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Derecho Del Mar Y Panamá


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2012  •  2.665 Palabras (11 Páginas)  •  748 Visitas

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INTRODUCCION

Al finalizar la Segunda Guerra Mundial, se inició un proceso de revisión y actualización del Derecho Internacional del Mar el cual ha culminado, por ahora, con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho de Mar, abierta a la firma el 10 de diciembre de 1982, en Montego Bay, Jamaica.

Los Estados Latinoamericanos desempeñaron un papel muy activo en este proceso y efectuaron contribuciones importantes en la elaboración de las nuevas normas del Derecho del Mar. Las posiciones adoptadas y las propuestas formuladas por estos países, a nivel unilateral y a través de declaraciónes individuales y colectivas, en foros regionales y subregionales y en las tres conferencias de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, incuestionablemente, influenciaron los cambios sufridos, durante este período de casi cuarenta años, por esta rama del derecho internacional. Para mejor comprender la posición de los países latinoamericanos en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, es necesario el recordar sus intereses básicos y la evolución de posición en relación algunos de los más importantes temas y procesos vinculados al Derecho del Mar.

La percepción de estos intereses y la posición de estos Estados ha evolucionado con el tiempo. Diversas etapas pueden ser distinguidas una primera, que va desde su independencia hasta el final de la Segunda Guerra Mundial; una segunda, desde 1945 hasta la primera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1958); una tercera, que comprende la Primera y la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1958-1960); una cuarta, que va desde 1960 hasta la convocatoria en diciembre de 1970 de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y la Quinta y última que cubre las labores preparatorias y el desarrollo de la última Conferencia (1970-1973 y 1973-1982).

I. Antecedentes de la convención de Derecho del Mar

Como resultado de un número de factores la situación empezó a variar en 1945. Se iniciaron debido a que el rápido y fuerte incremento de la población mundial y la escasez de recursos de origen terrestre, para atender las crecientes demandas de energía, alimentos y materias primas, habían estimulado rápidos adelantos científicos y tecnológicos. Estos a su vez, hicieron posible el intensificar actividades tradicionales tales como la navegación, la pesca, la caza marítima, la explotación petrolera y otros recursos del lecho marino y de su subsuelo, a grandes distancias de la costa y a profundidades cada más mayores. Segundo, se produjeron después de la Segunda Guerra Mundial cambios radicales en la composición y organización de la comunidad internacional. El establecimiento de la Organización de las Naciones Unidas, la progresiva eliminación del colonialismo y de otras formas de dependencia, condujo al surgimiento de numerosos Estados en Asía, África y el Caribe, hechos que han significado el que las relaciones internacionales sean más democráticas y con mayor participación y hecho posible y animado el revisar las normas que tradicionalmente, regían el Derecho del Mar y otros asuntos.

Sin minimizar la importancia del mar, aún hoy en día, desde el punto de vista de la seguridad y defensa de los Estados y de las comunicaciones, (navegación, sobrevuelo y la colocación de cables y de tuberías submarinas) es obvio que la razón básica para los cambios efectuados en el Derecho Internacional del Mar, durante los últimos cuarenta años, ha sido la necesidad de diseñar nuevas reglas sobre la conservación, el uso racional y la distribución de los recursos marinos. Se ha dicho y verdaderamente lo es, que el objetivo fundamental de este nuevo derecho, ha sido el establecer un régimen, generalmente aceptable sobre los recursos marinos. Al contrario del derecho tradicional que ponía el énfasis en las comunicaciones, el nuevo Derecho del Mar está orientado hacia los recursos marítimos. De cualquier manera, un cuidadoso análisis de las iniciativas adoptadas por los países Latinoamericanos (legislación, declaraciones, propuestas) claramente pondría en evidencia que la cuestión de los recursos ha estado al frente de sus intereses y preocupaciones. Adicionalmente estas mismas inquietudes fueron compartidas por las potencias marítimas más importantes, como puede comprobarse por el hecho de que las primeras reivindicaciones de soberanía o de especial influencia sobre áreas marítimas más allá del mar territorial, fueron efectuadas por algunos de estos países.

En un principio el Derecho Intencional del Mar tenía un carácter meramente consuetudinario; pero en 1958 se convoco a la Conferencia Internacional de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en la que se adoptaron cuatro convenciones relativas: mar territorial, plataforma continental, alta mar y pesca y conservación de los recursos vivos en alta mar.

La segunda Conferencia se convoco en 1960, con el objeto de fijar la extensión del mar territorial, que no se había delimitado en ninguna de las convenciones señaladas. El régimen que se estableció en 1958 resultó obsoleto e inadecuado para regular las necesidades en esta materia y para responder a las reclamaciones legitimas de los países en vías de desarrollo. Y por este motivo en diciembre de 1973 se inauguró la III Conferencia que después de once periodos de sesiones, el 29 de abril de 1982 logró la adopción de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar.

II. La Convención de Derecho del Mar y Panamá

La Convención de Derecho del Mar de la ONU se dio mediante la votación de 130 Estados a favor y 4 en contra (Estados Unidos, Venezuela, Israel y Turquía) y 17 abstenciones.

La firma de la Convención se realizo en Montengo Bay, Jamaica, el 10 de diciembre de 1982, habiéndose suscrito 117 Estados y otras dos entidades: Namibia (Consejo de Naciones Unidas para Namibia) y las Islas de Cook. La CNUDM incluye en un solo instrumento, el régimen de todas las zonas marítimas, el hecho de aceptar la obliga alas partes a aceptar el régimen de los fondos marinos.

Para Panamá es muy importante esta convención de Derecho Internacional ya que Panamá es país costero y era bueno tutelar a través de está convención lo referente al mar en todos sus aspectos

El derecho internacional del mar no sólo ha sido utilizado durante las épocas de guerra, por los bloqueos y por las flotas de guerra, sino que ha sido de gran provecho en tiempos de paz, para resolver los intereses de las flotas mercantes y principalmente de la industria pesquera.

Algunos de los temas de gran importancia para la humanidad tratados por el

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