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Ensayo Lineamientos Elementales De Derecho Penal

fjpm15 de Junio de 2013

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LINEAMIENTOS ELEMENTALES DE DERECHO PENAL

CAPITULI I

FINALIDAD DEL DERECHO

Encauzar la conducta humana para hacer posible la vida gregaria.

DERECHO

La sistematización del ejercicio del poder coactivo del Estado.

PARTES EN QUE SE DIVIDE EL ESTUDIO DEL DERECHO PENAL

 PARTE GENERAL:

a).- INTRODUCCION: generalidades sobre el derecho penal y las ciencias penales, evolución de las ideas penales y las principales escuelas penales.

b).-TEORIA DE LA LEY PENAL: fuentes del derecho penal, la interpretación de la ley penal y los ámbitos de la validez de la ley penal (materia espacial, temporal y personal).

c).-TEORIA DEL DELITO: comprende generalidades sobre su concepto, definición elementos, factores negativos, la vida del delito su participación, algunos autores incluyen la teoría del delincuente, su estudio de la misma teoría.

d).-TEORIA DE LA PENA Y DE LOS MEDIOS DE SEGURIDAD: nos permite conocer someramente l a distinción entre ambas instituciones, su clasificación e individualización la condena condicional y la libertad preparatoria.

 PARTE ESPECIAL:

-DELITOS EN PARTICULAR.

-PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD APLICABLES A CASOS CONCRETOS.

DERECHO PENAL

Rama del derecho público interno relativo a los delitos, a las personas y a las medidas de seguridad que tiene por objeto inmediato la creación y la conservación del orden social.

DERECHO PUBLICO

Conjunto de normas que rige relaciones donde el estado interviene como soberano.

DERECHO PRIVADO

Regulador de situaciones entre particulares.

DENOMINACION DEL DERECHO PENAL:

 Se le denomina también derecho criminal.

 Derecho de defensa social.

 Pero nosotros preferimos denominarlo como derecho penal.

2 SENTIDOS DEL DERECHO PENAL:

 SENTIDO OBJETIVO

• CUELLO CALON: conjunto de normas jurídicas establecidas por el estado que determinan los delitos, las penas y las medidas de seguridad con que aquellos son sancionados.

• PESSINA: conjunto de principios relativos al castigo del delito.

• VON LISZT: sistema de normas establecidas por el estado, q asocia al crimen como hecho, la pena como su consecuencia jurídica.

• EDMUNDO MEZGER: conjunto de reglas que norman el ejercicio del poder punitivo del estado, conectando en el delito como presupuesto, la pena como su consecuencia jurídica.

• RAUL CARRANCA Y TRUJILLO: conjunto de leyes mediante las cuales el estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación.

 SENTIDO SUBJETIVO

• CUELLO CALON: derecho del estado a determinar , imponer y ejecutar las penas y demás medidas de luchar contra la criminalidad.

• JULIO KLEIN/ SANCION PENAL: no es un derecho si no un deber ser que contiene en la norma primaria penal.

DERECHO PENAR SUBJETIVO

Conjunto de atribuciones del estado, emanadas de normas, para determinar los casos en que deban imponerse.

OBJETO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

Establecer la forma y organización del estado y la fijación de los limites a la actividad del poder público frente a los particulares.

DERECHO CONSTITUCIONAL/ VILLALOBOS

Tiene por objeto establecer la forma y organización del estado y la figacion de los limites a la actividad del poder publico frente a los particulares.

LA CRIMINOLOGIA Y SU TERMINO EN VARIAS CIENCIAS:

 ANTROPOLOGIA CRIMINAL: tiene por objeto el estudio del hombre delincuente, investiga las causas biológicas del delito se le denomina también biología criminal.

 SOCIOLOGIA CRIMINAL: estudia la delincuencia desde el punto de vista social, pretende hallar sus causas en el medio ambiente.

 ENDOCRINOLOGIA CRIMINAL: intenta descubrir el origen de la delincuencia en el fundamento de las glándulas de secreción internas.

 PSICOLOGIA CRIMINAL: estudia al hombre delincuente en sus caracteres psíquicos.

CAPITULO II

EVOLUCION DE LAS IDEAS PENALES

VENGANZA PRIVADA

Suele llamársele también venganza de la sangre o época barbará, se origino por el homicidio y las lesiones, delitos que por su naturaleza son denominados de sangre.

VENGANZA DIVINA

En esta etapa se estiman el delito como una de las causas del descontento de los dioses, por eso los jueces y tribunales juzgan en nombre de la divinidad ofendida, pronunciando sus sentencias e imponiendo las penas para satisfacer su ira, logrando el desistimiento de su justa indignación.

VENGANZA PÚBLICA

Los tribunales juzgan en nombre de la colectividad. Para la supuesta salvaguarda de esta se imponen penas cada vez más crueles e inhumanas.

Cuello Calon dice que en este periodo nada se respetaba, ni si quiera la tranquilidad de las tumbas, ya que se desenterraban los cadáveres y se les procesaba, los jueces y tribunales poseían facultades omnímodas y podían incriminar hechos no previstos en las leyes.

EL LIBRO DE BECARIA DESTACA LOS PUNTOS MAS IMPORTANTE:

 El derecho a castigar se basa en el contrato social y por tanto la justicia humana y la divina son independientes.

 Las penas únicamente pueden ser establecidas por las leyes.

 Las penas deben ser prontas, publicas y necesarias proporcionadas al delito y las minimas posibles.

 Los jueces por no ser legisladores, carecen de la facultad de interpretar la ley.

 El fin de la pena es que el autor cometa nuevos delitos.

 La pena de muerte debe ser proscrita por injusta, el contrato social no la autoriza dado que, el hombre no puede ceder el derecho a ser privado de la vida, de la cual el mismo no puede disponer por no pertenecerle.

CAPITULO III

HISTORIA DEL DERECHO PENAL EN MEXICO

HISTORIA DEL DERECHO PENAL/ VILLALOBOS

No se estudia por afán de exhibir una supuesta erudición, si no por el beneficio que reporta, para la mejor inteligencia de las instituciones actuales, el conocimiento comparativo de sus orígenes y de sus antecedentes a si como la observación atenta del proceso que a seguido el derecho en su elaboración.

DERECHO PRECORTESIANO

Los distintos reinos y señoríos pobladores de lo que, ahora es nuestra patria, poseyeron reglamentaciones sobre la materia penal.

No existía unidad política entre los diversos núcleos aboriguenes, ya que no había una sola nación, sino varias, resulta mas correcto aludir únicamente al derecho de 3 de los pueblos principales encontrados por los europeos poco después del descubrimiento de América.

EL PUEBLO MAYA

Las leyes penales al igual que en los otros reinos y señoríos, se caracterizaban por su servidad.

Los batabs o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y aplicaban penas como la muerte y la esclavitud.

EL DERECHO PENAL EN EL PUEBLO TABASCO

El adulterio habido con alguna mujer del soberano o Colzontzi se castigaba no solo con la muerte del adultero, si no trascendía a toda su familia: los bienes del culpable eran confiscados.

DERECHO PENAL ENTRE LOS AZTECAS

Este pueblo fue no solo el que dómino militarmente la mayor parte de los reinos de la altiplanicie mexicana, sino que impuso o influencio las prácticas jurídicas de todos aquellos núcleos que conservan su independencia a la llegada de los españoles.

Las penas eran las siguientes: destierro, penas infamantes, perdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleos, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, pecuniarias, corporales y la de muerte que se prodigaba demasiado.

MEXICO INDEPENDIENTE

Iniciado por Hidalgo el movimiento de independencia en 1810.

El 17 de noviembre del mismo año Morelos decreto en su cuartel general del Aguacatillo la abolición de la esclavitud.

Ricardo Abarca nos dice que queda una legislación fragmentaria y dispersa, motivada por los tipos de delincuentes que llegaban a constituir problemas políticos pero ningún intento de formación de un orden jurídico total.

LA CODIFICACION PENAL

La primera codificación en materia penal de la republica se expidió en el estado de Veracruz por decreto el 8 de abril de 1835 el proyecto había sido elaborado desde 1832. Esto prueba que fue el estado de Veracruz la entidad que primeramente conto con un código penal.

En 1903 el presidente Porfirio Diaz, designo una comisión presidida por el Lic. Miguel S. Macedo para llevar a cabo una revisión de la legislación penal.

Los trabajos se terminaron hasta 1912, sin que el proyecto de Reformas pudiera plasmar debido a que el pais se encontraba en plena revolución.

CAPITULO IV

DE LAS ESCUELAS PENALES

PENA/ MANUEL KANT

La pena es un imperativo categorico, una exigencia de la razón y de la justicia y consecuencia jurídica del delito realizado.

PENA/FEDERICO HEGEL

Entiende que a la voluntad irracional, de que el delito es expresión, debe oponerse la pena representativa de la voluntad racional, el delito es negación del derecho y la pena es negación del delito.

PABLO JUAN ANSELMO VON FEVERBACH/ IMPOSICION DE LA PENA

Nos dice que la imposición de la pena precisa de una ley anterior. La aplicación de una pena supone la existencia de la acción prevista por la amenaza legal.

PELLEGRINO ROSSI/PENA

Es la remuneración del mal hecha con peso y medida por un juez legitimo.

CARLOS DAVID AUGUSTO ROEDER/PENA

Es el medio racional y necesario

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