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Derecho Romano


Enviado por   •  29 de Julio de 2014  •  12.034 Palabras (49 Páginas)  •  264 Visitas

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Romano I

Tema 1 – Derecho Romano

• Concepto Derecho Romano:

Conjunto de los principios de Derecho que han regido en la sociedad Romana en las distintas épocas de su existencia.

• Épocas y Características más resaltantes del Derecho Romano

1) La Monarquía

a) La sociedad se divide en dos clases, Los Patricios y los Plebeyos. Entre los cuales se observan grandes diferencias por su desigualdad.

b) El Derecho Público está muy vinculado al Derecho Privado.

c) La Religión goza de un poder extraordinario

d) La Jurisprudencia está en manos de los Pontífices a quienes hay que acudir para conocer el Derecho.

e) La principal fuente del Derecho es la Costumbre.

f) No se conoció la equidad.

2) La República

a) Surge el famoso conflicto Patricio-Plebeyo.

b) Nace la Primera Ley escrita, denominada la Ley de las 12 Tablas.

c) Surge el Derecho Pretoriano como proceso interpretativo de la Ley de las 12 Tablas.

3) El Principado

a) La Jurisprudencia alcanza una significación extraordinaria

b) Nacen las famosas escuelas del Derecho. Proculeyana y Sabiniana

c) Es la Época del Ius

4) El Dominado o Monarquía Absoluta

a) El Derecho se recopila para evitar su dispersión

b) Es la época de las recopilaciones Pre-Justinianeas y Justinianeas

c) Nace en esta época la famosa obra del emperador Justiniano denominada Corpus Juri Civile (Cuerpo de Leyes Civiles).

• Los Tres Preceptos de la Justicia – Tria Juris Praeceta

a) Dar a cada quien lo que le es suyo

b) Vivir honestamente

c) No dañar a nadie.

• Jus, Fas y Boni Mores

Derecho y Religión eran conceptos que se confundían en los pueblos antiguos. En sus inicios el Derecho era interpretado exclusivamente por los pontífices, de modo que el Fas representa el orden en el mundo de las divinidades y el Ius representa el orden en el campo humano. Y el Boni Mores son todas las normas que corresponden al campo de la moral.

A) Ius: voz latina con que los romanos designaron al derecho. En sentido objetivo: como una norma que regula con carácter obligatorio las relaciones sociales. En sentido subjetivo: como facultad que el ordenamiento juridico reconoce a un sujeto.

B) Fas: era la denominada norma religiosa. Derecho y religión aparecen en épocas primitivas como ideas que guardan entre si un nexo de unión evidente pero desde la época de la Republica “fas” equivale a ius divinum.

D) Justicia: es lo que conforma al ius, es la meta del derecho según las fuentes romanas se podría decir que es “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”.

C) ¿Qué se entiende por Fas?

Es el derecho sagrado.

Mores Maiorum. Leges Regiae

Durante los años en los que Roma era una ciudad-estado regida por un régimen monárquico, no encontramos en las primitivas fuentes del Derecho Romano una diferenciación entre el concepto de Derecho, Moral y Religión. Las primeras normas que regulan las conductas públicas y privadas de sus ciudadanos se fundamentan en un conjunto de tradiciones y costumbres que con posterioridad se les conocerán como " mores maiorum" . Este conjunto de costumbres provenientes de los antepasados serán las que irán, poco a poco, organizando el sistema gentilicio y familiar, así como las relaciones privadas y la estructura social, religiosa y jurídica de la sociedad romana hasta que se promulga la primera ley escrita " La Ley de las XII Tablas" .

Este conjunto de normas, costumbres y tradiciones no tenían forzosamente su origen en la religión, si bien todos los pueblos primitivos, y entre ellos el romano, tendían a otorgarles una explicación sobrenatural, es decir provenientes todas estas decisiones de los dioses. De esta forma nace un concepto el " fas" que los romanos identifican con la licitud moral de las actuaciones de las personas, es la regla fundamental que relaciona a los romanos con los dioses y en la que basaron su vida social.

Con el tiempo del fas se comienza a separar el " ius" que son las normas jurídicas y que daría nacimiento a nuestro concepto de derecho. El ius es todo aquello que es correcto jurídicamente y el fas lo que es adecuado moralmente. En contraposición el nefas es lo que infringe las reglas sagradas. De ahí la importancia que tenía para los romanos la determinación de los días fastos y nefastos para realizar todo tipo de actividad, social, militar, comercial. La contraposición al ius es la iniuria, que es la transgresión de las normas jurídicas.

Esta relación de los mores maiorum con el fas, es decir con la divinidad, provoca que en los primeros tiempos el control exclusivo de la interpretación de las normas jurídicas estén en manos del colegio de los pontífices, que señalando los ritos y las formulas tienen el control absoluto sobre el derecho y su interpretación.

Se desconoce si realmente las normas del derecho en esta época primitiva fueron creación popular o bien obra de políticos y jurisconsultos, sin embargo hay un comentarista de la época de Cesar, Granio Flacco, que hace mención de unas leyes dadas en época monárquica, que se han denominado posteriormente " leges regiae" reunidas posteriormente por el pontífice Sexto Papirio y recogidas en el Digesto como ius civile Papirianum (D.1.2.2.2).

¿Qué se entiende por IUS? Jus?

IUS: Los romanos designaron al derecho con la voz latina de Ius. Ese sentido objetivo es la norma que regula con carácter obligatorio las relaciones sociales, en sentido subjetivo como facultad o poder que el ordenamiento jurídico reconoce a

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