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Contrato De Franquicia


Enviado por   •  12 de Octubre de 2013  •  1.964 Palabras (8 Páginas)  •  368 Visitas

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CONTRATO DE FRANQUICIA

Conste por el presente documento el contrato de franquicia que celebran de una parte GOURMETPERÚ S.A.C, identificada con R.U.C. N° 20446102215, inscrita en la partida electrónica N°12029858 del Registro de Personas Jurídicas de Cuzco, con domicilio en la Av. 28 de julio N°111 distrito y provincia de Urubamba del departamento del Cuso, debidamente representada por su gerente general don Juan Pérez Galdós identificado con D.N.I. N° 15367838, con poderes inscritos en el asiento A00003 de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominará EL FRANQUICIANTE; y, de otra parte GRUPO ALIMENT S.A.C , identificada con R.U.C. N° 20235606715, inscrita en la partida electrónica N° 12043878 del Registro de Personas Jurídicas de Huacho, con domicilio en Av. 3 de mayo del distrito de Huacho de la provincia de Huaura del departamento de Lima, debidamente representada por su gerente general don Adán Loó Castro, identificado con D.N.I. N° 15345627, con poderes inscritos en el asiento A0002 de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominar EL FRANQUICIADO, ambas partes convienen en celebrar el siguiente contrato de franquicia a los fines de incorporar a la red de Comedores GOURMETPERÚ al franquiciado en todo el Departamento de Lima ,el que hasta la fecha de celebración del presente contrato no ha sido explotado por el franquiciante , el contrato se regirá por las siguientes clausulas:

PRIMERA: EL FRANQUICIANTE es una persona jurídica de derecho privado, que tiene por objeto social la explotación de comedores, los cuales se especializan en la preparación de raciones alimenticias en campamentos mineros, preparados por EL FRANQUICIANTE en base a recetas especiales desarrolladas por éste. En ese sentido, EL FRANQUICIANTE declara haber desarrollado un plan y sistema empresarial que incluye elementos de propiedad industrial para suministrar al público un alto estándar de servicio, eficiencia, cortesía y limpieza; utilizando una identificación distintiva por medio de estándares, métodos, conocimientos, habilidades e información relativa al desarrollo y operación de una determinada actividad económica. Este conjunto de conocimientos e información especializada han contribuido a lograr el éxito empresarial de EL FRANQUICIANTE, lo que ha permitido expandir su sistema a diversos lugares del Perú.

SEGUNDA.- EL FRANQUICIANTE declara tener el derecho exclusivo y excluyente del uso de los nombres comerciales, marcas y todas las combinaciones, variaciones y adiciones a éstos, ya sea independiente o en combinación con otros signos distintivos, utilizados para designar los productos referidos en la cláusula anterior.

TERCERA.- EL FRANQUICIADO es una persona de derecho privado constituida bajo el régimen societario de la sociedad anónima, cuyo objeto social principal es el de brindar servicios alimentarios, que se encuentra interesado en ser autorizado por EL FRANQUICIANTE para operar este servicio conforme al sistema desarrollado por éste, lo que involucra también la licencia de sus signos distintivos.

CUARTA: Por el presente contrato, EL FRANQUICIANTE se obliga a autorizar a EL FRANQUICIADO la explotación comercial del sistema empresarial de GOURMETPERÚ S.A.C de la que es titular, en el área geográfica que corresponde al departamento de Lima, lo que implica la licencia de los signos distintivos del negocio marca y los logotipos aplicados a los servicios alimentarios GOURMET PERU, inscritos en el Registro General de Marcas de INDECOPI, bajo el Certificado Nro. 00003279, la licencia del know how contenido en los manuales operativos, y la entrega de toda la información necesaria, así como capacitación permanente, que coadyuven la satisfactoria instalación y operación del negocio licenciado.

En contraprestación, EL FRANQUICIADO se obliga a pagar a EL FRANQUICIANTE las regalías previstas en el presente contrato.

QUINTA: El franquiciante, es titular de un sistema que incluye todos los elementos de decoración, instalación y operación de los comedores GOURMETPERÚ descritos en la cláusula primera precedente. Todo lo relacionado con el sistema y su uso están descritos en el manual de operaciones que forman parte integrante del presente, y al que las partes se deberán ajustar. El manual operativo se podrá variar, alterar, amplia, reducir y/o sustituir en todo o en parte por el franquiciante, en la medida que lo considere necesario a los fines del perfeccionamiento del sistema de operación del negocio. En este último supuesto el franquiciante deberá comunicar en forma fehaciente al franquiciado y con un plazo de 30 días antes de su aplicación.

SEXTA: El franquiciante cede al franquiciado, con exclusividad, el derecho a explotación comercial del sistema empresarial GOURMETPERU S.A.C en el territorio descrito en el presente contrato.

SÉPTIMA: son a cargo del franquiciado la apuesta a punto del negocio del que va a ser titular conforme a las instrucciones del franquiciante, impartidas en el manual operativo, como así mismo de las habilitaciones e inscripciones en los organismos municipales o cualquier otro que corresponda para habilitar el funcionamiento de los comedores.

OCTAVA: El franquiciado se compromete a comprar los elementos de decoración y material mobiliario del negocio en el lugar que le indique el franquiciante. El franquiciado podrá comprar los mismos en otro comercio siempre y cuando signifique mejores condiciones de calidad, precio y financiación, circunstancia que deberá de comunicar en forma fehaciente al franquiciante con un plazo de 5 días posteriores.

NOVENA: Los productos que componen los ingredientes para la preparación de las raciones alimenticias, deberán ser comprados por el franquiciado en los lugares y en las cantidades que indique el franquiciante y con las modalidades que le permitan evitar faltas no atendidas en función de los requerimientos de los campamentos. El franquiciado podrá adquirir en casos excepcionales los productos a que hace referencia la presente clausula en otro de los negocios de la misma cadena.

DÉCIMA: Queda convenido que la gestión y administración del negocio materia del presente contrato corresponderá única y exclusivamente a EL FRANQUICIADO, sin perjuicio del respectivo control y fiscalización que tiene derecho EL FRANQUICIANTE, que realizara auditorias en el comercio del franquiciado todos los 30 de cada mes y un visita inopinada al mes.

DÉCIMO PRIMERA: El personal que se desempeñe en relación de dependencia será contratado por el franquiciado, quien revestirá la calidad de empleador con

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