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PRINCIPALES REFERENTES DEL MARCO LEGAL INTERNACIONAL Y NACIONAL VENEZOLANO, EN MATERIA DE GESTIÓN DE RIESGOS ANTE DESLIZAMIENTOS DE MASA.


Enviado por   •  22 de Octubre de 2018  •  Tareas  •  1.296 Palabras (6 Páginas)  •  117 Visitas

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Ing. Eskeila Troconis

PRINCIPALES REFERENTES DEL MARCO LEGAL INTERNACIONAL Y NACIONAL VENEZOLANO, EN MATERIA DE GESTIÓN DE RIESGOS ANTE DESLIZAMIENTOS DE MASA.

 Introducción

El cambio climático, sumado a factores de índole antrópico, tales como la necesidad de acceso a los recursos naturales, la carencia de viviendas en zonas seguras, sumado a una geografía física propensa a generar y recibir fenómenos naturales de muy diversos tipos, ha traído como consecuencia que los desastres naturales se hayan incrementando progresivamente en el mundo, afectando a las poblaciones más vulnerables desde el punto de vista económico y social, especialmente en América Latina.  

Este es el caso de la comunidad Quebrada de  Apa, en donde se presentan  numerosos  aspectos geofísicos que coinciden con los factores desencadenantes de riesgos socionaturales  (deslizamientos de masa).  Uno de estos factores es su ubicación, dado que se  encuentra hacia el  noroeste, en las afueras de la ciudad de La Victoria, en el Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua,  dentro de un relieve montañoso accidentado con pendientes de alto grado, surcadas por quebradas intermitentes pertenecientes a la subcuenca del Río Aragua, encontrándose dentro del área de influencia de la falla de la Victoria, dándole  a la misma un alto potencial de riesgo sísmico.

De igual forma,  existen factores de origen antrópico, tales como  la deforestación incontrolada para la construcción de viviendas, las descargas de aguas residuales en las laderas, los incendios de vegetación,  el incumplimiento de la legislación vigente y la ausencia de planes comunales de formación y  prevención, los cuales hacen de esta comunidad una de las más vulnerables a riesgos por  deslizamientos.

De allí la importancia de asumir  la gestión de riegos  en la comunidad para disminuir la vulnerabilidad de la misma, la cual es asumida como,

 “El proceso orientado a formular planes y ejecutar acciones de manera consciente, concertada y planificada, entre los órganos, los entes del Estado y los particulares, para prevenir o evitar, mitigar o reducir el riesgo en una localidad o en una región, atendiendo a sus realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales y económicas”. (Ley de Gestión de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos, 2009).

En tal sentido nos preguntamos ¿cuál es el marco legal para abordar la gestión de riesgos socionaturales en Venezuela?

Para abordar esta problemática, se plantea enunciar el marco legal venezolano,  así como el marco normativo internacional que rige  la gestión de riesgo ante los eventos de deslizamiento de masa en la comunidad Quebrada de Apa, del municipio José Félix Ribas del estado Aragua.

Marco legal internacional:}

EL marco jurídico ambiental  que asume la gestión de riesgo socionaturales en Venezuela asume los siguientes convenios como marco internacional:

Carta de las Américas (2012),  La Unión Internacional para la Protección de la Naturaleza (1955) y el Protocolo relativo a las áreas flora y fauna silvestre especialmente protegidas (protocolo de Spaw) (1990)

Marco legal Nacional:

Constitución de la República bolivariana de Venezuela (1999) y la gestión de riesgo.

Articulo

Enunciado

Artículo 55

Derecho de toda persona a la protección por parte del estado a través de los órganos de seguridad, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo ,(…).

Artículo 127

Es un derecho, individual y colectivo, al disfrute de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. (…)..

Artículo 184

Con respecto al poder público  municipal, la ley creará mecanismos (…)  para que los estados y municipios     descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados servicios en materia de salud, prevención, protección (…)..

Artículo 332

Se designa al Ejecutivo Nacional como figura de protección y restablecimiento del orden público, que organizará entre otras  un cuerpo de bomberos y administración de emergencias de carácter civil y una organización civil y de administración de desastres. (…).

Ley Orgánica del Ambiente (2006) y la Gestión de Riesgo.

Esta ley pone de manifiesto los lineamientos de prevención de riesgos y promueve la creación de instancias regionales, estadales y locales.

Artículo

Enunciado

Artículo 20

Se prevé la creación o el establecimiento de instancias regionales, estadales y locales de coordinación y participación ciudadana para cooperar con la gestión del ambiente.

Artículo 23:

Entre los lineamientos definidos para la planificación del ambiente, se encuentran (numeral 6) los sistemas de prevención de riesgos para garantizar su inserción en los planes nacionales, así como la participación ciudadana y la divulgación de la información.

Artículo 35

 desarrollar procesos educativos ambientales en el ámbito de lo no formal que promuevan y fortalezcan el derecho a la participación de ciudadanos, y comunidad (…)

...

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