Lineamientos elementales de derecho penal
CIHHTutorial13 de Junio de 2013
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PROLOGO A LA PRIMERA EDICION Me es muy satisjactorio poder señalar el valor de la obra del joven penalista FERNANDO CASTELLANOS TENA, la cual indiscutiblementeconstituirá una guía insubstituible para el estudiante universitario, al través de los problemas básicos de la Ciencia Penal. No es el mérito único -con ser ya grande- de este trabajo cuyas amplias proyecciones rebasan los ámbitos estudiantiles y suscitarán, sin duda alguna, la censura y el elogio de los doctos, pues en torno a toda producción relevante surge siempre la controversia científica. Aunque el autor fue uno de mis discípulos más destacados en la cátedra del Curso Superior de Derecho Penal en el Doctorado de nuestra Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autánoma, es en realidad un joven compañero con brillante trayectoria en las labores docentes, en donde su vasta cultura general, su honda vocación e innegable saber, le han valido el desempeño de diversas cátedras.
FERNANDO CASTELLANOS TENA ha sido profesor de Sociología General e Historia Universal en Escuelas Normales. Impartió un curso de especialización en materia pena! para los alumnos del quinto año, en la Escuela Libre de Derecho. Sustentó oposición y obtuvo la titularidad de la cátedra del primer curso de Derecho Penal en la Facultad de Derecho, de la Universidad Nacional Autónoma de México. Ha servido en la misma Facultad los dos cursos de Derecho Penal; en la actualidad enseña también Sociología General. Profesó la cátedra de Sociología Criminal en la Escuela de Ciencias Políticas y Sociales de nuestra máxima Casa de Estudios. El autor, Ctlya juventud es sólo cronológica, ha dedicado la mayor parte de su vida a la in-
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grata tarea de la enseñanza, pero su dinamismo e inquietud, le han llevado a incursionar con éxito en la judicatura mexicana. Capacitado por su ingente talento y amplios conocimientos jurídicos para tareas mayores, nos brinda ahora -en la inicia-ción de una producción que esperamos fecunda- las primicias de su obra "Lineamientos Elementales de Derecho Penal", cuyas aportaciones podrá apreciar mejor el lector en sus páginas propias y no en éstas que le anteceden. Este libro viene a sumarse al material jurídico penal existente de nuestros juristas consagrados. Basta recordar el juicio de JIMÉNEZ DE ASÚA emitido al valorar la obra de CARRANCÁ y TRU]ILLo:"Tieneel insuperable mérito de haber sido el primer tratado en Iberoamérica que, con sistema moderno, expon,e la dogmática penal." Los "Lineamientos" abarcan la parte introductiua, la teoría de la ley, del delito y de la pena) observándose en ellos la ausencia de la teoría del delincuente. El mejor homenaje que se puede hacer a este trabajo, es indicar sus excelencias y la importancia de su posición) franca y sin titubeo alguno, al adoptar el sistema analítico del delito, consecuencia de la enseñanza germánica. Así, comprobamos que la teoría del delito la divide en dos partes: estudio de cada uno de las notas esenciales del ilícito penal y de su respectivo aspecto negativo, yel análisis de la vida del delito, participación y concurso de delitos. El orden seguido en el desarrollo de las fases positivas y negativa del delito, es: la conducta y su ausencia (Capítulo XV); la tipicidad y ausencia de tipicidad (Capítulo XVI); la antijuridicidad y su aspecto negativo (Capítulos del XVII al XXI); la imputabilidad e inimputabilidad (Capítulos XXII-XXIII); la culpabilidad e inculpabilidad (Capítulos XXIV-XXV-XXVI) y la punibilidad y su ausencia (Capítulo XXVII); orden o sistema que, como ha subrayado DÍAZ PALOS, "se adecúa perfectamente al método analítico imperante en la dogmática penal, de tal modo, que cada uno de los atributos del delito podrá ser considerado en esa doble vertiente metódica: positiva y nega,tiva". Sin olvidar que los partidarios de la teoría analítica o atomizadora se mueven desde una concepción bitómica hasta una
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heptatómica del delito, CASTELLANOS TENA adopta el criterio tetratámico cuando lo define como una conducta típica, antijurídica y culpable. Consecuentemente se adhiere sin reservas a quienes niegan carácter de elementos esenciales a la imputabilidad, a la punibilidad y a las condiciones objetivas de penalidad. Realiza tina interesante clasificación de los delitos sin dejar de incluir a los unisubsistentes, plurisubsistentes, unisubietioos y plurisubjetivos. Al estudiar la conducta dedica bastantes líneas a la causalidad, la cual, como sabemos, viene a ser un elemento del hecho y solamente se presenta en los delitos en los que se produce un mutamiento en el mundo exterior, y se afilia el autor a la teoría de la "causa condicionar', al afirmar: "La teoría de la equivalencia. . . es la acertada, por su carácter general que reconoce a las concauses la naturaleza de condiciones y resuelve • satisfact01'iamente el problema de la participación." El capítulo sobre la tipicidad está lleno de observaciones interesantes, destacándose la firme opinión de CASTELLANOS TENA, de que aquélla integra u un verdadero elemento esencial del delito", Señala y define con gran acierto la ausencia de tipo J' de tipicidad. --Trata con bastante extensión el aspecto negativo de la antijuricidad, sobresaliendo su pensamiento claro y preciso cuando terminantemente expresa: UNo se piense que la enumeración hecha por las leyes de las causas excluyentes de responsabilidad penal tiene carácter limitativo; antes bien, es puramente enunciativo. Todas aquellas causas que borren o nulifiquen alguno de los elementos del delito, impedirán su configuración. Sólo tratándose de las justificantes no puede hablarse de causas supralegales." Al desarrollar la imputabilidad, estáde acuerdo en que no es elemento esencialdel delito, pero se cuida de asentar que debe entenderse como presupuesto o soporte del elemento culpabilidad. En la inimputabilidad incluye los estados de inconsciencia y el miedo grave, 'que creemos, puede ocupar éste en ocasiones el sitio de una causa de inculpabilidad por la no exigibilidad de otra conducta. Es sumamente interesante el estudio de la culpabilidad, al referirse a los temas centrales. Seguidamente alude al caso for-
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tuito, considerado por algunos como "el límite de la culpabilidad"; el autor estima que en el caso fortuito la conducta nada tiene de culpable, tratándose de un problema de metaculpabilidad. De importancia es el juicio postulado por CASTELLANOS TENA, respecto a la inculpabilidad. Cree que aún no se ha logrado determinar con precisión la naturaleza jurídica de la no exigibilidad de otra conducta, "porque no se ha podido señalar cuál de los dos elementos de la culpabilidad se anula en presencia de ella, ya que el código mexicano se afilia a la teoría psicologista". En el debatido problema de si la punibilidad es o no un elemento del delito, opta por sumarse a la corriente que le niega tal carácter, aduciendo interesantes argumentos. Igualmente niega a las condiciones objetivas de penalidad, el rango de elementos d-el delito: "Si las contiene la descripción legal, se tratará tte elementos o partes integrantes del tipo; si faltan en él, entonces constituirán meros requisitos ocasionales y, por ende, accesorios, fortuitos." La segunda esfera del delito merece igualmente su atenta consideración. Estudia con esmero cada uno de los temas que la componen e incluye el problema del "concurso aparente de leyes", el cual como anota JIMÉNEZ DE ASÚA, ha estado hasta hace poco casi inédito en lengua castellana; institución que, a nuestro juicio, quedaría mejor ubicada al final de la teoría de la ley penal, por tratarse de una cuestión de aplicabilidad de la norma penal. En fin, forma parte de los "Lineamientos", la teoría de la pena, elemento del Derecho Penal que podría completarse con las medidas de seguridad, como indica, entre otros, CUELLO
CALÓN.
El autor alienta la esperanza de que esta obra sea útil a los alumnos, para la preparación de sus exámenes, y que si logra además despertar en ellos el interés por un estudio más profundo del Derecho Penal, entonces su esfuerzo resultará provechoso e imborrable su satisfacción. Con este trabajo, cumple CASTELLANOS TENA un compromiso con la juventud estudiosa como profesor universitario. En otra ocasión manifesté que la misión universitaria persigue sal-
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var a la juventud de la gran crisis por la cual el mundo de hoy atraviesa, creando valores morales, espíritus elevados y brindándole un conocimiento claro y profundo de nuestros problemas fundamentales del mundo y de la vida, y vigorizando los ideales que nos inspiran y por los cuales lucha la humanidad. A los jó'venes mexicanos) como FERNANDO CASTELLANOS TENA, los necesita la patria y los necesitan las causas políticas, morales, jurídicas y sociales más nobles, por cuya victoria aún se debate el mundo. Esa meta no se ha alcanzado, ni se logrará con las armas; habrá que obtenerla, como él lo pretende, con el trabajo cotidiano al servicio de las ideas que combaten por el triunfo con otras fuerzas: las invencibles del sacrificio, de la inteligencia y de la convicción. Pensamos que el impulso de la juventud y de sus guías, es un esfuerzo por México, por su prosperidad, por su prestigio y por el triunfo de nuestra fe en su destino.
CELESTINO PORTE PETIT
México, D. F., septiembre de 1959.
INTRODUCCIÓN
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