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Código de ética para los periodistas


Enviado por   •  27 de Junio de 2023  •  Tareas  •  1.594 Palabras (7 Páginas)  •  78 Visitas

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Código de Ética.

Es necesaria la existencia de un código de ética para los periodistas, ya que sin el mismo no habría ninguna vara que los mida más que la legal, y aun así se podría entrar en un gran dilema y preguntarnos ¿El fin justifica los medios? Entonces este código es indispensable para evitar malentendidos, delitos y acciones desleales. Debido a que este no es el código de un colegio de periodistas, este no tiene validez legal, sino que más bien es una guía sobre cómo hay que actuar dentro del ámbito profesional para ser considerado un periodista ético.

  1. Los actos contrarios a este código no serán juzgados por cualquier persona, sino por un “Tribunal de ética” que estará conformado por: 5 periodistas que no tengan ni siquiera un llamado en su contra revisado por el código y que tengan una trayectoria de por lo menos 15 años y al menos una publicación en el último año; 5 ciudadanos que hayan recibido la denominación de ciudadanos ilustres; 2 representantes del sindicato de periodistas; un representante de un medio que pertenezca a una rama periodística distinta del acusado (por ejemplo se acusa a un periodista de ocultar información política, entonces el representante sería de Ole, que es un medio deportivo).

Además debería haber sin votos 2 o 3 profesionales dentro del rubro “afectado”, que puedan exponer el posible daño causado; y un defensor del acusado para exponer su lado de la historia.

Publicar la pena de un caso sin que se haya revisado por el “Tribunal de ética”, puede ser causa de una pena del doble que la del acusado en caso de resultar inocente por difamación, y del mismo tiempo en caso de ser culpable, por publicar una información que al momento de ser subida era falsa.

  1. El periodista tiene una responsabilidad social debido a que la información es un bien más que un producto. Eso hace responsable al periodista de igual manera que ya lo es con los medios, con el público que consume esta información.

  1. La búsqueda de la verdad es esencial para que un periodista sea ético, el respeto y la exposición de la misma deberá realizarse en caso de ser relevante para el pueblo. La pena por incumplir este punto puede variar dependiendo de la gravedad del caso y de lo que considere el “Tribunal de ética”, entre 3 meses a 2 años inhabilitado.
  1. Un  periodista debe ser riguroso y preciso a la hora de dar información, esta tiene que estar completa, y ser exacta, además de tener distintos tipos de la misma. Esta última parte sería clave para evitar cualquier distorsión malintencionada. La pena por incumplir este punto puede variar dependiendo de la gravedad del caso y de lo que considere el “Tribunal de ética”, será de una disculpa en público, corregir su error de inmediato y agregar la información faltante, hasta 3 meses inhabilitado.
  1. Si no existe otra forma de conseguir una información, y la fuente requiere que la información sea off de récord, así será, y todo lo que se acuerde con el entrevistado deberá ser cumplido al pie de la letra. E incluso cuando no sea necesario, el periodista puede garantizar a su fuente el derecho al anonimato. El único caso en el cual un periodista puede romper con su palabra es si la fuente admite durante la entrevista haber realizado algún delito. En caso de acordar mantener la confidencialidad e incumplirlo, puede llegar a perder la licencia por un tiempo o de forma permanente, dependiendo de lo que determine el “Tribunal de ética”.
  1. En caso de hacerse una cita, ésta deberá estar aclarada con la simbolización y el nombre de su autor. Si no se realiza esto, al pie de la letra, será considerado plagio y una falta grave. En caso de realizar plagio, el “Tribunal de ética” exigira una disculpa pública y admisión del error para con su colega y también puede quedar inhabilitado por 1 año si el damnificado así lo desea.
  1. Ningún periodista podrá aceptar, o realizar pagos por recibir información o por poner manejarla de una forma que sea conveniente. Tampoco podrá realizar una publicación en la cual haya obtenido los datos de manera ilícita, allanamiento, robo, espionaje, extorsión, etc. En caso de que comprobarse este punto el “Tribunal de ética” podrá quitarle la licencia por un tiempo o de forma definitiva dependiendo la gravedad del asunto.
  1. No se puede obligar a un periodista a firmar una información que vaya en contra de sus valores o creencias. En caso de suceder el periodista podrá denunciarlos ante la justicia, en el juicio el “Tribunal de ética” podría defenderlo y además el Tribunal en caso de demostrarse que realmente sucedió puede publicar la situación con el nombre del medio, y manteniendo la identidad del denunciante anónima si así lo desea.
  1. El periodista no deberá mencionar religión, etnia, nacionalidad, orientación sexual y otras cosas, a menos que esto sea necesario para complementar la información. En caso de realizarlo el “Tribunal de ética” puede considerarlo como discriminación y puede quitarle la licencia si lo considera necesario, o puede exigir una disculpa si considera que el periodista creyo que era relevante para la información cuando no lo era.
  1. No se puede publicar información de niños como nombre o imágenes del mismo en ningún caso que no sea extremo como la desaparición del mismo, o un secuestro. Si se realiza, el periodista o medio no solo se expone a la denuncia de los padres, sino también a una inhabilitación de hasta 5 años.
  1. Un periodista nunca podrá tratar a una persona de culpable hasta que la justicia no lo determine, acorde con el principio de presunción de inocencia. En caso de hacerlo el “Tribunal de ética” puede inhabilitarlo entre 3 y 5 años si lo considera necesario. Esta condena puede extenderse si al final la persona es declarada inocente en un juicio.
  1. En caso de descubrir que la información brindada fue falsa, se presta a la confusión o puede deformarse para otros fines, se debe emitir una disculpa y una corrección inmediata. Esta debe verse publicada en cada medio en el que se haya reflejado la información errónea. En caso de no realizar dicha acción el “Tribunal de ética” puede interpretar que el periodista lo hizo de forma intencional y le puede llegar a quitar la licencia.
  1. Un periodista que esté informado sobre asuntos financieros, o con contactos en este ámbito, no podrá beneficiarse de los datos que vaya a publicar, y tampoco deberá ocultar información para conseguir alguna ganancia económica. En caso de realizarlo, dependiendo de la gravedad del asunto puede llegar a perder la licencia por un tiempo o de forma permanente, dependiendo de lo que determine el “Tribunal de ética”.
  1. Al realizar una nota el periodista tiene todo el derecho de no ser presionado por el Estado, ni por ningún ente para tergiversar información, ocultarla o agregar datos falsos. En caso de recibir presiones puede exponer toda la situación con ayuda del “Tribunal de ética”.
  1. Ningún periodista, editor, escritor, redactor, y otros cargos similares tiene en su poder censurar a otra persona, en el peor de los casos, puede llegar a privarle de la capacidad de publicar en su medio, pero no evitar que la publicación llegue a la luz. En caso de ejercer una censura clara, el periodista puede acudir al “Tribunal de ética” y si este ente lo considera necesario, realizar una exposición del opresor,y quitarle la licencia.
  1. Un periodista no puede llevar a cabo actos ilícitos con el fin de conseguir una información. Entre ellos se encuentran, falsificar documentación, realizar actos de deshumanidad (en contra de los derechos humanos), difamación, extorsión, ademas de actos que estan penados legalmente, como ayanamiento, robo, asesinato, etc. Esto además de la pena que determine un jurado, le da el poder al “Tribunal de ética” de quitarle la licencia de manera temporal o de forma permanente, sin importar la relevancia de la noticia.
  1. El periodista debe realizar una clara distinción cuando está haciendo una publicidad, o cuando está dando una opinión, para evitar confusiones o una mala interpretación deliberada de los hechos. En caso de no realizar una diferenciación, el “Tribunal de ética” lo puede suspender de sus actividades por 3 meses.
  1. Un periodista no podrá publicar por adelantado información o material que se encuentre relacionado con una nota que ya tiene una fecha u hora de publicación determinada por el medio. Si lo realiza puede llegar a perder la licencia o ser suspendido con un mínimo de 2 años si el “Tribunal de ética” lo considera necesario.
  2. En caso de que un periodista esté siendo perseguido por una información que publicó, sus compañeros deben solidarizarse con él y denunciar tanto delante de la corte en un juicio como también en sus propios medios con una denuncia mediática, e incluso si el perseguido así lo desea, brindarle ese espacio para explicar la situación y defenderse. Si los demás periodistas se manifiestan o le dan un espacio aunque sea en redes sociales, pueden ser considerados cómplices de la situación y si el “Tribunal de ética” lo ve necesario, suspendidos por al menos 6 meses.
  1. En caso de que un periodista tenga dudas o pruebas de que un colega está realizando actos que van en contra de este código tiene la obligación de denunciarlo ante el Tribunal de ética. En caso de así solicitarlo, el nombre del denunciante puede permanecer de forma confidencial.De no denunciarlo, el “Tribunal de ética” lo puede considerar cómplice del acto en cuestión y suspenderlo entre 1 y 3 años..

        

        

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