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Derecho administrativo. Criterios de evaluación


Enviado por   •  28 de Junio de 2023  •  Exámen  •  2.092 Palabras (9 Páginas)  •  27 Visitas

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Carrera: ABG-2003 Materia: DERECHO ADMINISTRATIVO

Preliminar. Sugerencias

Esta evaluación tiene por objeto examinar su comprensión integral de la materia  y determinar su capacidad para relacionar e integrar los principales conceptos desarrollados a lo largo de los módulos que integran esta asignatura.

La propuesta consiste en que Ud. solucione las situaciones problemáticas planteadas sobre la base de aplicar los contenidos estudiados. Para ello deberá efectuar una atenta lectura de las actividades y de las consignas que se plantean, aplicar y organizar los conceptos estudiados, dando respuesta fundada en base a los textos legales, doctrinarios y jurisprudenciales.

Materiales permitidos:

Durante el examen, Ud. puede utilizar el material bibliográfico de la materia, Constitución Nacional y Provincial y leyes. Asimismo puede utilizar como guía el programa de la asignatura..

Criterios de evaluación

  • Conocimiento teórico y precisión conceptual: al exponer debe demostrar claridad en la comprensión de los conceptos.
  • Coherencia lógica en el diseño de las respuestas y su pertinencia en relación a las consignas planteadas.
  • Transferencia de los conocimientos teóricos y razonamiento jurídico demostrado al aplicar las nociones teóricas a situaciones prácticas.
  • Precisión en la identificación y aplicación de los textos legales: identificar textos legales con pertinencia.

Tiempo de duración del examen: 2 hs. (120 minutos)

Criterios de acreditación

La evaluación se aprueba obteniendo cincuenta (50) puntos sobre un total de cien (100) puntos.

Ud. encontrará luego de cada consigna el puntaje asignado a dicha pregunta.

Se espera que responda  el ochenta por ciento (80 %) de las consignas planteadas, pues se realiza una evaluación global de los conocimientos adquiridos.

ACTIVIDADES PARA EVALUACIÓN

I)

El Comité Federal de Radiodifusión (creado por ley 22.285[1]), impuso a ARTEL TELEVISORA S.A., una sanción consistente en la suspensión de transmitir publicidad por un plazo de treinta días, por haber

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transmitido imágenes indebidas en horario de protección al menor. Dicha conducta, a criterio del Comité, constituyó una falta grave.

El representante legal de ARTEL TELEVISORA S.A.concurre a su estudio jurídico y le manifiesta que, tal como se acreditó en el expediente administrativo : 1º) es la primera vez que se le impone una sanción; 2º) las imágenes cuestionadas eran de personas tomando sol en una plaza de la ciudad de Mar del Plata.

Por tales motivos, ARTEL TELEVISORA S.A. considera injusta tal resolución y que se han afectado sus derechos.

Responda las siguientes preguntas respecto al caso de ARTEL TELEVISORA S.A., fundamentando cada una de las respuestas:

1)(15 puntos)

Determine que tipo de función (administrativa, judicial o legislativa) ejerce el Comité Federal de Radiodifusión.

2) (10 puntos)

La cantidad de días de suspensión de transmisión de  publicidad, establecido por el Comité Federal de Radiodifusión como sanción ¿consiste en el ejercicio de actividad reglada o discrecional?

3) (15 puntos)

El Comité Federal de Radiodifusión:

a) ¿Es una persona jurídica pública o privada? ¿Por qué? Señale los elementos que la caracterizan.

b) ¿Es un ente estatal o no estatal? ¿Por qué? Señale los elementos que la caracterizan.

c) ¿Pertenece a la Administración Central, Descentralizada, etc.? ¿Por que?

4) (15 puntos)

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A fin de agotar la vía administrativa:

a) ¿Qué recurso debe interponer?

b) ¿Ante quién debe presentarlo y en que plazo?

c) ¿Qué efecto tiene la interposición del recurso en este caso?

d) ¿Que plazo tiene la administración para resolver?

e) ¿Cómo actúa en caso de silencio de la Administración?

5) (10 puntos)

Agotada la vía administrativa:

a) ¿Ante la resolución expresa del COMFER, rechazando el recurso deducido, en qué plazo debe deducir la demanda?

b) ¿Cuál es el órgano jurisdiccional competente para entender en la demanda?

II) (35 puntos)

El Ministerio de Infraestructura de la Nación llama a licitación pública para la construcción de un puente a construirse en la ciudad de Esperanza.

Conforme el Pliego de Bases y Condiciones, las ofertas debían ser presentadas hasta el día 14 de mayo a las 15:00 hs.

La empresa Sorma S.A., presenta la oferta el día señalado, pero a las 15:01:20 hs.

La Administración debe resolver si admite la oferta tardíamente presentada por Sorma S.A.

Responda las siguientes preguntas respecto al caso planteado, fundamentando cada una de las respuestas:

a) ¿Cuales son los principios jurídicos que informan los procedimientos de selección del contratista estatal?

b) ¿Cuál es la situación jurídica subjetiva de la empresa Sorma S.A.?

c) Según su opinión, la Administración ¿debe admitir la oferta de Sorma S.A.? ¿Qué principio aplicaría para fundamentar tal decisión?

Caso 1.

1-Este caso cumple función administrativa como lo hacen los órganos del estado ( pl, pe, pj), la administración no es un poder del estado, sino que el poder del estado tiene diferentes funciones y una de ellas es administrativa.

2-  Es una actividad discrecional, ya que el orden jurídico le otorgo libertad al administrador para elegir entre uno y otro tipo de acción. La facultad discrecional difiere del poder reglado, en función de ello, la acantidad de días de suspensión es una medida discrecional como dije anteriormente.

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