ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA


Enviado por   •  24 de Junio de 2015  •  Tesis  •  861 Palabras (4 Páginas)  •  161 Visitas

Página 1 de 4

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR

SUBJEFATURA DE OPERACIONES DE JARDINES DE NIÑOS

REGLAMENTO INTERNO DE JARDINES DE NIÑOS

Son obligaciones de los padres de familia:

I. Inscribir a sus hijos o pupilos en los días y horas marcados por la Secretaría de Educación

Pública.

II. Los niños(as) asistirán diariamente al Jardín de Niños en un horario de entrada 8:45 a 9:00

de la mañana, después de esa hora no se recibirá ningún niño(a). La hora de salida es de

12:00 a 12:30 hrs. como máximo después de esa hora el personal no se hará responsable

de los niños, en el caso que por tres veces se deje a los pequeños más tarde, los padres se

harán acreedores a las sanciones correspondientes:

1ª.- INCIDENCIA:

Llamada de atención por la maestra de grupo y directora del plantel.

2ª.- INCIDENCIA:

Durante 1 semana los padres de familia asistirán a realizar alguna actividad social.

3ª.- INCIDENCIA:

Suspensión del niño por 3 días

III. Los niños(as) asistirán aseados en su persona y en su vestir.

IV. En el caso de enfermedad es obligación dar aviso a tiempo para evitar ser dado de baja.

V. En relación con las enfermedades infecciosas se debe aislar al niño(a) el tiempo

conveniente y se le recibirá nuevamente en el jardín de niños previa autorización médica.

(paperas, hepatitis, sarampión, varicela, rubéola)

VI. Los padres de familia tienen obligación de acudir a las reuniones que sean convocadas por;

directora, mesa directiva, educadora de grupo y maestros de apoyo (CAPEP).

VII. Apoyar el proceso educativo de sus hijos(as) o pupilos(as).

VIII. Colaborar con las instituciones educativas en las labores que éstas realicen.

IX. Los padres de familia deberán de informar al centro educativo, de su cambio de domicilio o

número telefónico, o cualquier cambio en su situación laboral

RECOMENDACIONES:

1. Cada niño(a) será responsable de sus prendas. (Mochila, lonchera, suéter o chamarras).

2. Queda estrictamente prohibido que los niños(as) lleven al jardín objetos de valor: alhajas,

juguetes, en el entendido de que si hay alguna perdida, la educadora no se hará responsable

de ello. También queda prohibido que lleven artículos que atenten contra su integridad física

así como la de sus compañeros (cerillos, navajas, tijeras, vidrios, etc.)

3. Atendiendo los postulados filosóficos y legales de la integración educativa y a los principios

pedagógicos del PEP 2004 que refieren a la diversidad y equidad, donde se expresa: “La

educadora, la escuela y los padres de familia o tutores deben contribuir a la integración de los

niños(as) con necesidades educativas especiales a la escuela regular”. Se recomienda que el

jardín de niños se convierta en un espacio para todos, donde se promueva una

atención educativa con equidad y pertinencia.

4. La SecreSUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR

SUBJEFATURA DE OPERACIONES DE JARDINES

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com