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Principios Y Evolucion Laboral


Enviado por   •  18 de Agosto de 2013  •  1.795 Palabras (8 Páginas)  •  326 Visitas

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PRINCIPIO DE AUTONOMIA Y ESPECIALIDAD DE LA JURISDICCIÓN LABORAL

Lo que se busca con el desarrollo de este principio es que los tribunales del trabajo, conozcan exclusivamente de asuntos contenciosos relacionados con la materia laboral, y que tengan su origen en el hecho social trabajo. De esta manera, se crean tribunales del trabajo de primera y segunda instancia y sus decisiones serán en todo caso revisadas por la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, garantizando así una jurisdicción especializada

LA ORALIDAD

Con la incorporación y desarrollo de este principio, el país se suma a la tendencia global de sustituir el proceso escrito por un procedimiento breve, oral, inmediato, concentrado y público.

De esta manera, se plantea que el procedimiento en primera instancia se desarrolle en dos audiencias:

Una audiencia preliminar, y otra de juicio o de mérito.

En la audiencia preliminar, deberán comparecer las partes y el fin principal es que el juez, a través de la mediación, logre convencer a las partes para que se transen. Incluso, el juez puede, a instancia de una parte, someter la solución del juicio a un arbitraje. Sobre este arbitraje se referirá más adelante, por considerar que el mismo representa una de las novedades más importantes del nuevo proceso.

La segunda audiencia, de juicio o mérito, se considera el acto más importante del juicio. En ella se exige la comparecencia de las partes y el demandado expondrá sus argumentos de defensa. Ambas partes presentarán sus pruebas y el juez las analizará y considerará. Una vez finalizada la evacuación de las pruebas, el juez deberá informar su decisión a las partes de manera verbal, debiendo en el transcurso de los cinco días siguientes, hacerla constar por escrito

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD

El proceso laboral será llevado a cabo de la manera más pública posible por lo que podrá ser presenciado por cualquier persona interesada. De esta manera, se estaría garantizando la transparencia y la objetividad.

PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN

En el nuevo proceso laboral, el juez debe participar personal y directamente en la evacuación de las pruebas, para así formarse su propio concepto de las pruebas y de los alegatos de las partes, lo que le permitirá resolver el juicio de manera persona

PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN

Lo que se busca con este principio es que, en una misma audiencia, comparezcan el juez y las partes, se evacúen las pruebas pertinentes y así poder obtener una sentencia

PRINCIPIO DE GRATUIDAD

Se establece que la justicia laboral será gratuita, los tribunales del trabajo no pueden establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios. Igualmente, se les prohíbe a los Registradores y Notarios cobrar tasas o aranceles por sus servicios, cuando la actuación sea de naturaleza laboral

PRINCIPIO DE LA SUPREMACÍA DE LA REALIDAD DE LOS HECHOS SOBRE LAS FORMAS O APARIENCIAS

Constituye propiamente un principio al derecho sustantivo conforme al cual el juez debe declarar la existencia de la relación del trabajo independiente de las apariencias o simulación formal que las partes puedan haberle dado a dicha relación

PRINCIPIO DE LA RECTORIA DEL JUEZ

Esto significa que es el juez o jueza quien gobierna o rige el proceso. En este caso el juez o jueza va a participar directa y personalmente, y no a través de intermediarios

PRINCIPIO DE BREVEDAD Y CELERIDAD

El propósito de este principio es arbitrar medidas que den más pronta solución a los conflictos planteados entre trabajadores y empleadores.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

Se refiere al aspecto puramente procesal, garantiza a toda persona el estricto respeto de los procedimientos previamente establecidos.

PRINCIPIO DE SANA CRÍTICA

Es la tendencia del Proceso Laboral a la búsqueda de la verdad material, el cual se logra mediante un proceso oral con inmediación del Juez entre partes y medios de prueba.

PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD PROCESAL:

A través de este único y uniforme proceso laboral, se resolverán todos aquellos asuntos contenciosos del trabajo que no tengan atribuida su resolución a la conciliación y al arbitraje, como por ejemplo: demandas por prestaciones sociales y otros derechos derivados de la relación laboral

PRINCIPIO DE ABREVIACIÓN:

La ley permite resolver la controversia en un lapso no mayor de seis meses concluida la sustanciación, tanto en primera como en segunda instancia, incluyendo casación.

Es así por lo que la ley establece un procedimiento breve y uniforme que permite la decisión inmediata de la causa en forma oral.

EVOLUCIÓN DEL PROCESO LABORAL VENEZOLANO. ANTECEDENTES.

1.- Antecedentes.

Anterior a la entrada en vigor de la actual Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA), la situación del proceso laboral en Venezuela era por demás dispersa. Los progresos que se habían logrado en materia de sistematización de la legislación sustantiva laboral (muy especialmente con la promulgación de la Ley Orgánica del Trabajo de 1990, de su reforma en 1997 y de su reglamento general en Enero de 1999), no habían tenido una equivalente en la legislación adjetiva hasta entonces, la cual venía experimentando a contrario sensu una dispersión que dificultaba el cumplimiento de los objetivos propios del proceso.

En 1940 se promulgó la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos de Trabajo (LOTPT), reformada en 1956 que echó las bases organizativas de la jurisdicción laboral y estableció una normativa especial para los juicios del trabajo, los cuales en general debían seguirse por esta ley especial, la cual remitía supletoriamente en aquello que ella no regulaba, al Código de Procedimiento Civil de 1916 (CPC), que fue reformado en 1986 por un nuevo código que comportó sustanciales reformas procesales. La aplicación de una ley concebida en el marco de un

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