ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

REFORMA POLICIAL

bramirita31 de Enero de 2015

3.529 Palabras (15 Páginas)301 Visitas

Página 1 de 15

LA REFORMA POLICIAL COMO POLÍTICA PARA GARANTIZAR EL DERECHO A LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD PERSONAL

PARTICIPANTES

BRAMIRA ROJAS C.I. 9.423.215

La Asunción, Julio de 2014

LA REFORMA POLICIAL COMO POLÍTICA PARA GARANTIZAR EL

DERECHO A LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD PERSONAL

La Republica Bolivariana de Venezuela, en su interés democrático de satisfacer las necesidades de las comunidades que integran su territorio, y en cumplimento a los acuerdos suscritos por la nación, referidos a la protección a los derechos humanos ha encaminado sus mecanismos legales e institucionales a la práctica de acciones positivas que preponderen en la consolidación de este noble propósito; en virtud a ello, el gobierno venezolano ha generado una serie de políticas públicas destinadas a darle fiel cumplimiento a estos derechos de la humanidad.

En lo específicamente referente a la Seguridad e Integridad de las personas, que se encuentren en el territorio venezolano, tal como lo establece la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 46, que establece: “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral” y el artículo 55. “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes…”, lo que concuerda con lo pactado y establecido en la Declaración Americana de Los Derechos Humanos en su artículo 1 que establece: “todo ser humano tiene derecho a… la seguridad de su persona”. La convención Americana de los Derechos Humanos, que establece en su artículo 5 lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a que se le respete su integridad física…” así como el derecho a la seguridad de las personas establecidos en el artículo 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 9 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.

La política de seguridad e integridad de las personas iniciada por el país, en materia de reforma policial, obedecen a la obligación que tiene el Estado de adoptar medidas para prevenir la vulneración de los derechos vinculados a la seguridad ciudadana, la cual implica no solo garantizar el derecho a la seguridad e integridad de las personas, sino también el uso en las comunidades de estrategias de acercamiento y la atención a las víctimas de delitos, entre otras; por las que surgen la imperiosa necesidad de profesionalizar y modernizar las policías de manera general, ya que este tipo de políticas públicas deben ser evaluadas desde la perspectiva exclusiva del respeto y garantía de los Derechos Humanos.

Ahora bien el Estado en su deber de garantizar y salvaguardar los Derechos Humanos de primera generación o Derechos civiles y políticos, entre los que se destaca la seguridad e integridad personal, por tal razón las políticas públicas en materia de seguridad e integridad de las personas deben ser integrales, ya que no solo deben abarcar le seguridad como tal, sino también, abarcar los derechos humanos en conjunto, pues esa aplicación requiere cumplirse de manera intersectorial, por cuanto sus planes, acciones o directrices deben abarcar diferentes sectores de la comunidad; de manera participativa, ya que no solo el gobierno debe intervenir, sino que debe intervenir también la sociedad de manera democrática; de manera universal, porque su cobertura no debe discriminar o excluir a persona alguna por ninguna causa y de manera intergubernamental; porque deben intervenir los gobiernos ya sean en el ámbito nacional, estadal o municipal, lo que le darían ese carácter de eficaces políticas de seguridad ciudadana para la garantía de los derechos humanos.

La Nación Venezolana, en virtud al principio de gobernabilidad democrática descrito en los tratados internacionales, ha diseñada diversas políticas de seguridad ciudadana, entre las que se destacan la Reforma Policial, quizá como la más importante de todas, pues esto significa prestar un servicio a la comunidad bajo la garantía absoluta del respeto a los derechos humanos, ya que desde esa perspectiva se diseño, siendo su finalidad la de determinar taxativamente sus competencias, profesionalización, modernización y adecuación de su estructura organizacional, para ajustarse a que, el ejercicio de sus funciones conlleven a garantizar a la población el efectivo disfrute de los derechos humanos, previniendo aquellos delitos que vulneran el derecho a la seguridad e integridad de las personas.

El Constituyente Venezolano, en razón de los tratados y pactos suscritos por la Republica, estableció en la constitución de 1999, los derechos humanos como prioridad para mantener su progresividad en el tiempo; a la vez que estableció las bases para la reforma policial, entre los que se destacan, los mecanismos necesarios para organizar la fuerza policial en los distintos niveles del país, lo que además, sirvió como asidero para crear la Ley Orgánica del servicio de Policía y del Servicio de Policía Nacional Bolivariana y el Estatuto de Función Policial, todas ellas respaldadas por las reglas de derecho internacional, que señalan que, los Estados deben crear un marco jurídico especifico para la función de las policías, que además debe ser conocido y aceptado por la comunidad en general, ya que este sería el basamento que va a favorecer la discrecionalidad de la actuación de los funcionarios de la institución policial, y que además, evitara se produzcan desviaciones o abusos de poder en la ejecución de los servicios policiales; pues también serian regulados por un código de ética que contenga los principios de actuación policial y las tipificación de las conductas no acordes y sancionables disciplinariamente.

Las políticas de seguridad e integridad de las personas deben estar caracterizadas por los principios de: no discriminación: por cuanto los funcionarios encargados de aplicarlas deben en toda actuación demostrar una conducta de respeto a los derechos humanos sin discriminar a las personas por razones de raza, sexo, edad, condición física u otras características, participación: en virtud a que los pueblos deben participar activamente en las políticas de seguridad ciudadana, y rendición de cuenta: ya que el Estado debe responder por el cumplimiento de las garantías de los derechos humanos en el desarrollo de las políticas públicas de Seguridad e integridad de las personas.

La Reforma Policial como una de las políticas públicas para garantizar la seguridad e integridad de las personas debe estar basada en tratados sobre los derechos humanos, tales como: la Declaración universal de los Derechos Humanos y el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, así como la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, para ser un modelo proactivo de labor policial diseñada para proteger el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas, basado en la profesionalización del funcionario policial, y la modernización de la institución, para lograr un mejor desarrollo de las políticas de seguridad, según lo que refiere el Informe sobre la seguridad ciudadana y derechos humanos realizados por la comisión interamericana de Derechos Humanos. El cual refiere lo siguiente: “Para que una fuerza policial aspire a ser respetuosa de los derechos humanos no sólo requiere de formación teórica sino que debe organizarse, seleccionar su personal, capacitarse permanentemente y realizar sus operaciones profesionales de forma tal de hacer efectivos los derechos humanos de la población a la que sirve”. Cuya formación debe ser continua y progresiva, de tal manera que el funcionario pueda según lo establecido en el antes mencionado informe: “…determinar en cada situación si el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal, es proporcionado, necesario y lícito”. Además el Estado debe suministrar los equipos y materiales adecuados para cumplir la misión, para la cual han sido destinados, todo ello, en el marco de la política de seguridad pública diseñada.

Venezuela a partir de la aprobación de la constitución del año 1999, comenzó una transformación en el país, a través de diversas políticas de cambio, entre las que se encuentra la reforma policial, cuyo fin es lograr una policía dignamente capacitada para defender y respetar los derechos humanos de las personas, establecidos en la ley. En el año 2004 fue decretado como medida para controlar las funciones que deben desempeñar los funcionarios policiales, el Código de Conducta Policial, en el cual se establecen las normas éticas – morales para honrar la función policial y ajustar el cumplimiento de las funciones policiales a los principios de los derechos humanos, establecidos en los tratados internacionales.

La política de reforma policial sigue avanzando y en el año (2006) se crea la Comisión Nacional para la Reforma Policial (CONAREPOL) la cual realiza un estudio y genera un diagnostico el cual contiene recomendaciones a seguir para lograr un servicio policial, ajustado a las normas de defensa y reconocimiento de los derechos humanos, entre las que se destacan: la organización de los cuerpos policiales, creación de leyes que regulen la materia policial, la modernización de los cuerpos policiales y la profesionalización de los funcionarios policiales, para así sustituir un viejo modelo policial,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (23 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com