Teorias del abuso del derecho
lhmora1 de Septiembre de 2014
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TEORIAS DEL ABUSO DEL DERECHO
Abuso del Derecho
El Abuso del Derecho se basa en los principios, la ética y los valores, temas relevantes que tomaron como base los grandes juristas a mediados de los años treinta, como sustento de la legislación en la corte suprema de justicia; principios como la responsabilidad civil, la buena fe y el abuso del derecho que ha quedo plasmado en Artículo 95 de la Constitución Nacional, artículo 8 de la ley 153 de 1887 Art, 21 ley 200 de 1936, Art. 2341, 2356, 1002, 669 del código Civil, artículo 830 y 1280 del Código de Comercio
Antecedentes
Podemos deducir que los antecedentes históricos del Abuso del Derecho datan del Derecho Romano con frases como:
Gayo que decía “Male enim nostro iure uti non debemus”(“no debemos usar mal de nuestro derecho”).
Nullus videtur dolo facere qui suo iure utitur (“Se considera que no causa ningún daño quien de su derecho usa”
Male enim nostro iure uti non debemus (“No debemos usar mal de nuestro derecho)
http://www.garridorengifo.com/bienvenidos/doc/El%20Abuso%20del%20Derecho.pdf
Algunas Teorías doctrinarias
Estas son algunas de las teorías que se han planteado.
1. Teoría Restrictiva, cuando sin ningún interés o utilidad se causa un daño abusando del derecho subjetivo, solo se causa el daño con el fin de perjudicar.
2. Teoría funcional, cuando con abuso del derecho, se tiene una finalidad , cualquiera que sea el motivo
3. Teoría de la culpa cometida
“El abuso de un derecho es una culpa cometida en el ejercicio de ese derecho. Esa culpa puede consistir en una intención de perjudicar, en cuyo caso hay culpa delictual. Pero puede resultar igualmente de una simple imprudencia o negligencia, caso en el cual existe culpa cuasidelictual. La necesidad de aplicarle al abuso de derecho los principios generales de la responsabilidad surge también si se observa que el ejercicio de su libertad por el hombre está subordinado a las reglas de la responsabilidad y que es imposible, en realidad, oponer ejercicio de un derecho y ejercicio de una libertad”
Los hermanos Mazeaud y André Tunc
En efecto, cuando se comeré un perjuicio con culpa, se falto a un deber de cuidado.
4. “Donde comienza el abuso, termina el derecho”.
En este caso, es la misma norma quien establece los principios generales, por lo cual se puede decir que se abusa del derecho cuando no se reconoce a presencia de alguno de estos lineamientos.
7. Los elementos configurativos del abuso del derecho serían:
a) una conducta permitida por el derecho positivo en virtud de una expresa disposición legal
b) el uso contrario a los claros fines de la norma
c) la imputabilidad, pues se presume que se obra con discernimiento, intención y libertad, hasta tanto se demuestre lo contrario
http://www.garridorengifo.com/bienvenidos/doc/El%20Abuso%20del%20Derecho.pdf
El Abuso del Derecho en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
En la sentencia T-166/2009, podemos verificar la cuarta teoría “donde comienza el abuso, termina el derecho, bajo este concepto, se puede decir que mientras que los cultos tienen la libertad de expresarse, este derecho llega hasta donde llega el derecho de la comunidad, que es un interés general de tener paz y tranquilidad, además que va claramente con el orden público.
Claramente se visibiliza el abuso del derecho por parte de estas organizaciones.
“…Por otra parte, la periodicidad y el grado de perturbación por ruido pueden significar claramente
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