La ley en el espacio
Enviado por Kristina Ojeda • 3 de Mayo de 2024 • Apuntes • 3.083 Palabras (13 Páginas) • 26 Visitas
La ley en el espacio
Primera lectura
- Leyes territoriales
Es un principio fundamental que establece que las leyes de un país solo tienen validez y se aplican dentro de sus fronteras. Esto significa que las regulaciones y normativas emitidas por las autoridades de un Estado solo son obligatorias para las personas y entidades que se encuentran dentro de ese país. Esto se entiende como una soberanía absoluta
Sin embargo, dado que los Estados no son comunidades aisladas, es esencial reconocer que las relaciones jurídicas pueden trascender las fronteras nacionales y tener efectos en otros países.
- Leyes extraterritoriales
La extraterritorialidad es un concepto jurídico que se refiere a la aplicación de las leyes de un Estado fuera de su territorio nacional. Esto significa que ciertas leyes y regulaciones emitidas por un Estado pueden tener efecto legal en situaciones que ocurren fuera de sus fronteras geográficas.
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- Doctrina de los estatutos
La doctrina de los estatutos es una corriente de pensamiento jurídico que fue desarrollada por Bartolo de Sassoferrato y Baldo de Ubaldo. Esta doctrina distingue entre estatutos personales y estatutos reales.
Los estatutos personales: Se refieren a las situaciones relacionadas con las personas, como su estado civil o capacidad legal para actuar en ciertos asuntos. Se aplican de manera extraterritorial, lo que significa que una persona conserva sus estatutos personales tanto en su país de origen como en el extranjero.
Los estatutos reales: Se refieren a las situaciones relacionadas con los bienes, especialmente los inmuebles, y se aplican territorialmente según la ley del lugar donde se encuentren los bienes.
- Escuela de Sagvhiny
Escuela histórica de Savigny sobre conflictos de leyes:
liderada por Friedrich Carl von Savigny, un jurista alemán. Esta escuela buscaba justificar la existencia de una teoría general de los conflictos de leyes y las ventajas reales que esto ofrecía para todos.
Comunidad jurídica entre Pueblos: Savigny planteaba la existencia de una comunidad jurídica entre los diferentes pueblos, basada en principios jurídicos comunes, como el derecho romano y las ideas cristianas. Sin embargo, esta comunidad no implicaba una sociedad internacional de individuos, sino más bien la existencia de un marco legal compartido entre los Estados.
Reglas para resolver conflictos de leyes: Savigny propuso reglas para resolver los conflictos de leyes, basadas en la noción de relación jurídica. Clasificó las relaciones jurídicas en grupos. Para cada tipo de relación, estableció el principio del "asiento", que determinaba qué ley aplicar.
Para las relaciones personales, como el estado civil o la capacidad legal de una persona, se aplicaría la ley del lugar donde esa persona tiene su domicilio.
Para las relaciones sobre las cosas, como la propiedad o la posesión de bienes, se aplicaría la ley del lugar donde se encuentran esos bienes.
Para las obligaciones, se aplicaría la ley del lugar donde se encuentra el deudor.
Relaciones familiares, se determinan según el lugar donde se encuentra domiciliado el matrimonio sin importar donde se celebro
Derecho de sucesión, se gobierna por el ultimo domicilio del causante
Leyes imperativas y orden público internacional: Savigny hizo distinción entre leyes imperativas, cuya aplicación es siempre obligatoria y no admite extraterritorialidad, y aquellas leyes que regulan situaciones no reconocidas por el derecho nacional de cierto país. Estas últimas pueden entrar en conflicto con el concepto de orden público internacional.
En resumen, la escuela histórica de Savigny propuso un sistema para resolver conflictos de leyes basado en principios jurídicos comunes entre Estados, estableciendo reglas para determinar qué ley aplicar en diferentes situaciones jurídicas.
- La doctrina de los derechos adquiridos
Es una corriente jurídica que se aplica tanto en la resolución de conflictos de leyes en el tiempo como en el espacio. Esta doctrina establece que las leyes nacionales deben reconocer y respetar los derechos que una persona ha adquirido en otro país. Para entender esta doctrina, se distinguen dos problemas principales:
Problema de la adquisición de los derechos: Se refiere a determinar si un derecho fue adquirido de acuerdo con la ley competente del país donde se originó y si se cumplieron todos los requisitos legales para que ese derecho entre en vigor.
Problema del respeto de los derechos adquiridos: Establece que los derechos que se han constituido o adquirido conforme a la ley competente deben producir todos sus efectos en cualquier país, salvo excepciones legales.
- Las bases
Fuentes creadoras de relaciones jurídicas:
Las fuentes creadoras de relaciones jurídicas se refieren a los eventos o hechos jurídicos que dan origen a derechos, estados civiles y situaciones jurídicas. Es esencial examinar tanto la ley aplicable a estos hechos jurídicos como la ley aplicable a la relación jurídica en sí misma. Aquí se desglosan los puntos clave:
Hechos jurídicos creadores de relaciones jurídicas:
Los hechos jurídicos pueden ser clasificados en dos categorías principales: aquellos que no están relacionados con la voluntad de la persona y aquellos que son voluntarios. Ejemplos de hechos jurídicos no voluntarios incluyen el nacimiento, la mayoría de edad, enfermedades graves y la muerte. Por otro lado, ejemplos de hechos jurídicos voluntarios incluyen contratos, matrimonio y el cumplimiento de obligaciones.
Solo se consideran los hechos jurídicos susceptibles de internacionalizarse, es decir, aquellos que pueden tener efecto en otros países además del país de origen del hecho.
Efectos de los hechos jurídicos (consecuencias jurídicas):
Al ser válidos los hechos jurídicos, también lo son las relaciones jurídicas derivadas de ellos. Estas relaciones incluyen derechos, estados civiles y ciertas situaciones jurídicas.
Por ejemplo, el nacimiento da lugar a derechos humanos, como la vida, la salud y la libertad, que son reconocidos independientemente del lugar de nacimiento.
Los derechos familiares y los estados civiles establecidos en el extranjero deben ser reconocidos por los tribunales nacionales si se pretenden hacer valer en el país. Esto se basa en la validez otorgada a la fuente que los produce, como el matrimonio o la adopción.
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