Trabajo Taller Leccion Aprendida
je88an24 de Septiembre de 2013
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TALLER “LECCION APRENDIDA CASO FARIDE HERRERA Y OTROS”
Objetivo: Generar espacios de reflexión frente al cumplimiento ético, legal y legitimo de los cometidos de la fuerza pública en relación con el postulado constitucional y el sistemas interamericano de protección de Derechos Humanos.
1. Haga un breve relato sobre los hechos ocurridos.
El 13 de abril de 1992, un grupo de policías armados atacó un vehículo civil en una de las carreteras principales del departamento de Norte de Santander; dos personas resultaron muertas y varias heridas. La policía, que posiblemente pensaba que en el vehículo viajaban miembros de una organización guerrillera, abrió fuego contra los pasajeros desarmados: mató a dos e hirió a varios más. Según los supervivientes, antes de abrir fuego los policías no hicieron ninguna advertencia, y tampoco intentaron detener el automóvil para comprobar la identidad de los ocupantes. Las autoridades policiales declararon inmediatamente que había tenido lugar un enfrentamiento armado con el Ejército Popular de Liberación (EPL) y que el Toyota había cruzado la "línea de fuego"; también dijeron que las víctimas habían muerto por disparos de la guerrilla. No obstante, el grupo guerrillero que actúa en esa zona de Norte de Santander, el Frente "Libardo Mora Toro" del EPL, negó haber participado en ningún enfrentamiento con las fuerzas del Estado en esa región del país. Los supervivientes del ataque han descartado la posibilidad de un enfrentamiento
2. Describa los errores cometidos en el procedimiento policial (éticos, legales).
Mal manejo de información.
Mala utilidad del uniforme
No le hicieron el pare adecuado al vehículo.
No utilizaron el decálogo de seguridad de las armas.
No respetaron el derecho a la vida
3. Identifique las normas Institucionales, Nacionales e Internacionales que se desconocieron en el procedimiento policial.
la falta de actividad del ministerio público --representado en este caso por la Procuraduría General de la Nación --como las actuaciones abiertamente dilatorias de la Policía Nacional, obstaculizaron el esclarecimiento de los hechos por la justicia ordinaria y contribuyeron a la manipulación y destrucción de importantes elementos probatorios. Entre esta manipulación se cuenta la necropsia del cuerpo de Oscar Iván Andrade Salcedo, que fue llevada a cabo en forma negligente y que alos uniformados los acusaron por la corte militar y no la ordinaria.
4. Que procedimiento en este caso se adelantaron a nivel Nacional. la justicia penal militar, que absolvió al mayor (r) César Emilio Camargo Cuchía, al capitán Eduardo Guzmán López y a los agentes de la Policía Óscar Oviedo Cáceres, Henry Sánchez Bueno y Roberto Rosero Montero, por los delitos de homicidio y lesiones personales, en un consejo verbal de guerra efectuado el 13 de diciembre de 1994.
5. Porque este caso fue admitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Teniendo en cuenta los hechos, el 22 de julio de 1995 la Comisión Colombiana de Juristas presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una petición relacionada con la violación por parte del Estado colombiano del derecho a la vida y a la integridad personal fuera de combate de Faride Herrera y Óscar Andrade, y sus acompañantes Astrid Leonor Álvarez Jaime, Gloria Beatriz Álvarez Jaime y Juan Felipe Rúa Álvarez, heridos en el ataque
6. En qué consistió la solución amistosa entre los peticionarios y el Estado.
27 de mayo de 1998, cuando los representantes del gobierno y los peticionarios suscribieron un “acuerdo de solución amistosa”, en el que el gobierno se comprometió a investigar, juzgar, sancionar a los responsables y reparar
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