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Control de convencionalidad

Emiliano ArteagaSíntesis17 de Octubre de 2025

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El Diálogo entre Jueces: Cómo el Control de Convencionalidad Redefine la Justicia en México

Autor: Emiliano

Institución: Universidad Autonoma de Tamaulipas

 Fecha: 17 de octubre de 2025

La presente ponencia analiza el impacto y la consolidación del control de convencionalidad dentro del sistema jurídico mexicano, particularmente tras la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011. Se argumenta que esta herramienta, lejos de representar una cesión de la soberanía nacional, constituye una evolución necesaria que ha fortalecido las facultades del juzgador para garantizar una protección más integral y efectiva de la persona. A través del estudio de su origen jurisprudencial en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y su posterior adopción por el Poder Judicial de la Federación, se examina cómo este mecanismo ha transformado la impartición de justicia, obligando a las autoridades a un diálogo permanente entre el derecho nacional y las normas internacionales. Finalmente, se concluye que el control de convencionalidad es hoy un pilar indispensable para la consolidación de un Estado Constitucional y Democrático de Derecho.

El paradigma jurídico del siglo XXI se caracteriza por la creciente interconexión entre los sistemas normativos nacionales y el derecho internacional. Las fronteras que antes parecían infranqueables hoy se han tornado porosas, permitiendo un diálogo fructífero en favor de la causa que nos convoca a todos como juristas: la protección de la dignidad humana. En este contexto de globalización jurídica, ha surgido una figura de trascendental importancia: el control de convencionalidad.

Este mecanismo, que obliga a los jueces nacionales a actuar también como jueces interamericanos, ha generado intensos debates académicos y judiciales. Para algunos, representa una amenaza a la soberanía; para otros, la culminación de un proceso evolutivo del derecho. La pregunta que guía este trabajo es, por tanto: ¿De qué manera ha modificado el control de convencionalidad la forma en que un juez mexicano imparte justicia en su día a día?

La tesis que se sostiene en las siguientes páginas es que, lejos de ser una imposición externa, el control de convencionalidad se ha consolidado como el mecanismo que potencia las facultades del juez mexicano, permitiéndole garantizar una protección más integral de la persona. Se trata de una herramienta que no anula el derecho interno, sino que lo complementa y lo enriquece, asegurando que el estándar mínimo de protección de los derechos sea siempre el más elevado posible, tal como lo mandata el principio pro persona.

1. Origen y Conceptualización: El Nacimiento de un Diálogo Judicial

El control de convencionalidad no es una creación legislativa, sino una construcción jurisprudencial. Su origen se encuentra en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile (2006). En este fallo histórico, la Corte estableció que los Estados Parte de la Convención Americana no solo deben garantizar los derechos en el diseño de sus leyes, sino que los jueces, como parte del aparato estatal, tienen la obligación de velar porque los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermados por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin.

En esencia, se trata de un "filtro" o examen de compatibilidad que todo juez nacional debe realizar ex officio (es decir, sin que las partes lo soliciten) entre una norma de derecho interno y las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como la interpretación que de ellas ha hecho la propia Corte IDH. Este control no busca expulsar la norma del ordenamiento jurídico de manera general, sino inaplicarla al caso concreto para priorizar la norma internacional que ofrece una mayor protección al individuo.

2. La Adopción del Control en el Sistema Jurídico Mexicano

Si bien el concepto nació en 2006, su plena incorporación en México fue un proceso catalizado por dos eventos fundamentales. El primero fue la histórica reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011. La modificación al artículo 1° constitucional elevó a rango constitucional todos los derechos humanos contenidos en tratados internacionales de los que México es parte, estableciendo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como la obligación de interpretar las normas favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia (principio pro persona).

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