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Penalización Y Despenalización Del Aborto En México


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2013  •  Ensayos  •  905 Palabras (4 Páginas)  •  429 Visitas

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Después de 72 años de su construcción, se le hizo una remodelación intensa, la cual comprendió la restauración del monumento, la rehabilitación integral de la Plaza de la República y el remozamiento del Museo Nacional de la Revolución, así como la construcción de un estacionamiento subterráneo, todas ellas obras que constituyen, sin duda alguna, un gran lugar para visitar.PENALIZACIÓN Y DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN MÉXICO El pasado 24 de abril la ALDF aprobó con 46 votos a favor (PRD, Panal, PRI y Coalición Socialdemócrata), 19 en contra (PAN, PVEM) y una abstención (del priísta Martín Olavarrieta) la reforma de ley que despenaliza el aborto hasta la semana doce de gestación. ¿Qué quiere decir esto? Antes de esta reforma, en la Ciudad de México sólo estaba permitido el aborto cuando: El embarazo fuera el resultado de una violación o una inseminación artificial no consentida por la mujer Cuando la mujer embarazada corriera grave daño a su salud si continuaba la gestación Por malformaciones congénitas o genéticas graves del producto Por una acción imprudencial de la mujer embarazada La nueva reforma en materia de aborto estableció: 1) La despenalización del aborto mediante una reformulación de la definición jurídica del mismo, ahora sólo se castiga si se realiza después de la semana doce de gestación. 2) Que el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio. 3) La disminución de la pena para las mujeres que se practiquen voluntariamente un aborto después de la semana doce, ahora será de tres a seis meses de prisión o cien a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad. 4) Se estableció el tipo penal del aborto forzado como la interrupción del embarazo (en cualquier etapa) sin consentimiento de la mujer embarazada. Haciendo énfasis en que esta figura delictiva no sólo protege la vida en gestación, sino que aatiende al artículo 4° de la Constitución para garantizar la integridad física, la autonomía personal, la libertad reproductiva y el derecho a la maternidad libre y consiente de las mujeres. 5) Se modificó la ley de Salud para establecer que las instituciones públicas de salud del gobierno del Distrito Federal atenderán las solicitudes de aborto aún cuando la mujer que lo solicite cuente con algún otro servicio de salud público o privado, y que la atención a la salud sexual y reproductiva tiene un carácter prioritario. Además se estableció que el gobierno del DF promoverá permanentemente y de manera intensiva, políticas integrales tendientes a promover la salud sexual, los derechos reproductivos, así como la maternidad y la paternidad responsables y coadyuvar al pleno ejercicio de los derechos reproductivos de las personas con una visión de género, de respeto a la diversidad sexual y de conformidad a las características particulares de los diversos grupos poblacionales, especialmente para

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