Normas de proyecto cominitario.
Elizabeth OchoaTutorial21 de Mayo de 2016
3.150 Palabras (13 Páginas)305 Visitas
[pic 1]
[pic 2]
PROYECTO DE INVESTIGACION - COMUNITARIO
QUINTO AÑO
Elaborado Por: Msc. Elsa E. Pastran
Año Escolar 2014 - 2015
Índice General
PAG. | |
Bases legales del trabajo comunitario | 4 |
Ley Orgánica De Educación (LOE) 2009 | 4 |
Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación | 4 |
Normas de presentación del informe escrito | 6 |
Tipo de Papel | 6 |
Características de las Letras | 6 |
Márgenes e Interlineado | 6 |
Uso de los títulos y subtítulos, sangrías | 6 |
Numeración de las Páginas | 7 |
Cuadros, gráficas y figuras | 8 |
índices | 9 |
CONTENIDO DE LOS CAPÍTULOS | 10 |
CAPITULO I. LA COMUNIDAD | 10 |
Reseña Histórica de la Comunidad | 10 |
Instrumento de recolección de información de las situaciones planteadas en la comunidad. | 10 |
Diagnóstico de la comunidad | 10 |
Matriz FODA | 10 |
CAPITULO II. EL PROBLEMA | 11 |
Planteamiento del Problema | 11 |
Objetivos de la Investigación | 11 |
Objetivo General | 11 |
Objetivos Específicos | 11 |
Justificación de la Investigación | 11 |
CAPÍTULO III. MARCO TEÓRICO | 12 |
Antecedentes de la Investigación | 12 |
Bases Teóricas | 12 |
Bases Legales | 12 |
CAPÍTULO IV. MARCO METODOLÓGICO | 13 |
Tipo y Diseño de la Investigación | 13 |
Población y muestra | 13 |
Población | 13 |
Muestra | 13 |
Técnicas e instrumento de recolección de información | 13 |
CAPITULO V. RESULTADOS | 14 |
Plan de acción ejecutado | 14 |
Justificación | 14 |
Objetivo general | 14 |
Plan de acción | 14 |
Fotos | 14 |
Análisis De Resultados | 14 |
CAPITULO VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES | 15 |
Conclusiones | 15 |
Recomendaciones | 15 |
Referencias Bibliográficas | 16 |
Anexos | 17 |
Modelo de portada | 18 |
Modelo de contraportada | 19 |
Modelo de resumen | 20 |
Modelo del lomo del empastado | 21 |
BASES LEGALES
Ley Orgánica De Educación (LOE) 2009
Artículo 13.- La responsabilidad social y la solidaridad constituyen principios básicos de la formación ciudadana de los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo.
Todo y toda estudiante cursante en instituciones y centros educativos oficiales o privados de los niveles de educación media general y media técnica del subsistema de educación básica, así como del subsistema de educación universitaria y de las diferentes modalidades educativas del Sistema Educativo, una vez culminado el programa de estudio y de acuerdo con sus competencias, debe contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de actividades comunitarias, en concordancia con los principios de responsabilidad social y solidaridad, establecidos en la Ley. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo serán establecidas en los reglamentos.
Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación
Artículo 27.- Además de los requisitos legales establecidos para la obtención del titulo de bachiller o de técnico medio (en la nueva LOE: Media General y Media Técnica), se deberá exigir a cada alumno su participación en una actividad que beneficie al respectivo plantel o a la comunidad. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (ahora Ministerio del Poder Popular para la Educación) impartirán las orientaciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición.
Circular 13: Otorgamiento De Títulos Y Certificados: Labor Social.
En cumplimiento al artículo 27 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación:
- La actividad que beneficie al plantel o a la comunidad, podrá ser individual o en grupos y desarrollada durante uno de los años o semestres del nivel de Educación Media, Diversificada y Profesional.
- El Docente coordinador de la actividad planificará conjuntamente con los alumnos ésta, para garantizar el cumplimiento de la misma.
- Si la actividad consiste en la alfabetización, ésta se regirá por la Resolución No. 352 del 20 de noviembre de 2002 o cualquier otra disposición del MPPE.
- Las actividades que beneficien al platel o a la comunidad podrán ser entre otras:
a. Conservación, defensa y mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.
b. Actividades culturales, artísticas, científicas, técnicas o manuales.
c. Salubridad y bienestar social.
d. Educación física, deportes y recreación.
- Las actividades podrán cumplirse mediante convenios suscritos con instituciones públicas o privadas, las comunidades y otros entes vinculados a la vida local, regional o nacional
- El Director del plantel y el coordinador serán los responsables del control, seguimiento y evaluación planificada de la actividad a desarrollar.
- La Dirección del plantel expedirá constancia del cumplimiento del artículo 27 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación a cada alumno que haya cumplido la actividad.
- Dado el carácter formativo y pedagógico de la actividad prevista en el artículo 27, ésta no podrá ser sustituida en ningún caso, por el aporte económico o material del alumno, padre o representante.
NORMAS DE PRESENTACIÓN DEL INFORME ESCRITO
Tipo de Papel
Se debe utilizar papel bond blanco, tamaño carta, base veinte (20). No se pueden utilizar hojas que contengas rayas, perforaciones o dibujos decorativos, es decir, únicamente blancas. Se utilizará una sola superficie de la hoja para imprimir la información.
...