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La terminación del matrimonio y la Sociedad Conyugal


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2023  •  Ensayos  •  1.247 Palabras (5 Páginas)  •  16 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA

Facultad de Jurisprudencia

La terminación del matrimonio y la Sociedad Conyugal

Hazlady Jiménez

Dr. Mg. Eduardo Patricio Armijos Tandazo

Ciclo 3: Derecho

Tarea de Aprendizaje Autónomo

Quito, 8 de enero de 2023

La terminación del matrimonio y la Sociedad Conyugal

La terminación del matrimonio y la sociedad conyugal es importante dentro del campo civil, pero antes se debe conocer cerca del matrimonio donde se inicia, por lo que se empezará conociendo brevemente acerca del matrimonio el cual según el Código Civil art. 81. “Matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente”, sin embargo, para que el matrimonio sea válido debe realizarse por voluntad libre de ambas partes ya que también se adquiere responsabilidades y obligaciones, que se deben dar en el margen del respeto, igualad, asistencia y ayuda mutua.

Para contraer matrimonio se debe cumplir con requisitos establecidos por la ley, todos los requisitos son importantes pero dos muy importantes son; la edad, en Ecuador para contraer matrimonio es necesario ser mayores de edad y se considera como mayores de edad a las personas mayores de dieciocho años y continuando como segundo, el consentimientos de ambas partes es fundamental, pues de lo contrario el matrimonio se declararía nulo, así que se debe expresar la voluntad de contraer matrimonio de forma libre de violencia y vicios en el consentimiento.

Una vez contraído el matrimonio conforme a las leyes ecuatorianas, se contrae una sociedad conyugal, o sociedad de bienes entre cónyuges, donde todos los bienes adquiridos dentro del matrimonio forman parte de la sociedad conyugal, con excepciones de acuerdo a lo que se haya pactado en las capitulaciones matrimoniales, sin embargo, también se puede modificar la sociedad conyugal o terminar con esta durante el matrimonio siempre exista un acuerdo. Y se termina la sociedad conyugal mediante la terminación del vínculo matrimonial.

La terminación del matrimonio puede ser por:

- La muerte de uno de los cónyuges.

- Sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del matrimonio.

- Sentencia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los bienes del desaparecido.

- Divorcio

Se ha mencionado las capitulaciones matrimoniales, las cuales son un acuerdo voluntario de ambos cónyuges, en el que se establece, se modifica o sustituye el régimen económico del matrimonio, de esta forma se aclarará la administración de bienes, que al contraer matrimonio llega a ser un derecho y obligación de ambos conyugues. Las capitulaciones matrimoniales se realizan antes de contraer el matrimonio o durante, siempre siguiendo los requisitos establecidos por la ley. Por lo que para que sean válidas las capitulaciones deben:

  • Establecerse por escrito en documento privado.
  • Lista de los bienes inmuebles que cada cónyuge lleve a la sociedad con su valor y gravámenes.
  • Lista de cada bien que cada cónyuge ingrese a la sociedad.
  • Lista específica de deudas que tenga cada cónyuge previo a contraer matrimonio, para señalar como se resolverá.
  • Determinar específicamente que bienes entran a la sociedad conyugal.
  • Determinar si el producto del trabajo de un cónyuge va dirigido para participar de el solo quien lo trabajó o ambos y en qué proporción.
  • Determinar quién se hará cargo de la administración de los bienes.
  • Determinar si los bienes que se adquieran en un futuro irán a la sociedad de bienes
  • Declarar si cualquier bien que provenga de una herencia, legado o donación también entra en la sociedad conyugal.
  • Como se dará la liquidación de la sociedad conyugal.

La sociedad conyugal es la comunidad de bienes que pertenecen según la regularización de las capitulaciones matrimoniales o los bienes que se adquieren al contraer matrimonio pasan a ser parte de la sociedad conyugal. En caso que en el matrimonio bajo un régimen de sociedad conyugal no se impongan las capitulaciones se dan ciertas reglas, como: en el caso que no se demuestre que una propiedad la adquirido un conyugue de forma personal, este forma parte de la sociedad conyugal. Otro es lo que es propio de cada conyugue como: los bienes y derechos que le pertenezcan al tiempo de celebrarse el matrimonio y los que posea antes de éste, o bienes adquiridos después del matrimonio por herencia, legado, donación o don de la fortuna, bienes adquiridos por cualquier título propio que sea anterior al matrimonio, bienes que se adquieran con la venta o permuta de bienes propios, objetos de uso personal, instrumentos necesarios para el ejercicio del trabajo, solo hay excepción en caso que los dos hayan sido parte de esa adquisición, bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de contraer matrimonio cubriendo con dinero del mismo cónyuge.

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