ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Análisis de "Tratado de los Delitos y las penas" Cesare Beccaria


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  Resúmenes  •  1.593 Palabras (7 Páginas)  •  902 Visitas

Página 1 de 7

Este tratado del filósofo y jurista milanés Cesare Beccaria fue escrito entre marzo de 1763 y enero de 1764 aproximadamente. Beccaria en su obra propone revelar algunas situaciones que él autor considera como carencias de legislación judicial de su tiempo, exponiendo sus puntos de vista al respecto en esta obra llamada “Tratado de los Delitos y las Penas”.

En los capítulos I, II y III en este capítulo el autor afirma que los hombres, cansados de vivir en un continuo estado de guerra, crearon las leyes, buscando mejorar la convivencia, sacrificando por eso una parte de ella para gozar el resto de su vida en segura tranquilidad. Pero para que la convivencia mejorara era necesario que TODOS cumplieran las leyes establecidas y bastaba formar un estado soberano en su administración y legitimo deposito, por ese motivo se establecieron penas contra los infractores de las leyes, para evitar usurpaciones de los bienes.

Estos apartados constituyen una parte de la idea que expone Rousseau en el Contrato Social, según el cual los hombres por libre acuerdo se determinaron a la convivencia común, sacrificando una parte de su libertad, la menor posible, en vista de una utilidad mayor; y se estableciera en una especie de “contrato social” donde se establecerían las leyes a las que todos deberían aplicarse.

En el capítulo III Beccaria en este capítulo explica las tres consecuencias de las penas.

1. La primera consecuencia es que las penas de los delitos sólo pueden ser decretadas por las leyes; y esta autoridad debe residir UNICAMENTE en el legislador. Ningún magistrado puede decretar a su voluntad penas contra otro habitante de la Nación; como tampoco puede modificarla si la considera injusta o extenderla más allá del límite pactado, ni castigar por bien público y celo. También de aumentar la pena establecida.

2. La segunda consecuencia establece que el soberano puede formar leyes generales que sean obligatorias para todos los habitantes; pero cuando alguna persona no cumpla con alguna de esas leyes, el soberano no puede juzgarlo, le correspondería ese deber a un magistrado cuyas sentencias sean inapelables. Todo magistrado debe manejar el sentido a la justicia y no tomando en cuanto si es el del trono o el de la chosa más humilde. Ante la ley no debe de existir diferencia alguna debido a que está pactado un contrato social entre HUMANOS.

3. La tercera consecuencia es que si se probase la atrocidad de las penas, sería contraria a la justicia. Por que el estado prefiere tener un hombre feliz, que tener esclavos salvajes con los cuales ya no se logra un bien en la sociedad rompiendo una cláusula del contrato que sería UNA IGUALDAD DE VIDA. Siendo que se quiere dejar la guerra para una mejor vida.

Principalmente lo que en esta obra importa es examinar la legislación penal. Para Beccaria, es necesario que la determinación de los delitos y de las penas se haga según un código bien claro y definido de leyes: nada debe dejarse al arbitrio del juez, que como hombre puede dejarse llevar o influir por sus instintos. Debe por tanto cesar el perjudicial abuso de las "interpretaciones", como de ordinario se dice, según el espíritu de las leyes, interpretación quebradiza, más o menos arbitraria, que en realidad obedece al espíritu de quien juzga. Todos los hombres deben conocer plenamente los límites de su responsabilidad; de aquí que los códigos deban divulgarse de modo que no sea posible la ignorancia o la incertidumbre (capítulos IV-V que consiste en la interpretación de las leyes).

Como el derecho de castigar no va más allá de la necesidad de tutelar a los ciudadanos contra los elementos turbulentos, no es justo tratar con crueldad a los acusados mientras no se compruebe su culpabilidad, Si es un mal la interpretación de las leyes, dice Beccaria al inicio, en este capítulo se explica que es grave que las leyes estén escritas en una lengua extraña al pueblo, o no extraña pero seamos directos, no existe una gran cultura en el pueblo es por eso que dicen ¿que deberemos pensar de los hombres, sabiendo que en una buena parte de la cultura iluminada europea es esta costumbre inveterada?, Pero esta pregunta no salva a aquel de cometer un delito alegando una falta de entendimiento de las leyes. A lo que cito la frase que me llamo mucho la atención en estos apartados: “Cuando más grande sea el número de los que entienden las leyes, menor será la cantidad de delitos cometidos”. “una estado sin leyes no tomara jamás una forma fija de gobierno”. Si la ley es para todo el pueblo, debemos de enseñarlo a comprenderla y aplicarla, por esta razón es prohibida la costumbre de someter a los acusados a humillaciones, amenazas o rigores carcelarios antes del proceso: la prisión preventiva no debe cometer

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.3 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com