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BARRERAS ELECTORALES EN COLOMBIA

edancoll8 de Octubre de 2013

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. INTRODUCION

Para referirse a este tema tan preocupante e importante, que es el de las barreras electorales de nuestro país, es de vital importancia enterar al lector, de lo que verdaderamente sucede a nuestras espaldas.

El parlamento y nuestros “queridísimos” gobernantes, quieren unificar las líneas políticas. Arrancándole el derecho en el que pacta ser una república participativa y pluralista, (consagrado en la constitución1). Con un acto legislativo2 (realizado en Colombia). Donde aprueba una reforma a 16 artículos de la constitución colombiana de 1991, sobre aspectos políticos y electorales; los cuales le imponen barreras legales a la conformación de bancadas parlamentarias, por partidos o movimientos. También se podrá encontrar en el desarrollo del trabajo con puntos de vista importantes, como el del presidente del movimiento MIRA o la presidente del partido Polo Democrático. Que se ven de una u otra manera afectados directamente por estas barreras. También tendremos el contra peso por parte del gobierno y Las reacciones que ha tenido la corte constitucional refiriéndose a las demandas del umbral y es pertinente escudriñar su postura. Algo valioso para analizar es lo que se desencadenaría en caso de no reformarse la constitución antes del 2014 y no dilate el umbral del (3% a un 2%) en un país como Colombia, para finalizar mira la incidencia que tiene con nuestra democracia pluralista.

2. INDUCCION SOBRE LA BARRERA ELECTORAL EN COLOMBIA

En nuestro país acontecieron fenómenos políticos transcendentales. Esculpiendo nuestro presente, moldeando nuestra democracia participativa e integrante. Haciendo que la inclusión electiva se generara por iniciativa propia; libre de restricciones después de la constituyente del 91. Garantizando la proporcionalidad política y democrática. La cuales se ha visto actualmente afectada a causa de un acto legislativo que se realizó en Colombia, (vía congreso). Donde se aprueba una reforma a 16 artículos de la constitución colombiana de 1991 sobre aspectos políticos y electorales, los cuales le imponen barreras legales a la conformación de bancadas parlamentarias por partidos o movimientos, prohibiendo la militancia doble o múltiple de candidatos y miembros.

Pero a aquí lo verdaderamente importante se refiere a la barrera impuesta para bancadas parlamentarias, por partidos o movimientos.

Teniendo en cuenta nuestra historia, nuestro trasegar social y político. Nos hace reflexionar en el legado que nos dejaron Aquellos que sus vidas sacrificaron Por una ideología congruente y liberal. Que alzaron con sus manos nuestra patria, aun derramaron sangre en la tierra, para que nuestro estado o mejor dicho Nuestra nación, obtuviera la libertad electoral.

Porque para muchos Ese esfuerzo Hoy por hoy solo es historia vana, más para los que valoramos esto; Hoy es historia patria.

3. DEFINICION DE BARRERRA ELECTORAL EN COLOMBIA

Si analizamos el texto aprobado2 de dicha “reforma” este nos indica que nos limitará a un desarrollo del orden político, representativo. Quitando de nuestra vista ese objetivo que era la democracia, pues ahora se rezagara por aquella “barrera” electoral. Que para mí no es una barrera si no una muralla3 electoral. marginándonos de la representación pluralista. Ya que nos obligaran a elegir siempre las mismas líneas y clases políticas4, quitando la capacidad de dar a conocer un nuevo liderazgo, que posiblemente nos privara de modernas ideologías.

Lo lógico es que cualquier candidato tendría que empezar como minoría (en caso de ser algo diferente a lo actual planteado) Para luego si convertirse en mayoría como lo sería cualquier persona que quiera aplicar el principio del derecho civil de elegir y ser elegido.

Atrasando el camino ya recorrido. No sé si es preciso decir, pero ciento que sería un régimen del patronazgo5 al Sacar del camino a “aventureros electorales”.6

A estos movimientos o partidos pequeños actuales les tocara lograr obtener el

Crecimiento muy considerable para lograr mantener su personería jurídica.

________________________________________

3Javier Giraldo Moreno,S.J (nacido en 1944), sacerdote jesuita colombiano

4javier duque daza DOCTOR FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES

5un sistema basado en la conexión política, mediante arreglos con el partido vencedor de las elecciones. Importante causa de la corrupción.

6se refiere a las tendencias nuevas implantadas por las minorías

Así han manifestado los partidos pequeños del congreso.

La discusión sobre los umbrales legales se relaciona íntimamente con el nivel de

apertura y competencia política en una democracia.

Aumentar el umbral implica imponer obstáculos adicionales a la posibilidad de grupos y organizaciones políticas de acceso a los espacios de representación política.

Para entender los verdaderos efectos y limitaciones de los umbrales legales, es

necesario entender el sistema electoral en su conjunto, a partir de allí reconocer

la existencia de umbrales naturales, producto principalmente del tamaño de las

circunscripciones, así como umbrales artificiales derivados de la fórmula electoral utilizada.

4. ¿QUE PIENSAN LOS PARTIDOS MINUTARIOS EN COLOMBIA DEL UMBRAL EL 3%?

Debido a su gran preocupación pues esto causaría la desaparición de los que no alcancen el umbral por eso los pequeños partidos opinaron con respecto al umbral del 3%.

El presidente del partido verde Alfonso Prada, aseguro “que por esta vía se puede terminar acabando el polo democrático, el mira, cambio radical cerrando lo espacio democráticos en Colombia y para lograr la paz se hace es abriéndolos no cerrándolos”. (por: RCN la radio)7

7pueden encontrar más reseña en la cibergrafia (.3)

El presidente del movimiento político Mira Carlos Alberto Baena, señalo “que al aumentar el umbral desencadenaría una inestabilidad de la paz”.

“un umbral del 3% de entrada para organizaciones nuevas, va a poner una barrera muy grande y eso va a ser un obstáculo para que se avance la negociación de la paz” (por: RCN la radio)

La presidenta del polo democrático, clara López, dice que la colectividad está tranquila porque “es un partido que saco 650 mil votos y en la consulta 160 mil, así que estamos confiados de que no tenemos dificultad para superar el umbral. (por: RCN la radio).

A. PUNTO DE VISTA DEL GOBIERNO.

Los esfuerzos que ha hecho el Gobierno para que los partidos minoritarios no pierdan la personería jurídica han sido prioridad para nosotros.

Aclaró el senador del partido liberal, presidente del congreso que en las discusiones sobre el tema nunca se ha planteado bajar el umbral electoral, pues se necesitaría una reforma constitucional, y lo que se vive actualmente “es una situación excepcional por el proceso de paz”. Cristo puntualizó que a través de una ley estatutaria se buscaba que esos partidos políticos hicieran coaliciones y lograran llegar al umbral de 450 mil votos de manera conjunta. “Entendemos que hay un argumento poderoso que es el del cambio de las reglas de juego”, afirmó el senador liberal. “Con las frías matemáticas de las elecciones anteriores y las circunstancias objetivas de hoy digo: no podemos tomar el riesgo de que en las elecciones de marzo queden con representación solo liberales, conservadores, el Partido de la U y Centro Democrático encabezado por Álvaro Uribe”, apuntó. En las más recientes consultas internas, el Partido Verde logró 61 mil votos, el Mira 280 mil y el Polo Democrático 160 mil. Los tres necesitan de 450 mil para no perder su personería jurídica. El riesgo llega también a otros partidos minoritarios como la Alianza Social Independiente, los Progresistas, el PIN y Cambio Radical. Todos deben llegar al 3 por ciento del censo electoral para obtener las garantías del Gobierno. Por otra parte juan Manuel santos el presidente de Colombia se pronunció que si todos se ponen de acuerdo podría reformarse la constitución antes del 2014 y bajar el umbral. (bluradio.com)8.

B. REACCIONES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.

El pasado 12 de junio los congresistas del movimiento político MIRA, senadores Carlos Alberto Bahena, Manuel Virguez y el viceministro de interiores juan Fernando Londoño demandaron ante la corte constitucional el umbral del 3% por considerar que el entrar en vigencia del mismo sustituye la constitución al eliminar los derechos de las minorías. Y ante este hecho asir reacciono la Corte Constitucional `para la primera

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