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Derecho administrativo. Auto evaluación

selenelabellaTarea3 de Febrero de 2024

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DERECHO ADMINISTRATIVO I

AUTO EVALUACIÓN

TEMA I

1. ¿Cuál es la diferencia entre las funciones del Estado y sus atribuciones?

R.- Las funciones del Estado incluyen garantizar la seguridad y defensa del territorio, mantener el orden interno, promover el bienestar general de la población, proteger los derechos y libertades individuales, regular y controlar la economía, ejercer la soberanía y representar al país en relaciones internacionales.

2. ¿Qué funciones tiene el Estado?

R.- Los criterios con los que se clasifican las funciones del Estado pueden variar según la teoría o enfoque utilizado. Algunos criterios comunes incluyen: funciones de protección, funciones de dirección y planificación, y funciones de servicio.

3. ¿Cuáles son los criterios con los que clasifican las funciones del Estado?

R.- La función administrativa del Estado se refiere a las actividades relacionadas con la organización y gestión de los servicios públicos y la administración de justicia. Incluye la implementación de políticas, la regulación de actividades económicas, y el mantenimiento de una estructura administrativa eficaz y eficiente.

4. Define la función Administrativa del Estado.

R.- La función administrativa del Estado se refiere a las actividades y acciones que realiza el Estado para llevar a cabo sus objetivos y cumplir sus responsabilidades. Esta función incluye la planificación, organización, dirección y control de las actividades y servicios públicos, así como la gestión de los recursos públicos.

La función administrativa del Estado se divide en dos partes:

la administración pública central, que se refiere a las instituciones nacionales y federales, y la administración pública descentralizada, que se refiere a las instituciones estatales y municipales.

La función administrativa del Estado también incluye la regulación de actividades económicas, la protección de derechos y la seguridad de los ciudadanos, y la provisión de servicios públicos esenciales como educación, salud y seguridad.

5. ¿Cómo define Hauriou el Derecho Administrativo?

R.- Hauriou, uno de los pensadores clásicos del Derecho Administrativo francés, lo define como el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas y las relaciones entre éstas y los particulares, Hauriou, enfatiza en que el Derecho Administrativo no es un derecho autónomo sino una rama del derecho público, y se encarga de regular la actividad administrativa y los procedimientos administrativos, y de establecer las normas y principios que rigen la organización y funcionamiento de las instituciones públicas.

Según Hauriou, el Derecho Administrativo se divide en dos partes: el Derecho Administrativo propiamente dicho, que regula las relaciones entre la administración y los particulares, y el Derecho Administrativo interno, que regula la organización y el funcionamiento de las instituciones administrativas.

6. ¿A qué rama del Derecho pertenece el Derecho Administrativo?

R.- El Derecho Administrativo pertenece a la rama del derecho público.

El derecho público se divide en dos ramas: el derecho constitucional y el derecho administrativo. El derecho constitucional se refiere a las normas y principios jurídicos que regulan la organización del Estado y las relaciones entre las distintas ramas del poder público. El derecho administrativo, por otro lado, regula la actividad administrativa y los procedimientos administrativos, y establece las normas y principios que rigen la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas.

7. ¿Qué regula el Derecho Administrativo? 

R.- El Derecho Administrativo regula la actividad administrativa y los procedimientos administrativos, así como la organización y funcionamiento de las instituciones públicas.

En específico, el Derecho Administrativo regula:

• La organización y funcionamiento de las instituciones públicas, incluyendo las instituciones centrales y las instituciones descentralizadas (estatales y municipales).

• La actividad administrativa, incluyendo la gestión de los recursos públicos, la planificación, organización, dirección y control de las actividades y servicios públicos.

• Los procedimientos administrativos, incluyendo las reglas y procedimientos para la toma de decisiones, la resolución de controversias y la imposición de sanciones.

• La regulación de actividades económicas y la protección de derechos.

• La provisión de servicios públicos esenciales como educación, salud y seguridad.

8. ¿De dónde se desprende el Derecho Administrativo?

R.- El Derecho Administrativo se desprende de la necesidad de regular la actividad de la administración pública y su relación con la sociedad. La aparición del Derecho Administrativo como disciplina jurídica se da a finales del siglo XIX y principios del siglo XX, con el crecimiento y la complejidad de las instituciones estatales y el aumento de sus responsabilidades en el ámbito social y económico.

En resumen, el Derecho Administrativo se desprende de la necesidad de regular la actividad de la administración pública y su relación con la sociedad, y su desarrollo se da a través del tiempo y en distintos contextos históricos y geográficos.

9. Menciona con que otras ramas del Derecho tiene relaciones el Derecho Administrativo.

R.- Derecho Constitucional: El Derecho Administrativo está estrechamente relacionado con el Derecho Constitucional, ya que ambas ramas regulan la organización y funcionamiento del Estado. El Derecho Administrativo se basa en las normas y principios establecidos en la Constitución.

 Derecho Civil: El Derecho Administrativo regula las relaciones entre la administración y los particulares, por lo que tiene relaciones con el Derecho Civil en temas como la responsabilidad civil de la administración, el derecho de propiedad y los contratos administrativos.

Derecho Penal: El Derecho Administrativo regula la responsabilidad penal de las autoridades y funcionarios públicos, por lo que tiene relaciones con el Derecho Penal en temas como la corrupción y otros delitos cometidos por funcionarios públicos.

Derecho Tributario: El Derecho Administrativo regula la recaudación de impuestos y la administración de los recursos públicos, por lo que tiene relaciones con el Derecho Tributario en temas como la regulación de los impuestos y la recaudación de impuestos.

Derecho Procesal: El Derecho Administrativo regula los procedimientos administrativos, por lo que tiene relaciones con el Derecho Procesal en temas como la regulación de los procedimientos administrativos y el recurso de revisión.

10 .¿En qué consiste la facultad discrecional?

R.- La facultad discrecional consiste en la capacidad que tiene la administración pública de tomar decisiones en situaciones en las que no existe una norma o un criterio preciso que determine la decisión a tomar. Es una prerrogativa de la administración para actuar de acuerdo a su criterio, dentro de los límites legales y dentro de los fines para los que fue creada.

La facultad discrecional se ejerce en un amplio rango de situaciones, como en la toma de decisiones sobre la asignación de recursos, la regulación de actividades económicas, la provisión de servicios públicos, entre otros. Sin embargo, esta facultad no es absoluta, ya que está sujeta a límites legales y a principios generales del derecho, y su ejercicio debe ser motivado y justificado.

En general se considera que el uso de la facultad discrecional debe ser objetivo, razonable y proporcionado, y su uso debe ser revisable por los tribunales de justicia en caso de ser considerado ilegal o abusivo.

11.¿Cuáles son las fuentes reales o formales del Derecho Administrativo?

R.- Las fuentes del Derecho Administrativo son aquellas normas y principios jurídicos que regulan la actividad administrativa y el funcionamiento de las instituciones públicas. Se pueden clasificar en dos tipos:

Fuentes formales: son aquellas que se encuentran expresamente establecidas en la ley, como la Constitución, las leyes orgánicas y las leyes ordinarias. También incluyen reglamentos, decretos y demás disposiciones de carácter normativo emitidas por las autoridades administrativas.

Fuentes reales: son aquellas que se encuentran en la práctica administrativa, como la jurisprudencia, la doctrina y la costumbre administrativa. La jurisprudencia se refiere a las decisiones de los tribunales y los juzgados en casos relacionados con el Derecho Administrativo. La doctrina se refiere a las opiniones de los expertos en Derecho Administrativo, y la costumbre administrativa se refiere a las prácticas y usos seguidos por la administración en su actuación.

12. Menciona las fuentes indirectas del Derecho Administrativo.

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