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Tributario


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  4.333 Palabras (18 Páginas)  •  265 Visitas

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Los Recursos Públicos: Concepto.

Se denominan Recursos Públicos a todas las percepciones e ingresos que percibe el Estado de cualquier naturaleza que sean con el objeto de financiar los gastos públicos.

Los Estados Modernos reciben ingresos de los ciudadanos a través de:

 Los Impuestos

 Las Tasas

 Las Contribuciones Especiales

ELEMENTOS DE LOS RECURSOS

Se desprenden del concepto y definiciones anteriores, de donde se deduce que para que exista es necesario es necesario considerar los elementos siguientes:

 Al Estado, como sujeto de la economía publica.

 Los medios económicos que el estado recibe en su mayor porcentaje en forma coactiva (tributos).

 Deben estar regulados por una ley previamente promulgada. ( principios de Legalidad).

 La aplicación de los recursos debe hacerse para el cumplimiento del fin y las necesidades del es Estado.

CLASIFICACION DE LOS RECURSOS PUBLICOS

Nos encontramos con una diversidad de criterios, pero nosotros estudiamos las siguientes.

CLASIFICACION OBJETIVA DE LOS RECURSOS

Para iniciar el estudio de esta clasificación de manera ordenada partiremos del origen etimológico de la palabra Objetivo, que significa lo perteneciente al objeto en si y no a nuestro modo de pensar o sentir.

Además se dice de lo que existe realmente, fuera del sujeto que lo reconoce. Por su parte el tratadista Guillermo Cabanellas, nos indica que objetivo es lo concerniente al objeto, fundado en causas extrañas o materiales a diferencia de lo interno de lo personal.

De lo expresado anteriormente, deducimos que la clasificación objetiva de los recursos públicos toma como fundamento el recurso, objeto que puede ser jurídico, su naturaleza, su permanencia o temporalidad.

CLASIFICACION SEGÚN SU FUNDAMENTO JURIDICO

Los recursos pueden ser recursos ordinarios y recursos derivados.

RECURSOS PUBLICOS ORIGINARIOS

Son los ingresos que tienen su origen en la actividad que realiza el estado con su propio patrimonio, son consecuencia de la explotación directa o indirecta de sus bienes, es decir que son aquellos recursos que el estado obtiene a través de su propia actividad económica, comercial, industrial, agrícola, bancaria, etc.

Son los ingresos que se originan en la prestación de servicios a la comunidad por medio de empresas del estado o mixtas, que deben generar ganancias, por lo que siendo su actividad similar a la que realiza la iniciativa privada, generalmente esta regulada por normas de derecho privado, pudiéndose señalar dentro de este tipo de actividad la que realiza la portuaria santo Tomás de Castilla.

RECURSOS PUBLICOS DERIVADOS

Son los que el estado recibe, no por su propia actividad, sino que provienen de la actividad económica y patrimonio de los particulares, como consecuencia de la existencia de normas jurídicas de carácter tributario, es producto del JIUS IMPERIUM del estado o sea del poder imperio de que esta dotado el estado, como ente soberano, que tiene su origen en los principios recogidos de la constitución de la republica.

En Guatemala en el articulo 135 de la Constitución Política de la Republica, como un deber cívico de los guatemaltecos, el contribuir a los gastos públicos en la forma prescrita en la ley.

Estos recursos los recauda el estado de los particulares y dicha recaudación no necesariamente lo obligan a otorgar una contraprestación.

Constituyen los más importante ingresos para el físico, se regulan por normas de derecho público y se conocen como tributos.

CLASIFICACION SEGÚN LA NATURALEZA DEL RECURSO

Pueden ser: en especie, por servicios y dinerarios.

EN ESPECIE

El origen de estos recursos esta en la primera época de la economía natural, como por ejemplo, las regalías o las aparcerías. Esta forma de pagar el tributo se desarrolla en el siglo XV, y se daba cuando el ciervo de la gleba trabajaba la tierra y con el producto de la cosecha pagaba los tributos al señor feudal.

En Guatemala, no es permitido en nuestra legislación el pagar los tributos en especie debido a situaciones de orden práctico en cuanto a su control y fiscalización.

POR SERVISIO

Son aquellos que obtienen el estado atreves de la prestación de trabajo o servicios personales por parte de una persona obligada a pagar tributos.

Es un tributo no muy usado, sin embargo, la historia nos indica que en Guatemala, existió durante el gobierno del general Jorge Ubico, el decreto gubernativo 1474 de fecha 31 de octubre de 1933, mediante el cual se instituyo que si el tributo no era pagado en dinero, el obligado estaba forzado a prestar sus servicios personales durante determinado tiempo en la construcción o mantenimiento de caminos vecinales o carreteras publicas. Este servicio se conoció como SERVICIO O TRABAJO DE VIALIDAD y significaba que la persona obligada a pagar el tributo lo podía ser pagando en efectivo según sus posibilidades o bien como trabajo personal durante determinados días de la semana.

La situación anterior causa varios problemas en el sentido de que paraba cumplir con una obligación tributaria debía desempeñar un trabajo, esta situación creo serios problemas pues colocó en contradicción derecho de trabajo con derecho tributario y con los derechos individuales del hombre, pues denigraba a las personas. Tal situación quedo superada con la promulgación de la Constitución Política de la Republica de Guatemala de 1945, cuando se abolió este sistema y hasta la fecha tal situación no es permitida en nuestro medio.

DINERARIOS

Son los ingresos que el estado recibe en moneda nacional. También se le llama pecuniarios o monetarios y son los mas importantes, debido a que la actividad financiera del estado es de contenido eminentemente económico, y es utilizado para el cumplimiento de sus fines y sostenimiento de su organismo, razón por la cual el estado requiere de recursos.

De acuerdo con la ley monetaria, decreto Nº

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