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REGLAMENTO DE DOCENCIA


Enviado por   •  6 de Abril de 2017  •  Apuntes  •  5.583 Palabras (23 Páginas)  •  174 Visitas

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REGLAMENTO DE DOCENCIA

INTRODUCCION

El reglamento docente corresponde al conjunto de normas reguladoras de las relaciones entre la institución universitaria, personal docente y alumnado, el cual contiene las condiciones de ingreso, derechos, deberes, estímulos y sanciones entre otros, de acuerdo a los procedimientos internos de dicha universidad.
Este reglamento contribuye a que la institución universitaria mantenga y eleve su nivel académico a través del cumplimiento de cada una de sus normas y artículos.
Es un documento del cual todos deberíamos tomar conocimiento para realizar los procedimientos requeridos en forma correcta, de acuerdo a la condición del alumno.

I Ámbito aplicación
El presente reglamento regula la actividad académica de las carreras de la universidad de Tarapacá

II Tipos de Alumnos

Existen alumnos regulares, especiales y de intercambio.

Los alumnos regulares son aquellos que se han matriculado en la universidad los cuales son adscritos a una carrera determinada.

Los alumnos especiales son aquellos quienes ingresan a la universidad para adquirir o perfeccionar  conocimientos.

Los alumnos de intercambio son aquellos que provienen de otra universidad y desean  cursar alguna actividad curricular en la universidad.

III Sistema Curricular

Es el conjunto de actividades académicas las cuales definen grado o título que otorga duración de la carrera.

Objetivos generales y básicos de las actividades

Distribución de las actividades curriculares por semestre o año pre-requisitos, co-requisitos y el número de horas para cada actividad. Las actividades académicas se realizan bajo la tuición de uno o más académicos designados estas actividades pueden ser: memorias, asignaturas, proyectos de título, seminarios y prácticas profesionales.

IV Inscripción en Actividades Curriculares

Será responsabilidad del alumno inscribirse a las actividades curriculares, si el alumno no puede presentarse deberá darle un poder simple a otra persona. De no regularizar su inscripción en los plazos indicados se le otorgara retiro temporal automático.

El alumno que ingresa a primer semestre está inscrito automáticamente

Se exceptúan los alumnos que:

  • Ingresen a primer semestre curricular
  • Tengan aprobado su retiro temporal en el respectivo semestre académico
  • Por el efecto de suspensión de actividades curriculares, les sea imposible cursar asignaturas en el semestre académico respectivo
  • El alumno que no esté inscrito no podrá ser evaluado. Para efectuar modificaciones en la inscripción de actividades curriculares se tiene un plazo de diez días máximo.

V Asistencia, evaluaciones y eliminación.

La asistencia no es importante en cátedras, pero en talleres, laboratorios o actividades curriculares si porque su asistencia puede valer una nota 1,0, excepto que presente un justificativo en registraduría en la cual debe presentarse con dos días de anticipación. Se debe tomar en cuenta que las notas van desde el 10,0 al 7,0 con mínimo de nota para aprobar el roma de 4,0, el número de notas en una clase teórica es de tres y en una actividad teórica es de cuatro, hay que tener en cuenta de que si no se aprobó el ramo con las notas puestas se puede dar la prueba optativa que equivale al 20% o 40% de la nota. Por ultimo nombrar que el profesor tiene aprox. 10 días para entregar una nota en la cual después de ser entrega tiene 48 horas para revisar y nuevamente entregada al profesor.

Eliminación.

Para llegar a ser eliminado de la universidad tendría que no haber pagado la matrícula y no haber cumplido con los requisitos de apelación a su oportunidad que puede optar (tener un mínimo de 4,0 en los ramos o tener aprobado el 70% de sus ramos en un año completo) hay que tener claro que esa oportunidad solo se da una vez en toda la carrera universitaria.

 VI Del retiro temporal, suspensión de actividades y retiro definitivo
a) Del retiro temporal: Es la interrupción voluntaria de los estudios, ya sea en forma continua o alternada a lo largo de la carrera. Este plazo no puede exceder los 6 semestres en caso de carreras de 10 o más semestres y 4 semestres en el caso de carreras de menos de 10  semestres.
b) Suspensión de actividades Curriculares: Es la interrupción del proceso evaluativo final de un semestres , en una o más actividades curriculares por inhabilitación, debidamente justificada con el Jefe de carrera, quedando pendiente este proceso hasta su reincorporación a la Universidad, teniendo 15 días hábiles para restablecer las exigencias pendientes.
 c) Retiro definitivo: Es la perdida voluntaria de calidad de alumno de la Universidad. Para este efecto el alumno tendrá que presentar una solicitud en registraduría.

 VII Exámenes de suficiencia
Es una evaluación única que se aplica a los alumnos que lo soliciten y que cumplan con los pre-requisitos establecidos en el plan de estudio. El examen de suficiencia puede ser escrito ,oral o mixto. Se deberá aplicar una semana antes del comienzo de clases.

 VIII De la transferencia de Carrera y cambio de Régimen
a) Transferencia de carrera: Consiste en que un alumno se cambie de una carrera a otra debiendo acreditar al menos dos semestres en la carrera de origen, adjuntas todos los antecedentes que la carrera exige, entre otros requisitos.
b) Cambio de régimen
Cambio de régimen, es el acto en virtud del cual el alumno continúa estudios en la misma carrera, pero en un horario diferente (diurno a vespertino o viceversa). Para solicitar el cambio de régimen, el alumno deberá acreditar haber cursado, al menos, dos semestres en el régimen de origen. La solicitud deberá ser resuelta por el Comité de Carrera.

 IX Del traslado de institución de educación superior 
Traslado es el acto en virtud del cual el alumno se cambia de una Universidad o Instituto Profesional a otra, nacional o extranjera, con el objeto de proseguir estudios en la misma u otra carrera.
Los alumnos con estudios en Universidades o Institutos Profesionales chilenos adscritos al Consejo de Rectores, los alumnos que no provengan de instituciones miembros del Consejo de Rectores y alumnos extranjeros, podrán solicitar traslado a la Universidad de Tarapacá, presentando los siguientes documentos:
- Carta solicitud dirigida al Comité de la Carrera respectiva.
- Certificado de Concentración de Notas, en el que conste la aprobación de la totalidad del currículum correspondiente al 1er. y 2do. Semestre de la carrera de origen.
- Certificado en que conste que se está habilitado para proseguir sus estudios.
A diferencia que los alumnos que provengan de instituciones no afiliadas al consejo de rectores deberán constatar también haber obtenido en el año de ingreso a la institución de origen, un puntaje ponderado de postulación, igual o superior al  último puntaje ingresado a la carrera de la Universidad de Tarapacá en ese mismo año.
Y en vez de esto los alumnos provenientes de Universidades extranjeras deberán  demostrar tener un promedio de notas en la Institución de origen, igual o superior en un 20% a la nota mínima de aprobación.
Estas solicitudes deberán ser presentadas en registraduría 3 semanas antes del inicio de clases de cada semestre.

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