ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Leyes y reglamentos policiales


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2023  •  Documentos de Investigación  •  1.600 Palabras (7 Páginas)  •  35 Visitas

Página 1 de 7

Disciplina dentro de la Policía Nacional

Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Central del Ecuador

Leyes y reglamentos policiales

Primero “L”

Cr. Enriquez

23 de agosto de 2023

Definiciones

Disciplina: Cumplimiento de un sistema normativo siempre y cuando este sea de forma voluntaria y consciente o por el contrario se reduciría a un simple adiestramiento y esclavitud

Iniciativa: Intervención que desempeña el componente de Asuntos Internos con el fin de conseguir información relevante para poder tener elementos de convicción que ayudaran a resolver el inicio de un procedimiento administrativo

Pruebas de cargo: Son pruebas las cuales evidencia la responsabilidad disciplinaria de los y las servidoras policiales el cual a cometido una presunta falta administrativa disciplinaria

Pruebas de descargo: Son pruebas con el objetivo de ratificar la inocencia o culpabilidad del sumariado ante la incriminación de una supuesta falta administrativa disciplinaria  

Falta disciplinaria: Se basan principalmente en faltas leves, graves y muy graves las mismas que tienen amonestación escrita, verbal suspensión y/o de destitución de funciones con el fin de controlar la conducta humana

Transparencia:  Las y los servidores policiales brindan el acceso a información con veracidad a la ciudadanía por medio de rendición de cuentas y control social

Negligencia: Descuido de un servidor/a policial frente a un manejo o cumplimiento de deberes y misiones

Responsabilidad: Actos positivos y negativos la cual realiza una persona dando por entendido que cualquier cosa que diga o haga va fundamentada en una respuesta moral legal y consciente frente a las consecuencias

Respeto: Adaptar la conducta hacia el cumplimiento de las leyes y constitución la cual asegura que toda decisión y/o procedimiento se respeten derechos

Probidad: Tener una conducta personal intachable, honesta, con rectitud, e integra ya que el que actúa con probidad no comete ningún abuso, no miente ni incurre en un delito

Honestidad: Capacidad para generar confianza entre las personas sin contradicción alguna lo que un policía piensa, dice o hace

Ética: Rama de la filosofía la cual es un modo de actuar, socializar bajo su moral que los hacen actuar de una forma ejemplar, consciente, voluntaria y con decisión propia en pocas palabras erige valores y principios los cuales son producto de la reflexión interna que tiene una persona

Centros de formación policial

Régimen administrativo

Faltas leves

Sanción: Amonestación escrita  

Sancionador: Superior jerárquico – oficial de turno

Procedimiento: El superior jerárquico (oficial de turno) que tenga conocimiento o presenciase una falta esta en facultad de sancionar bajo el reglamento, se le otorgara un formulario de sanción en el cual se llenara con veracidad los datos puestos en el mismo

Apelación: Podrá apelar en el término de tres días, pero si no llegase a apelar se podrá entender que esta de acuerdo con la falta cometida y se registrara en su cartilla u hoja de vida también se aplica si no logra apelar dentro del tiempo establecido

Sanción: Amonestación verbal- Amonestación escrita 

Sancionador: Superior jerárquico 

Procedimiento: Pone en conocimiento al servidor/a policial de la falta incurrida el cual tendrá dos días para presentar pruebas de descargo en el término de tres días posteriores el superior jerárquico da a conocer al   servidor/a policial conocerá si se resolverá o se registrará la falta cometida  

Resolución:

La resolución emitida por el superior jerárquico deberá estar correctamente motivada la misma que será  

remitida al órgano competente para el registro en la hoja de vida de la o el servidor policial en el tercer día. 

Faltas graves

Sanción: Suspensión temporal (30 a 90 días)

Sancionador: Máxima autoridad (director/a del centro de formación)

Procedimiento: el director sancionará dicha falta disciplinaria en el caso de ser el subdirector llamará al involucrado para tomar una decisión en el caso de ser servidores policiales se pondrá en conocimiento directamente al director o subdirector 

Apelación: Podrá apelar en el término de tres días por medio de un escrito a la dirección del centro de formación el mismo que se registrará o se revocará y se dará a conocer al termino de tres días

Sanción: Pecuniaria mayor o pecuniaria menor

Sancionador: Máxima autoridad (Inspector/a)

Procedimiento: Dentro de las siguientes setenta y dos horas, se notificará al correo electrónico institucional, y una boleta será dejada en el lugar de trabajo o domicilio del servidor/a policial

 Apelación: Se procede a darle un tiempo de diez días para que conteste sobre los hechos que se le imputan, nombre abogado/a defensor, fije domicilio para recibir notificaciones y solicite la práctica de pruebas. Al termino de 3 días se notifica la resolución el cual el inspector decide si se procede a un sumario administrativo o solo sanciona 

Faltas muy graves

Sanción: Destitución del centro de formación policial

Sancionador: Tribunal de disciplina (director del centro de formación, jefe de estudios - primer vocal, servidor policial instructor- segundo vocal, - servidor policial secretario voz informativa)  

Procedimiento: El tribunal de disciplina se reunirá previa convocatoria y determinación del subdirector nacional de educación se hará por escrito en un término no mayor a 15 días una vez instalado el tribunal de disciplina se esclarecerá la falta que se está juzgando, la resolución será notificada por escrito al termino de tres días  

Apelación: Podrá apelar en el término de tres días ya que las sanciones impuestas por el tribunal de disciplina podrán ser apelados ante la dirección nacional de la policía nacional

Sanción: Suspensión de funciones y/o destitución

Sancionador: Sumario administrativo

Procedimiento: Dentro de las siguientes setenta y dos horas, se notificará al correo electrónico institucional, y una boleta será dejada en el lugar de trabajo o domicilio del servidor/a policial Transcurrido el plazo de la investigación se notificará en el término de tres días a la persona sumariada el día y hora de la audiencia

 Apelación: Se procede a darle un tiempo de cinco días si está dentro del país y diez días si esta fuera para que conteste sobre los hechos que se le imputan, nombre abogado/a defensor, fije domicilio para recibir notificaciones y solicite la práctica de pruebas. Al termino de 3 días se notifica la resolución sancionatoria o absolutoria

Subsistema de Prevención: Se refiere antes que ocurra el acto delictivo o infracción para proteger la seguridad de la ciudadana y orden público cabe recalcar que este subsistema contiene las funciones que cumple la policía.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.1 Kb)   pdf (104.7 Kb)   docx (200.2 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com