ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

¿Qué es el usufructo y cómo extinguirlo?


Enviado por   •  29 de Junio de 2023  •  Informes  •  5.441 Palabras (22 Páginas)  •  24 Visitas

Página 1 de 22

¿QUE ES EL USUFRUCTO Y COMO EXTINGUIRLO?

1) INTRODUCCIÓN

En el siguiente trabajo académico abordaremos uno de los temas muy interesantes que abarca dentro de los derechos reales y que se trata del usufructo. Esta palabra nace de la combinación de los términos usus que significa emplear y la palabra frutus que significa gozar y que actualmente quiere decir el goce y disfrute de la cosa. El usufructo consiste que el propietario cede un bien mediante un acto voluntario con el beneficio o usufructuario en el cual faculta de derecho como el goce y disfrute del bien, pero limitándose a no alterar la sustancia del bien y se omite el deterioro natural originado por el constante uso que se realiza al bien.

Luego desarrollare una serie de características que posee el usufructo las cuales son que es un derecho real, es autónomo, recae sobre la cosa ajena, es un derecho de goce, exclusivo de bienes no consumibles, el uso sin alterar su sustancia es temporal, transmisible, es un derecho divisible y tiene excepción a la regla de tipicidad. Teniendo en cuenta estos conceptos nos preguntamos ¿Cuándo se extingue el usufructo? Pero para eso debemos conocer ¿Cuál es su naturaleza jurídica?, ¿Qué elementos posee? y ¿Existen clases de usufructo?, establecidas nuestras dudas en este trabajo académico tiene como intención resolver estas inquietudes con la finalidad de conocer de manera amplia este derecho real sobre el uso y goce del bien, llamado usufructo.

2) ETIMOLOGÍA

La palabra usufructo está conformado por la combinación de dos sustantivos los cuales son el usus que proviene del verbo utor que tiene como definición emplear una determinada cosa como instrumento con la finalidad de una satisfacción y el fructus que es igual a una acción del verbo fruit que es gozar y que tiene como relación o base a los términos de fruor, frao o fango que antiguamente significa encontrar en una cosa una causa de satisfacción. Es así como la unión de estos términos o conocido como usufructos tienen como definición absoluta el de gozar de la propiedad ajena.

3) DEFINICIÓN

El usufructo en una definición sencilla sería la de extraer beneficio de un bien determinado adquiriendo derechos sobre este mismo, además de usar y disfrutar sin modificarlo o alterarlo debido a que es la base principal de este derecho real, mantener su forma caso contrario si el bien otorgado en usufructo es fungible se debe reponer con la entrega de otro de bien condicionado a que sea de la misma clase de la cual se otorgó al usufructuario.

Podemos afirmar que el usufructo es lo más cercano a la propiedad, pero de forma decreciente debido a que solo se puede usar y gozar el bien considerándolo como una versión reducida o una mini propiedad y por lo cual se debe respetar su esencia es así como se limita el ius disponendi que es el derecho a disponer u obrar de este bien otorgado por este derecho real de usufructo. La Propiedad es el derecho real mayor más amplio y completo es así como el usufructo es el más amplio de los derechos reales en lo que se refiere al uso y disfrute sobre la cosa. El bien cuando es sometido a usufructo la propiedad se convierte en un derecho vacío o más conocido como nuda propiedad significando propietario desnudo al propietario del bien y que para que la propiedad sea completa se tiene que dar el cese del usufructo provocando que la propiedad adquiera su dimensión original.

Finalmente, el concepto de usufructo es la de usar y gozar un bien ajeno calificando a este derecho real como derecho real derivado además mediante contrato se puede determinar los limites sobre los beneficios y utilidades que el usufructuario puede gozar sobre el bien brindado por este derecho real de usufructo.

4) CARACTERÍSTICAS

Este derecho real cuenta con una serie de características que identifican a este derecho real de goce y disfrute de la cosa, que a continuación pasaremos a describir de manera detallada:

4.1. DERECHO REAL

Debido a que el poder es directo e inmediato sobre el bien esta característica es principal cuando hablamos de derechos reales y que es el máximo derecho real en lo que respecta al atributo de goce. Tiene reconocimiento por nuestro ordenamiento y en la cual se establecen ciertos reglamentos como son la constitución de este derecho real, características, derechos del usufructuario, efectos, extinción, el cuasiusufructo y la modificación del usufructo.

4.2. DERECHO AUTÓNOMO

Es claro que es un derecho real principal y que además tiene existencia per se a que nos referimos con este término a que no depende de otro y que tampoco es accesorio de otro, como por ejemplo los derechos reales de garantías exactamente la hipoteca o la prenda mobiliaria por lo tanto el usufructo tiene un carácter principal y autónomo.

4.3. DERECHO REAL SOBRE COSA AJENA

El usufructo cuenta con esta característica debido a que este derecho tiene su existencia o recae sobre un bien que pertenece a otra persona ósea ajeno o también conocido como bien ajeno. Asimismo, el usufructo no puede establecerse sobre cosa propia debido a que cuando un bien es dado por este derecho real la propiedad pasa a ser nudo propietario y la persona que goza del bien se le llama usufructuario, por lo tanto, el propietario ya no puede usar ni gozar de la cosa.

4.4. DERECHO DE GOCE

Entendemos que el usufructo solo comprende el uso y goce de la cosa que es la esencia de este derecho real que se le permite al usufructuario y es así como se considera un derecho real limitado y no amplio como los es la propiedad. Debemos entender que el goce está limitado debido al acuerdo entre las partes, por darle un uso adecuado para no alterar su esencia y por último el ejercicio regular de los derechos reales

4.5. RECAE SOBRE BIENES NO CONSUMIBLES

Nos referimos a los bienes no consumibles a todos los bienes que nos permite un uso reiterado y que dentro de estos bienes encontramos a los duraderos o sea que no se degradan por su uso reiterado, deteriorable debido a su uso regular del bien y por último corruptible que son los bienes que se pueden consumir en un breve tiempo.

4.6. USAR SIN ALTERAR SUSTANCIA

La sustancia es la prima facie o la forma de ser del bien y por lo cual mediante el usufructo se derivan facultades de gozar y usar solo estas principales y que por ningún motivo se llegue a alterar la sustancia de este bien y esto se manifiesta respetando el destino económico y la estructura externa mediante la delación del usufructo

4.7. DERECHO TEMPORAL

El usufructo es un derivado del derecho a la propiedad dando a entender que el usufructo tiene un límite en su existencia. Tiene un inicio y fin, primero inicia cuando el usufructuario comienza a gozar del bien y termina en un plazo previamente

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (33 Kb)   pdf (105 Kb)   docx (22 Kb)  
Leer 21 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com