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JUSTO LEGAL


Enviado por   •  26 de Abril de 2012  •  2.695 Palabras (11 Páginas)  •  1.407 Visitas

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LO JUSTO LEGAL Y LO JUSTO NATURAL

Aristóteles distingue lo justo civil en dos especies: uno que es natural y por naturaleza tiene fuerza de ser justo, como es la defensión de la propia vida, otro que obliga, no por naturaleza, sino por voluntaria aceptación de los hombres, y porque ellos voluntariamente quisieron ponerse aquellas leyes de vivir por vivir vida más quieta, como prohibir tal o tal traje. Disputa si hay cosa alguna que naturalmente sea justa (la cual disputa pone también Platón en el primero de República), y prueba haberlas muchas. De lo justo civil, uno hay que es natural, y otro que es legítimo. Pero aquello es justo natural, que donde quiera tiene la misma fuerza, y es justo no porque les parezca así a los hombres, ni porque deje de parecerles justo legítimo es lo que al principio no había diferencia de hacerlo de esta manera o de la otra, pero después de ordenado por ley ya la hay, como pagar por un captivo diez coronas, o sacrificar una cabra y no dos ovejas. Ítem, las demás cosas que particularmente se mandan por ley, como hacer sacrificio a Brasida, y las ordinaciones que hacen los concejos. Algunos, pues, hay que son de opinión que todo lo legítimo es de esta manera, porque lo que natural es, no puede mudarse, y donde quiera tiene una misma facultad, como vemos que el fuego quema aquí y también en la tierra de los persas. Pero las cosas justas vé ese que se mudan. Pero esto no es así, generalmente hablando, sino en alguna manera. Y entre los dioses por ventura es así, que no hay cosa mudable; pero entre nosotros bien hay cosas naturales que se mudan, aunque no todas. Pero con todo eso hay justo que es por naturaleza, y justo que no es por naturaleza. Cuál, pues, de los que se pueden mudar de otra manera es natural, y cuál no sino legítimo y por aceptación, aunque los dos se muden de una misma manera, fácilmente se entiende. Y la misma distinción bastará para todo lo demás. Porque naturalmente la mano derecha es de más fuerza, y con todo es posible que todos los hombres se valiesen igualmente de las dos manos. Pero las cosas justas que son por aceptación y porque conviene hacerse así, son semejantes a las medidas. Porque ni las medidas del vino ni las del trigo son iguales en todas las tierras, sino do las cosas se compran son mayores, y do se venden son menores. De la misma manera lo justo no natural, sino humano, no es todo uno dondequiera, pues no es un mismo el modo de regir la república, sólo éste es un mismo naturalmente dondequiera. Hace, pues, cada una de las cosas justas y legítimas como se ha lo universal con lo particular. Porque los negocios que se hacen son muchos, pero las cosas justas tienen cada una por sí su especie, pues son universales. Entre lo injusto y el agravio hay esta diferencia y también entre lo justo y la justicia, que lo injusto es tal por naturaleza o por ordinación y esto mismo cuando se pone por obra es agravio, pero antes de hacerse no se dice agravio, sino cosa injusta, por que cuando se hiciere será agravio. Y de la misma manera habremos de decir de la justicia. Aunque obra justa es más general vocablo, y la justicia parece que quiere más significar la enmienda del agravio.

Aristóteles y el derecho natural: en busca de una solución coherente

Su tesis sobre la interdicción de matar animales aparece como una de las razones presentadas por Aristóteles para afirmar la existencia de una ley común disociada de la ley particular, pues su estatus se encuentra más allá de los decretos específicos de cada ciudad, por el hecho de que posee una validez común a todos, al estar en conformidad con la naturaleza (katà phúsin). En este contexto, tenemos la tesis de Empédocles citada anteriormente, compartida por Aristóteles mismo: "declaran que, para todos los vivientes, la posición es la misma en relación con el derecho, y proclaman que penas inexpiables amenazan a los que atacan a un ser vivo" (D.K., B CXXXV). Debería haber, desde este punto de vista, "no sólo una comunidad de hombres, entre ellos y los dioses, sino también una comunidad de hombres con las bestias brutas. Pues existe un espíritu único que nos penetra, en forma de un alma, al cosmos entero, y que nos une a ellos". (D.K., B CXXXVI)

De este modo, matarlos y degustarlos consistiría en un acto impío, un acto completamente injusto, pues sería como matar a nuestros familiares. El problema resultante es cómo comprender que Aristóteles pudiera utilizar esta tesis para fundamentar la existencia de la ley natural, pues se trata de una tesis reconocidamente extraña al aristotelismo, y el mismo Aristóteles en la Política (1256b16–22) parece recusarla de manera contundente cuando deja claro que:

las plantas existen para los animales y los animales para los hombres, los domésticos para su servicio y alimentación, y los silvestres, si no todos, al menos la mayor parte de ellos, para su alimentación y otras ayudas, para que les provean vestido y otros instrumentos. Si entonces la naturaleza jamás hace nada incompleto ni en vano, es forzoso que haya producido todas estas mismas cosas en vista del género humano.

Pues bien, admitir que Aristóteles sostiene su concepción de derecho natural argumentando una comunidad de hombres y animales como lo hace Empédocles parece un tanto temerario. ¿Cuál sería la conjetura que subyace en esta extraña alusión? Es posible exhibir dos razones señaladas por dos autores en artículos cuidadosamente escritos. Son las siguientes:

1. El objetivo de las referencias a Antígona, Empédocles y Alcida–mas no era presentar los preceptos que Aristóteles sostenía, sino demostrar la concepción de ley natural a partir de raigambres familiares.

2. Los casos de Antígona y Empédocles no serían, a los ojos de Aristóteles, como sostienen diversos comentaristas, ejemplos de leyes naturales inmutables, sino solamente ejemplos de interpretación del derecho natural de los cuales él mismo echa mano: "es tan sólo una interpretación, variable conforme a culturas y épocas, de un presentimiento [la ley natural] que se impone a nuestro espíritu".

En relación con (1), puede incluso entenderse como un argumento que merecería tenerse en consideración, aunque tan sólo desde el punto de vista retórico (lo que parece indicar una clara ruptura con los tratamientos posteriores de las obras éticas). Sin embargo, eso no garantiza de ninguna forma la autoridad y la coherencia de la Retórica con las teorías subsecuentes de la ley natural [en Aristóteles]. Miller asegura que la referencia a Antígona y Alcidamas sugiere que la ley

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