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PLAN INTERNACIONAL INC

1999006Tesis11 de Junio de 2014

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Índice del documento

CAPITULO I: DISPOSICIONES PRELIMINARES 1

CAPITULO II: CONDICIONES DE ADMISION, APRENDIZAJE Y PERIODO DE PRUEBA 3

CONDICIONES DE ADMISION 3

CONTRATO DE APRENDIZAJE 5

PERIODO DE PRUEBA 5

CAPITULO III: TRABAJADORES ACCIDENTALES O TRANSITORIOS 5

CAPITULO IV: HORAS DE ENTRADA Y SALIDA 5

CAPITULO V: LUGAR Y MOMENTO EN QUE DEBEN COMENZAR Y TERMINAR LAS JORNADAS DE TRABAJO 6

CAPITULO VI: HORAS EXTRAS Y TRABAJO NOCTURNO 7

SU AUTORIZACION 7

RECONOCIMIENTO 7

PAGO 7

CAPITULO VII: DIAS DE DESCANSO LEGALMENTE OBLIGATORIOS 8

HORAS O DIAS DE DESCANSO CONVENCIONAL 8

HORAS O DIAS DE DESCANSO ADICIONAL 8

VACACIONES REMUNERADAS 8

PERMISOS 9

CAPITULO VIII: DIVERSOS TIPOS DE SALARIO Y LAS CATEGORIA DE TRABAJO A QUE CORRESPONDAN 11

LUGAR 11

DIA 12

PERIODOS QUE LO REGULAN 12

OTROS 12

CAPITULO IX: DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS PARA APLICARLAS 13

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LAS PARTES 13

OBLIGACIONES DE LAS Y LOS TRABAJADORES 13

PROHIBICIONES DE LAS Y LOS TRABAJADORES 15

OBLIGACIONES DE PLAN HONDURAS 17

PROHIBICIONES DE PLAN HONDURAS 19

DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y SU PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN 19

TIPOS DE CONDUCTA INDEBIDA 20

INVESTIGACIONES 23

SUSPENSIÓN CON GOCE DE SUELDO DURANTE EL PROCESO INVESTIGATIVO 23

NOTIFICACIÓN DE UNA AUDIENCIA DISCIPLINARIA 24

REPRESENTACIÓN 24

AUDIENCIAS DISCIPLINARIAS 24

RESULTADOS DE UNA AUDIENCIA 25

SANCIONES DISCIPLINARIAS 26

ADVERTENCIA INFORMAL 26

ADVERTENCIA FORMAL POR ESCRITO 26

ADVERTENCIA FINAL POR ESCRITO 27

DESPIDO 27

DERECHO DE APELAR CONTRA UNA ACCION DISCIPLINARIA FORMAL 28

CAPITULO X: TERMINACION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJOS Y PREAVISO 28

TERMINACION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJOS 28

PREAVISO 29

CAPITULO XI: PRESCRIPCIONES DE ORDEN Y SEGURIDAD 30

CAPITULO XII: ORDEN JERARQUICO 31

CAPITULO XIII: ESPECIFICACIONES DE LAS LABORES QUE NO DEBEN EJECUTAR LAS MUJERES Y MENORES DE 16 AÑOS 32

TRABAJO DE MUJERES 32

TRABAJO DE MENORES 32

CAPITULO XIV: PETICIONES DE MEJORAMIENTO Y RECLAMOS 33

CAPITULO XV: PRESTACIONES ADICIONALES 34

PAGO DE CESANTIA 34

ANTICIPOS 34

ANTICIPO DE SALARIO 34

ANTICIPO DE DECIMO TERCER MES EN CONCEPTO DE AGUINALDO 34

ANTICIPO DE DECIMO CUARTO MES EN CONCEPTO DE COMPENSACION SOCIAL 35

BONOS 35

BONO EDUCATIVO FAMILIAR 35

BONO OFTALMOLOGICO 35

BONO DE APOYO EDUCATIVO 36

LICENCIA ESPECIAL POR PATERNIDAD Y MATERNIDAD 36

CAPITULO XVI: PUBLICACION Y VIGENCIA DEL REGLAMENTO 36

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE PLAN INTERNACIONAL

(PLAN HONDURAS)

CAPITULO I: DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTICULO No. 1. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno de Trabajo, son normas de cumplimiento obligatorio que determinan las condiciones a que deben sujetarse PLAN INTERNACIONAL INC y las y los trabajadores en la prestación del servicio, el cual se aplicará en todas las Oficinas a nivel nacional.

ARTICULO No. 2. PLAN INTERNACIONAL INC, es una organización sin fines de lucro a la cual los donantes individuales, patrocinadores y las agencias que otorgan subvenciones le han confiado fondos para apoyar el trabajo de Plan en 50 países para marcar la diferencia de algunos de los niños más vulnerables y más pobres del mundo. Reconocemos nuestra obligación de rendir cuentas a todos nuestros actores y por tanto nos esforzamos por lograr eficacia, sostenibilidad y eficiencia en todo lo que hacemos. La intención de Plan es que seamos reconocidos en el sector por nuestro alto desempeño y por el personal comprometido que trabaja de acuerdo con los valores de Plan.

ARTICULO No. 3. La misión de Plan es contribuir a mejorar la calidad de vida de niños y niñas en situaciones de pobreza aumentando el entendimiento y la unión entre personas de diferentes culturas para dar valores a sus vidas:

• Aumentando sus posibilidades de participar y beneficiarse de sus comunidades.

• Haciendo que niños y niñas de pocos recursos económicos, sus familias y sus comunidades, cubran sus necesidades básicas.

• Promoviendo los derechos e intereses de los niñas y niñas del mundo.

ARTICULO No. 4. Nuestra visión es vivir en un mundo en el cual todos los niños y niñas desarrollen su pleno potencial, en sociedades que respeten los derechos y la dignidad de las personas.

ARTICULO No. 5. PLAN INTERNACIONAL INC, en adelante denominado PLAN HONDURAS, es un empleador con base en igualdad de oportunidades y no discrimina contra nadie por su raza, religión, color, género, edad, nacionalidad u origen social, habilidades especiales, opinión política, orientación sexual, estado marital o de gravidez.

ARTICULO No. 6. La habilidad de Plan para cumplir con sus objetivos depende de relaciones complejas con donantes, niños, sus familias y las comunidades, gobiernos, proveedores y el público en general. El éxito de Plan a través de los años se debe en parte a su reputación de honestidad, integridad y excelencia en llevar a cabo sus actividades como una organización comprometida a mejorar la vida de los niños.

ARTICULO No. 7. Reconocida para operar legalmente en Honduras con el nombre de FOSTER PARENTS PLAN INTERNATIONAL, INC, PLAN EN HONDURAS, mediante Resolución No.61-93 de fecha 17 de marzo de 1993, emitida por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado de Gobernación y Justicia, inscrita en el Libro de Sentencias del Registro de la Propiedad bajo número __ Tomo __, del Departamento de Francisco Morazán, cuyo nombre se cambió a PLAN INTERNACIONAL INC, y PLAN HONDURAS, mediante Resolución No. 135-2004 de fecha 16 de enero de 2004, emitida por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado de Gobernación y Justicia.

ARTICULO No. 8. El Domicilio Legal de PLAN HONDURAS, será la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán, República de Honduras, pudiendo establecer o clausurar a su conveniencia oficinas a nivel nacional, sin que por ello se considere modificado su domicilio principal.

ARTICULO No. 9. El presente Reglamento forma parte integral del Contrato Individual de Trabajo que PLAN HONDURAS suscriba con las y los trabajadores que contrate, asimismo, en caso que exista controversia en la interpretación y ejecución de dicho Contrato, las partes convienen y se obligan que antes de acudir a las Autoridades competentes del Trabajo, se debe intentar resolver internamente dicha controversia de manera amigable y pacífica, procediendo siempre en un plano de Justicia Social de acuerdo a los reglamentos, políticas, procedimientos, procesos, guías, códigos, manuales y/o controles internos establecidos por PLAN HONDURAS, competentes y aplicables para tal fin.

ARTICULO No. 10. Es atribución de PLAN HONDURAS, la libre y plena administración y dirección de sus operaciones, por lo que le corresponde exclusivamente formular el cuerpo de disposiciones normativas de orden técnico y administrativo para la ejecución de los trabajos sin más limitaciones que las establecidas por la Ley, las que deberán ser observadas por todas y todos los trabajadores.

CAPITULO II: CONDICIONES DE ADMISION, APRENDIZAJE Y PERIODO DE PRUEBA

CONDICIONES DE ADMISION

ARTICULO No. 11. Un ex empleado no recibirá ninguna preferencia o prioridad durante el proceso de reclutamiento y selección.

ARTICULO No. 12. Durante la etapa de reclutamiento y selección, PLAN HONDURAS solamente recogerá información relacionada al trabajo de un potencial empleado.

ARTICULO No. 13. Se debe obtener al menos 2 referencias de empleos anteriores antes de que el empleado comience a trabajar.

Cuando hay retrasos en la recopilación de referencias pero se ha recibido las referencias del actual o último empleador, el personal de Personas y Cultura Organizacional deberá evaluar con el supervisor directo los riesgos de que el empleado comience a trabajar. Esta evaluación y la decisión deberán documentarse.

Los candidatos que no puedan dar referencias de empleo pueden, como alternativa, dar el nombre y detalles de contacto de dos profesionales que hayan conocido al candidato por lo menos durante dos años y que no sean familiares o amigos del candidato.

Plan exige que las agencias o las empresas que brindan servicios lleven a cabo (y proporcionen evidencia de) las revisiones apropiadas iniciales del candidato, incluyendo sus referencias.

Cuando una función implique el contacto con niños y/o niñas, al solicitar la referencia se debe preguntar sobre la idoneidad del candidato para trabajar con niños y niñas y sobre los detalles de las medidas disciplinarias tomadas o pendientes de tomar en el momento de su salida.

ARTICULO No. 14. Cualquier oferta de empleo/trabajo será realizada por el Gerente de Personas y Cultura Organizacional y estará condicionada y sujeta a la recepción de referencias que sean satisfactorias para Plan, que abarquen por lo menos los últimos 5 años de trabajo y que incluyan el trabajo más reciente del candidato.

ARTICULO No. 15. La oferta de empleo también estará condicionada y sujeta a la recepción de los siguientes documentos:

1) Constancia de antecedentes policiales

2) Fotocopia de la cedula de identidad

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