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PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  1.063 Palabras (5 Páginas)  •  694 Visitas

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JUICIO ORDINARIO LABORAL

La Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), establece un nuevo proceso en la materia, así como también una nueva organización de la jurisdicción laboral. Este nuevo proceso viene a sustituir el proceso laboral previsto en la Ley de Tribunales y Procedimientos de Trabajo de 1959, calificado como un “proceso excesivamente escrito, lento, pesado, formalista, y oneroso” el cual no garantizaba una tutela efectiva de los derechos de los trabajadores afectados, como ahora lo establece el artículo 26 en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999:“Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, e incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, transparente y autónoma. Independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones, sin formalismos o reposiciones inútiles.

Así mismo la Constitución de 1999, especifica en su artículo 257:“El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales”.

La nueva Ley procesal, respondió a la necesidad de separar la especialidad de la materia laboral de la jurisdicción ordinaria, estableciendo un proceso propio, orientado hacia la celeridad procesal y el mejoramiento la administración de justicia, y con un marcado carácter social.

PRINCIPIOS DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO

Los principios que orientan la ley como son: la gratuidad, celeridad, oralidad, inmediatez, el principio de la primacía de la realidad y la rectoría del juez en el proceso, con lo que se quiere eliminar del todo, las características del proceso derogado, que terminó siendo un proceso costoso, excesivamente lento, escrito, de carácter dispositivo y donde el juez sólo presenciaba el desfile de las partes en el proceso. Además de estos principios, la nueva ley procesal define algunos otros.

Oralidad: La Ley Orgánica Procesal del Trabajo desarrolla el principio constitucional de la oralidad en su artículo 3 al establecer: “El proceso será oral, breve y contradictorio, solo se apreciarán las pruebas incorporadas al mismo conforme a las disposiciones de esta Ley, se admitirán las formas escritas previstas en ella.” La oralidad se entiende como un instrumento, que permita la efectiva realización de la justicia y el cumplimiento del fin social de la misma.

Publicidad: Establece el artículo 4 de la Ley, que los actos del proceso serán públicos, salvo que expresamente esta Ley disponga lo contrario o el tribunal así lo decida, por razones de seguridad, de moral o de protección de la personalidad de alguna de las partes.

La publicidad permite la transparencia del proceso y la participación de todas aquellas personas que tengan interés en presenciar las audiencias y demás actos

Rectoría del juez o jueza en el proceso. Esto significa que es el juez o jueza quien gobierna o rige el proceso. En este caso el juez o jueza va a participar directa y personalmente, y no a través de intermediarios; en la sustanciación del proceso y en el debate procesal correspondiente todo bajo su

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