humano son configurados abstractamente en el supuesto de hecho de las normas que integran el ordenamiento jurídico, enlazándose determinados efectos, constitutivos, modificativos o extintivos de relaciones jurídicas. Por eso se dice que los hechos jurídicos son los que están previstos por el ordenamiento jurídico o, también, que son los hechos que están insertos en la estructura de la norma, constituyendo el contenido del supuesto normativo.1

Los hechos son acontecimientos susceptibles de ser percibidos por nuestros sentidos. Todos ellos pueden analizarse según distintos criterios:

• De acuerdo con su origen, los hechos son humanos o naturales.

• De acuerdo con las consecuencias que producen son hechos simples o hechos jurídicos (ambos tipos pueden ser humanos o naturales)

Quiere decir que muchos hechos, sean naturales o humanos, pueden tener un contenido únicamente estético, sentimental, etc (un atardecer, escribir un poema a la persona querida); vale decir que no tienen relevancia alguna para el derecho.

Pero hay otros que tienen directa incidencia en el derecho. A éstos se los denomina hechos jurídicos. Según el Código Civil Argentino un hecho jurídico es un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del Derecho; es decir, que es susceptible de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de derechos y obligaciones (artículo 896 del C. Civil).

Un hecho jurídico es el antecedente o la causa de una relación jurídica. Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del Derecho. El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico. Es habitual que en derecho procesal se establezca que una sentencia judicial explique dos aspectos: hechos jurídicos que se entienden probados, y fundamentos de derecho a aplicar a tales hechos. Así, el fallo o sentencia vendrá fundamentado por estas dos categorías. Según Ortolán: «La función de los hechos en la jurisprudencia es función eficiente.»

Es importante distinguir, dentro de los hechos jurídicos en sentido amplio, los llamados actos jurídicos y los hechos jurídicos en sentido estricto. Un hecho jurídico en sentido estricto no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un acto jurídico, la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos

Ejemplos de hechos jurídicos:La muerte

• La promulgación de una Ley.

• El nacimiento de una persona.

• Una declaración de guerra.

• Una catástrofe natural.

• Una catástrofe humana (genocidios, golpes de estado, etc.)

Ejemplos de hechos jurídicos que además son actos jurídicos (Nota: todos los actos jurídicos son además hechos jurídicos pero no a la inversa):

• La firma de un contrato.

• El otorgamiento del consentimiento matrimonial.

• Otorgar testamento

• Las inscripciones registrales

El concepto de acto encuentra su origen en el vocablo

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