ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Civil II. Desarrollo de temas


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2023  •  Documentos de Investigación  •  5.699 Palabras (23 Páginas)  •  25 Visitas

Página 1 de 23

Universidad Santa María

Facultad de Derecho

Cátedra: Derecho Civil II

Profesor: Nelson Castillo

Derecho Civil II

Integrantes:

Valentina Rivas. 28.383.170.

Neiver Sandoval. 29.508.931.

Samuel Guerra. 29.504.432.

Viviana Gamboa. 25.098.987.

Jeremai Lara. 26.915.490.

21/04/2021

Tema 1: La Minoridad

La Minoridad hace referencia al estado de las personas que no han alcanzado la edad que permite al ser humano realizar efectos jurídicos válidos; ya que, el menor está desprovisto de experiencia así como de la madurez necesaria para los actos de la vida.

Según la LOPNNA, en el artículo 2, parágrafo primero: “Se entiende por niño o niña toda persona con menos de doce años de edad. Se entiende por adolescente toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.”

En el artículo 18 del Código Civil establece que: “Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años. El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales.”

En un sentido más amplio, en relación a los menores, podemos establecer 2 categorías fundamentales:

  1. Según estén sometidos o no a la potestad de otra persona:
  • Menores no emancipados: son aquellos que se encuentran bajo el régimen de representación que es ejercido por sus padres o el tutor.
  • Menores emancipados: Aquellos que por efecto del matrimonio han adquirido el libre gobierno de los mismos y ya no están sometidos a la potestad de nadie.

  1. Según se trate del ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, deberes y responsabilidades (Art. 13 LOPNNA):
  • Niños y niñas con menos de 12 años.
  • Adolescentes con 12 o más años y menos de 18 años.

Régimen jurídico de la minoridad

El régimen jurídico de la minoridad lo estaremos tratando en consideración de la capacidad de obrar y el régimen de incapaces para los menores.

  1. La incapacidad de obrar: Se refiere a la incapacidad de una persona de ejercer por sí misma los derechos de que se es titular. La incapacidad de obrar se clasifica en: Incapacidad delictual e incapacidad negocial.

  1. Incapacidad delictual: Es la incapacidad de discernimiento respecto de la edad del menor; es decir, no posee la capacidad de distinguir entre el bien y el mal, lo justo de lo injusto.
  2. Incapacidad negocial: Es la incapacidad de realizar negocios o actos jurídicos válidos. Puede variar según se trate de menores no emancipados o emancipados. Los menores no emancipados están sometidos a una incapacidad general, completa y uniforme, en cambio, según ciertas disposiciones están establecidas excepciones a dicha incapacidad y por consiguiente autorizan al menor a realizar algunos actos jurídicos, algunos de ellos son:
  • Para contraer matrimonio válidamente es necesario que la mujer tenga 14 años en adelante y 16 años el varón, según lo que establece el artículo 46 del Código Civil.
  • A partir de los 16 años pueden disponer de sus bienes por testamento, según lo descrito en el artículo 837 del Código Civil.
  • Según lo descrito en el artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil, el adolescente mayor de 14 años podrá solicitar personalmente el cambio de nombre propio.
  • El adolescente de 16 años o más tiene plena capacidad para reconocer a sus hijos e hijas, según lo descrito en el artículo 22 de la Ley para Protección de: Las familias, la maternidad y la paternidad. Los menores de 16 años también podrán reconocer a sus hijos previa autorización de su representante legal, o en su defecto, con la autorización del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

  1. Regímenes de incapaces para los menores: Los menores no emancipados están sujetos al régimen de representación: La Patria Potestad y la tutela; es decir, estos se encuentran sometidos a la potestad de otra persona la cual subsanará su incapacidad negocial, dicha persona es su representante legal (padres o tutor) a quien se le atribuye la responsabilidad de crianza, representación y administración de sus bienes. Los menores emancipados están sometidos a la curatela, el cual es un régimen de asistencia y autorización, no es permanente, tienen libre gobierno de su persona.

La Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes (LOPNNA)

Esta ley tiene sus antecedentes en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, del 20 de Noviembre de 1989.

Dicha ley tiene como objetivo principal el principio del interés superior del niño en todo sus niveles de vida, tanto familiar como ciudadana. Este principio obliga a conceder la máxima prioridad a la protección de la vida y el desarrollo de los niños y adolescentes, esa prioridad es absoluta.

La doctrina de la protección integral

Es el reconocimiento de todos los niños, niñas y adolescentes, sin discriminación alguna, como sujetos plenos de derecho cuyo respeto se debe garantizar. Esta doctrina hace referencia a diversos instrumentos jurídicos internacionales que constituyen un marco de referencia según ciertas disposiciones que permiten construir derechos para niños y adolescentes. Entre estos principios de la doctrina de la protección integral tenemos:

  1. El interés superior de los niños, niñas y adolescentes. (Art. 8 LOPPNA).
  2. Los niños, niñas y adolescentes son sujetos activos de derechos. (Art. 10 LOPPNA).
  3. Tienen prioridad absoluta. (Art. 7 LOPPNA).
  4. La participación y corresponsabilidad, esto se refiere a la protección por parte del Estado, la familia y la sociedad. (Art. 4, 4-A, 5, 6 LOPPNA).
  5. El rol fundamental de la familia. (Art. 5 LOPPNA).
  6. Principio de igualdad y no discriminación. (Art. 3 LOPPNA).
  7. Principio de la gratuidad de las actuaciones. (Art. 9 LOPPNA).

Derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (36.1 Kb)   pdf (173.3 Kb)   docx (210.8 Kb)  
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com