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CÓDIGO DE ÉTICA DEL PODER JUDICIAL DEL PERÚ


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  1.861 Palabras (8 Páginas)  •  183 Visitas

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CÓDIGO DE ÉTICA DEL PODER JUDICIAL DEL PERÚ

FUNDAMENTACIÓN

Aprobado en sesión de Sala Plena de fecha

14 de octubre del 2003

1. El Código de Ética busca dotar a los Jueces del Poder Judicial peruano de un conjunto ordenado de reglas que orienten su comportamiento ético, tanto en el ejercicio de sus funciones públicas como privadas.

La sociedad espera de los Jueces un comportamiento de excelencia en todos los ámbitos de su vida. Por lo tanto, es posible exigirles altos estándares de buena conducta con la finalidad de que contribuyan a crear, mantener y acrecentar la confianza ciudadana en la judicatura.

2. Las normas contenidas en el Código son de naturaleza ética. En tal sentido, sus prescripciones y acciones de corrección son independientes de las medidas disciplinarias y de cualquier sanción legal.

La norma ética, en el Poder Judicial, sólo tiene legitimidad en la medida en que constituye un medio de autorregulación creado y hecho suyo – como pauta de conducta- por los propios jueces, sus autores y destinatarios.

3. En concordancia con lo anterior, el Código tiene su vocación preventiva y de auxilio frente a los dilemas éticos que a menudo se plantean a los magistrados tanto en el desempeño de las funciones como en el desarrollo de sus actividades privadas.

Las normas éticas, no sancionadoras o punitivas, son pautas que orientan a los magistrados, servidores y colaboradores de la justicia -respecto de hechos que pueden ser objeto de reproche moral- permitiendo, inclusive, la consulta preventiva en condiciones de reserva a un Comité de Ética Judicial.

4. Se consagran como los valores mas elevados del modelo de conducta de los jueces – tanto en la esfera individual como institucional- los de independencia, imparcialidad, integridad y transparencia. Los jueces deben contribuir, decididamente, a su establecimiento y conservación.

5. Ninguna norma de conducta que se proponga podrá sustituir la calidad humana del magistrado quien, con el ejemplo de su diaria labor y el reconocimiento de la sociedad a la que sirve, realiza el valor de la justicia.

6. El Código de Ética Judicial es un instrumento que posee un valor trascendental, ya que promueve pautas de conducta ejemplar que contribuyen tanto a combatir la corrupción como a prestar un eficiente servicio de justicia.

CODIGO DE ETICA DEL PODER

JUDICIAL DEL PERU

Aprobado en Sesiones del de Sala Plena de fechas 9, 11 y 12 de marzo del 2004

Propósito

Artículo 1

El propósito de este Código es servir de guía ética para mejorar el servicio de justicia. Su finalidad es asistir a los jueces ante las dificultades de índole ética y profesional que enfrentan, y ayudar a las personas a comprender mejor el rol que corresponde a la judicatura.

Artículo 2

El juez debe encarnar un modelo de conducta ejemplar sustentado en los valores de justicia, independencia, imparcialidad, honestidad e integridad, los cuales deben manifestarse en la transparencia de sus funciones públicas y privadas.

La práctica transparente de estos valores contribuirá a la conservación y fortalecimiento de un Poder Judicial autónomo e independiente y se constituirá en garantía del Estado de Derecho y de la justicia en nuestra sociedad.

Artículo 3

El juez debe actuar con honorabilidad y justicia, de acuerdo al Derecho, de modo que inspire confianza pública en el Poder Judicial.

El juez debe evitar la incorrección, exteriorizando probidad en todos sus actos. En la vida social, el Juez debe comportarse con dignidad, moderación y sensibilidad respecto a los hechos de interés general. En el desempeño de sus funciones, el Juez debe inspirarse en los valores de justicia, independencia, imparcialidad, integridad y decencia.

Autonomía e Independencia judicial

Artículo 4

El juez debe encarnar y preservar la independencia judicial en todos sus actos, tanto individuales como institucionales. La práctica de este valor, además, tiene por finalidad fortalecer la imagen de autonomía e independencia propia del Poder Judicial.

El Juez ejercerá sus funciones libre de interferencias y rechazará con firmeza cualquier intento de influencia jerárquica, política, social, económica o de amistad, de grupos de presión o de cualquier otra índole; asimismo, no adoptará sus decisiones por influencia del clamor público, temor a la crítica, consideraciones de popularidad, notoriedad o por motivaciones impropias o inadecuadas.

El Juez no debe realizar actividades ni aceptar encargos públicos o privados que obstaculicen el pleno y correcto desenvolvimiento de su función jurisdiccional; tampoco los que, por la naturaleza, la fuente o la modalidad del cometido puedan, de alguna manera condicionar su independencia. Sin embargo, el Juez puede participar en actividades extrajudiciales relacionadas con el quehacer jurídico y la mejora de la administración de justicia.

Imparcialidad judicial

Artículo 5

El Juez debe ser imparcial tanto en sus decisiones como en el proceso de su adopción. Su imparcialidad fortalece la imagen del Poder Judicial.

El Juez debe respetar la dignidad de toda persona otorgándole un trato adecuado, sin discriminación por motivos de raza, sexo, origen, cultura, condición o de cualquier otra índole. En el ejercicio de sus funciones, el Juez debe superar los prejuicios que puedan incidir de modo negativo sobre su comprensión y valoración de los hechos así como en su interpretación y aplicación de las normas.

El juez no debe no debe valerse del cargo para promover o defender intereses particulares, ni transmitir, ni permitir que otros transmitan la impresión de que se hallan en una posición especial para influenciarlo.

El juez debe gobernar sus asuntos personales y económicos, de modo tal que las ocasiones en las cuales le sea necesario inhibirse, en las causas a su cargo, tengan carácter excepcional.

Artículo

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