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Ensayo Matrimonios Gays En Colombia


Enviado por   •  3 de Junio de 2012  •  695 Palabras (3 Páginas)  •  1.818 Visitas

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MATRIMONIOS ENTRE PAREJAS DEL MISMO SEXO

PROBLEMÁTICA O INDICRIMINACION

Rodrigo Uprimny en diálogo con María Isabel Rueda dice que el fallo ha sido un gran paso adelante.

De acuerdo con el fallo de la Corte Constitucional, ¿va a haber matrimonio igualitario de parejas del mismo sexo en Colombia?

Eso dependerá del debate que se va a dar en el Congreso. Porque lo que la Corte estableció es que debe haber una regulación legal, y no se requiere reforma constitucional, sobre algo equivalente al matrimonio, para que supere todos los déficits de protección que hoy por hoy sufren las parejas del mismo sexo.

Se lo pregunto porque, al ocuparse de esta demanda, la Corte declaró constitucional el artículo 113 del Código Civil, que establece que el "matrimonio" en Colombia es y seguirá siendo un contrato solemne entre un hombre y una mujer...

Lo que la Corte dijo es que esa definición es constitucional, pero que la Constitución no excluye otras formas de matrimonio. En el comunicado de prensa sobre la sentencia, dice que al Congreso le corresponderá determinar la denominación que esa regulación le atribuya al acto entre parejas del mismo sexo, y que también podría denominarse matrimonio.

Pero la Corte no le pide al Congreso que modifique la redacción del artículo 113, para que en la definición de matrimonio queden incluidas las parejas del mismo sexo...

El error está en creer que ese artículo se interpreta aisladamente. La Corte dice que los derechos constitucionales hay que interpretarlos de conformidad con los tratados de derechos humanos que menciona el artículo 93 de la Constitución, y estos no traen una definición de matrimonio estrictamente heterosexual. Por ejemplo, la Convención Americana habla del derecho de todo hombre y toda mujer a contraer matrimonio, según las regulaciones legales, que no pueden ser discriminatorias. Como hay distintas definiciones de matrimonio, una en el texto constitucional y otra en los tratados, hay un principio de armonización que la Corte ha establecido en otras sentencias, que es el principio 'pro persona', según el cual se debe preferir la interpretación más favorable a los derechos. Si bien la Constitución ordena el matrimonio heterosexual, no excluye otros matrimonios igualitarios y, por consiguiente, el legislador podría tomar esa opción.

¿No será que nos estamos enredando en aferrarnos al término 'matrimonio'? ¿Por qué no le dejamos ese término a hombre con mujer y nos vamos a otros nombres como 'unión legal' o algo semejante para personas del mismo sexo?

El problema es si en esa diferencia de denominación persiste un tufo discriminatorio.

Estamos llevando las cosas

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