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Despido del director de recursos humanos por presunta falta de ética


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2023  •  Prácticas o problemas  •  1.055 Palabras (5 Páginas)  •  66 Visitas

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[pic 1]    INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL[pic 2]

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN

UNIDAD SANTO TOMAS

“Administración y desarrollo empresarial”

Materia

Responsabilidad Social y Ética en los Negocios

Actividad 4

“Practica 1”

 Nombre del estudiante

Jorge Eli Cruz Pérez

Nombre de la asesora

GUTIERREZ JACINTO ROSA DEL CARMEN


“Despido del director de recursos humanos por presunta falta de ética”

Analizando el presente caso práctico, llegamos a concluir los siguientes puntos:

-Reconocemos que la participación de JP es de dudosa ética debido que, a pesar de afirmar solo haber actuado como consejero en la empresa C, ocultó esta información a la empresa S, esto quiere decir que no cumplió con los artículos de la normatividad de la empresa donde prohíbe relacionarse con empresas ajenas a esta y de ser así notificar a la misma.

-No hay pruebas que incriminen a JP de hacer o no hacer determinadas acciones que vayan en contra del código de la empresa S. Por lo cual, el despido definitivo es injustificado pues se basa únicamente en suposiciones.

-Consideramos que debería iniciarse una investigación del caso para clarificar los hechos que implican este problema.

-Sugerimos una suspensión temporal del puesto de JP mientras se confirma su participación en el caso.

-Coincidimos con despojar a JP de toda la información a la que pudiera tener acceso mientras se resuelve la presente problemática.

-Consideramos que es importante que se demuestre la falta cometida por JP para justificar su despido de acuerdo al código de ética.

-Tomar la experiencia en este caso para revisar las áreas grises que pueden ser de oportunidad para mejorar el código de ética y su difusión en todas las áreas de la empresa.

Profundizando en lo anterior agregaremos lo siguiente:

En este caso práctico, existen ciertas acciones que, en nuestra opinión, nos permiten señalar que el despido a que se hace mención puede tener ciertas características de un despido injustificado hacia el responsable del área de RRHH, pues no existen pruebas de que asumiera gratificaciones económicas o regalías de otra empresa.

En primer lugar, el director de Recursos Humanos de la empresa “S”, identificado como “Jaime P”, no debería ser despedido, por únicamente una suposición afirmativa, de transgredir estatutos internos que prohíben a los empleados tener conflicto de intereses que dañen el prestigio de la empresa “S”. Si bien se señala que el director de RRHH no notifico formalmente que fungía como consejero de los proveedores otra empresa denominada “C”, consideramos que NO SE JUSTIFICA UNA CAUSA del despido, sino que se simplemente se alude a dos artículos de la normatividad interna, que no coinciden con las acciones violatorias y, por ende, no son aplicables al caso, porque no se menciona en qué momento y de qué manera, estas normas fueron quebrantadas.

Y creemos que es importante que consideremos lo siguiente. Para que el despido sea justificado debe demostrarse que:

        -Que se demuestre que el director de RRHH recibe dinero de la otra empresa “C”, y que esto causa un perjuicio directo a “S” o en su caso, y que esto es violatorio de las normas y códigos internos de su empresa empleadora.

        -Que el director de RRHH toma parte en las decisiones de “C”, lo que provocaría un conflicto de intereses en ambas empresas.

        -Que las decisiones del proveedor “C” en las que participa JP vulneran el prestigio de la empresa “S”.

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