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Control de constitucionalidad en materia electoral


Enviado por   •  26 de Abril de 2023  •  Reseñas  •  682 Palabras (3 Páginas)  •  21 Visitas

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Control de constitucionalidad en materia electoral. Competencia y atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Tribunal Electoral de la Ciudad de México.

El control de constitucionalidad en materia electoral ha evolucionado gracias a la interpretación de las normas jurídicas realizadas por la SCJN, CoIDH y el TEPJF.

• Reformas Constitucionales

En 1996 el Tribunal Electoral pasó a formar parte del Poder Judicial de la Federación, tuvo mayor competencia para analizar la legalidad de los distintos actos, resoluciones y omisiones en materia electoral, pero la CPEUM no previa textualmente dicha competencia. Pero, desde 1999 a 2001 la Sala Superior del TEPJF realizaba un control difuso de constitucionalidad de leyes electorales y empezó a inaplicar normas jurídicas al caso concreto cuando eran contrarias a algún precepto de la Constitución.

Lo anterior era fundado por una tesis jurisprudencial de la Sala Superior, pero hubo una contradicción de tesis y al final se resolvió que el TEPJF no tenía facultades para inaplicar leyes electorales por inconstitucionales, la única vía sería la acción de inconstitucionalidad. Pero, esa resolución trajo consigo que la ciudadanía no pudiera hacer valer la inconstitucionalidad ante ninguna persona juzgadora, pues los únicos sujetos legitimados son los partidos políticos. La CoIDH resolvió que el Estado mexicano debía establecer un recurso que garantice a los ciudadanos el cuestionamiento de la constitucionalidad.

El 13 de noviembre de 2007 se publico en el DOF la adición al párrafo 99 constitucional en donde se otorga de manera expresa la competencia al TEPJF para inaplicar leyes electorales por ser contrarias a la Constitución, reconociendo un control concreto de constitucionalidad, es decir, solo se inaplican al caso en concreto.

En 2011 se publicó una reforma a la Constitución de gran relevancia, fue al artículo 1ro donde se reconoce el goce de los derechos humanos y la protección a los mismos. En 2014 se hace una reforma constitucional electoral que centraliza diversas funciones de las autoridades electorales y se crea la Sala Regional Especializada.

• Sistema de control de la Regularidad Constitucional y convencional en materia electoral.

Criterios relevantes de la Sentencia dictada por la CoIDH en el Caso Radilla Pacheco vs México.

- Son obligatorias las sentencias emitidas por la CoIDH en todos los casos donde el Estado Mexicano sea parte.

- Control Ex Officio, el control de constitucionalidad y convencionalidad lo deben ejercer todos los órganos que tengan funciones jurisdiccionales, ya que se tiene la obligación de interpretar siempre los tratados de manera más beneficiosa para la persona y deben desaplicar únicamente al caso en concreto

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