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Audiencia de Legalización de Captura

Carlos DazaDocumentos de Investigación7 de Noviembre de 2023

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Audiencia de Legalización de Captura

JUEZ: Buenos días señores hoy 1 de noviembre del año 2023 siendo las 9.45 am se constituye en audiencia premilinar concentradas dentro del proceso con radicación 76892023 que se presenta bajo la conducta punible de ACCESO CARNAL VIOLENTO En contra de la menor SPP (Sofía Pinedo peralta) quién es representada legalmente por la señora Isabella Maestre. Datos consignados por la fiscalía en su solicitud de audiencia y por la cual se realizó el reparto de este despacho judicial. Dejamos constancia que la audiencia será realizada de forma presencial.

Muy buenos días a la señora Nathaly pinedo  delegada de la fiscalía quién tiene el uso de la palabra para para su presentación.

FISCALÍA: Buenos días su señoría y demás partes hoy la fiscalía estará representada por (nombre de la fiscal) fiscal 111 de la ciudad de Valledupar, para efectos de notificación en mi correo (xxxx.@fiscalía.go.co) celular 312456789. Muchas gracias.

Juez: gracias señora Fiscal con las buenas tardes a la defensa, para su presentación.

ABOGADO DEFENSOR: muy buenos días les habla (nombre) identificado con la cédula de ciudadanía número (1.009.575) con tarjeta profesional (20283) para efectos de notificación al correo (Jaoerjrj@gmail.com).

JUEZ: vamos a contar ahora con la presencia del indiciado dejando constancia que se encuentra presente en audiencia  y que estuvo retenido en la uri, ubicada en la calle 16, #38-20, por favor proceda a presentarse dando su nombre completo, cédula, dirección.

MATEO: Mi nombre es (nombre) vivo en (dirección) mi cédula es (CC).

JUEZ: SEÑOR MATEO MIRAMO FRAGOSO Está usted de acuerdo con que se continúe el proceso sin presencia del ministerio público o tiene algún inconveniente?

MATEO: no hay ningún inconveniente señor juez puede seguir adelante.

JUEZ: se deja constancia que no ha hecho presencia el ministerio público sin embargo su ausencia no impide que se adelante este trámite Procesal.

Señor (a) fiscal tiene usted el uso de la palabra para que nos presente su primera solicitud.

FISCAL: gracias señor juez, la fiscalía primeramente solicita la legalización del procedimiento de captura del señor MATEO MIRAMÓN FRAGOSO identificado con cédula (cc) captura esta que se lleva a cabo con lo contemplado en el artículo 301 modificado con la ley 1453 del 2011 en su articulo 57 Flagrancia numeral dos la persona sorprendida o individualizada durante la comisión del delito y aprendida inmediatamente por persecución o cuando fuera señalado por la víctima u otra persona como autor o cómplice del delito inmediatamente después de perpetración.

A través de los elementos materiales probatorios que se han dado traslado a las partes a través de sus correos electrónicos contamos con este informe de captura en flagrancia suscrito por los patrulleros JUAN DAVID IGUARAN y EBER MEZA ACOSTA Quienes son claros en manifestar como el día de ayer 24 de octubre de 2023 a eso de las 3 de la tarde cuando se encontraban realizando sus labores de patrullaje sobre la jurisdicción del cuadrante del barrio LA NEVADA estos patrulleros avizoran una situación sospechosa de 5 hombres con una niña pequeña por lo que deciden observar a los sujetos que se encontraban en un parque con la menor.

Al estos avizorar la conductas punibles y maltratos realizados a La Niña SPP por los 5 sujetos individualizados con los nombres MATEO MIRAMON FRAGOSO - CARLOS PÉREZ- DAVID CONTRERAS - MANUEL LARA Y MIGUEL FERNÁNDEZ proceden los patrulleros a la notificación vía radial para el apoyo y a persecución y captura de los sujetos mencionados DEJANDO CONSTANCIA QUE NINGUNO DE LOS SUJETOS FUERON LESIONADOS.

Aparece el acta de los derechos del capturado, el 24 de octubre de 2023 a eso de las tres de la tarde capturado en el barrio la nevada avenida 34 como aparece su firma su huella, se verifica la constancia de buen trato con el fiscal de turno de la URI, aparece su huella su firma y manifiesta haberle brindado buen trato y respetado sus derechos.

Por lo tanto la fiscalía solicita la legalización de la captura dentro de las seis horas siguientes ya que a estas personas no se les violaron sus derechos constitucionales y dado buen trato.

JUEZ: dejando constancia que los elementos con los cuales se soporta esta primera solicitud se corre traslado al correo electrónico del despacho, señor abogado defensor usted ya tiene en poder de estos elementos?

ABOGADO DEFENSOR: sí señor juez la fiscalía corrió traslado previamente esta diligencia. JUEZ: dicho esto se le otorga la palabra para lo que bien considere.

ABOGADO DEFENSOR: señor juez teniendo en cuenta y después de realizar la documentación confrontarlo con los elementos que corrió traslado la fiscalía se establece que no se cumple con los requisitos para la legalización de la captura puesto que el sujeto aquí presente fue en su persecución lesionado y golpeado por los patrulleros que se encontraban de turno ese día y tratado en las instalaciones de la URI por los encargados del área de la salud en éste lugar, también señor juez fueron capturados de forma violenta y sin leer sus derechos; sin embargo se solicita que no sea tenido en cuenta y sea negada la solicitud de legalización de captura por lo anteriormente expuesto asimismo se dejará su criterio señor juez si se cumplieron todos los requisitos para declarar y legal la captura, muchas gracias.

JUEZ: en el sentido Procesal la pronunciación lo que es derecho corresponde frente a esta primera solicitud, pretensión que tiene por el objeto la legalización de la captura en situación de flagrancia conforme lo dispone el artículo 301 numeral segundo de la ley 906 del 2004 contra MATEO MIRAMON FRAGOSO identificado con la cédula (1.064.708.088) indica la fiscalía que el ciudadano fue capturado el día 31 de octubre de 2023 en la avenida 34 en el parque de la Nevada cuando de conformidad, la información suministrada por los patrulleros y transmitida vía radial fueron estos cinco sujetos ya anteriormente identificados los que se encontraban realizando la conducta punible contra la niña SPP y capturados en flagrancia.

Antes de tomar una decisión se le da claridad al señor MATEO MIRAMON FRAGOSO en qué consiste esta primera audiencia, que se va a debatir este primer tema de esa audiencia concentrada y si la policía estaba facultada o no para retener o limitar temporalmente la libertad de indiciado, mateo miramon.

Señor Mateo en palabras simples le corresponde este despacho determinar si fue legal su captura y si se realizó cumpliendo los requisitos legales existentes donde el delito hasta el momento que se está investigando es acceso carnal violento agravado por ejecutarse en una menor, considera este despacho entonces que atendiendo esa calificación jurídica, la fiscalía primeramente tiene esa potestad de verificar el cumplimiento de los presupuestos constitucionales pero dando posibilidad de qué este delito susceptible de medida aseguramiento, es el juez de control de garantías quien debe determinar si se puede o se admite la legalidad de la pretensión, se cumpliría entonces el presupuesto del artículo 303 numeral segundo del código de procedimiento penal, es decir que el dedito investigado de oficio supera la pena mínima los cuatro años de prisión, entonces no habría inconveniente frente a ese factor.

Frente a la línea del tiempo legal de las 36 horas recordemos que esta persona fue capturado el día de ayer a las tres de la tarde cómo va a estar en el auto de derechos del capturado transcurrido las primeras 12 horas sin cumplirse el plazo máximo de las 36 horas.

Podemos ver que se dio el respeto a los derechos fundamentales de conformidad al artículo 303 del código penal, se le pusieron de presente sus derechos como persona capturada,  celebra posibilidad de reciclar un defensor de confianza, se encuentra la constancia de buen trato, queda cuenta el buen trato físico, psicológico y moral que recibió por parte de los agentes captores, no hay en esta audiencia algún indicio que podamos ver una señal de maltrato o de algún aspecto que lleve o amerite un pronunciamiento adicional.

Es por esto que considera este despacho que debe decretarse la legalidad del procedimiento de captura en situación de flagrancia, esta situación que adopta este despacho y contra la misma procede recurso de ley.

Se le da la palabra a la Fiscalía.

FICAL: sin recurso alguno su señoría muchas gracias.

Se le da la palabra al abogado defensor:

ABOGADO DEFENSOR: no se desea interponer recurso alguno.

JUEZ: Queda en firme esta decisión hoy 1 de noviembre de 2023 siendo las (hora) dónde concluye la primera sesión de audiencia, lo que tiene que ver con la legalización de la captura.  Se procede a dar un receso de 5 minutos.

AUDIENCIA DE FORMULACION DE IMPUTACION

JUEZ: Buenos días, siendo las... de la mañana del 25 de octubre del año 2023 este despacho instala audiencia de formulación de imputación.

Se le concede el uso de la palabra al señor fiscal para que haga su intervención.

FISCAL: muchas gracias su señoría, la fiscalía solicita respetuosamente una medida de aseguramiento en contra del señor... identificado con CC... por el delito de acceso carnal violento a la menor de edad SPP reuniéndose este factor objetivo en los artículos 205, 208 del código penal modificados por la ley 1236 del 2008 teniendo en cuenta que las circunstancia de agravación punitiva estarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 211 del codigo penal modificados por la ley 1236 del 2008 y teniendo en cuenta el material probatorio, en donde el señor... junto con 4 sujetos más abusaron de la menor SPP el día

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