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LA VEHEMENTE CONTROVERSIA ENTRE LAS DOCTRINAS DEL IUSNATURALISMO Y EL IUSPOSITIVISMO FRENTE A LA CONCEPCIÓN DEL DERECHO Y LOS DERECHOS HUMANOS


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  1.156 Palabras (5 Páginas)  •  547 Visitas

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LA VEHEMENTE CONTROVERSIA ENTRE LAS DOCTRINAS DEL IUSNATURALISMO Y EL IUSPOSITIVISMO FRENTE A LA CONCEPCIÓN DEL DERECHO Y LOS DERECHOS HUMANOS

El Derecho, conocido ordinariamente como el conjunto de normas y preceptos jurídicos que regula la conducta de las personas en sociedad, ha sido objeto de una imperante controversia que ha existido entre las antagónicas doctrinas del iusnaturalismo y el iuspositivismo, en donde se han arraigado concepciones acerca de lo que se debe considerar realmente como derecho. Por ello, para la presente polémica entre ambas doctrinas se parte específicamente de los derechos humanos para denotar las diferencias primordiales entre el Derecho Natural y el Derecho Positivo.

El iusnaturalismo tuvo su apogeo en el siglo XVII y XVIII, y posteriormente, el positivismo jurídico tuvo el suyo para el siglo XIX y XX; pero con el fin de la segunda guerra mundial, y tras el incalculable daño que generó el holocausto nazi, se empezó a tener en cuenta la línea intrínseca de los valores morales para generar una conciencia solidario-humanista, con la que se retomó la ideología del Derecho Natural sobre el Derecho Positivo.

Es válido el hecho de que el iusnaturalismo reconozca a los Derechos Humanos como unos derechos naturales universales, inmutables, inalienables, imprescriptibles e inherentes a las personas, consagrados bajo los principios de justicia y moral, y cuya existencia es independiente del sistema de normas comprendido por el ordenamiento jurídico; porque en el caso de que éste llegara a desaparecer, aun así los derechos permanecerían vigentes, no jurídicamente, pero sí dentro de un orden natural.

En consideración a la doctrina del iusnaturalismo, cualquier norma jurídica a la que se le pueda aludir el calificativo de inmoral o injusta, deberá ser excluida de lo que se constituye como Derecho. Los derechos naturales, comprendidos por esta doctrina, les corresponden a todas las personas por el simple hecho de ser personas, sin ninguna clase de distinción en lo referente a la raza, el género, la edad, la condición, la clase social, la preferencia sexual, etc.

Conforme a lo planteado anteriormente, se puede establecer que el iusnaturalismo concibe el Derecho desde una perspectiva valorativa, enfocada en principios morales y justos. En contraposición a ello, partidarios del positivismo jurídico, como Herbert Hart y Norberto Bobbio aportan respectivamente que “No existe conexión necesaria entre derecho y moral”, y que “Las normas jurídicas constituyen un fenómeno social condicionado por la experiencia”; por consiguiente, para estos pensadores, la concepción positivista del Derecho se encauza en el análisis de hechos descriptivos dentro de un contexto empírico, con plena exclusión de criterios valorativos.

Opuesto a las anteriores ideologías radicalmente escépticas, cabe aclarar que la moral juega un papel determinante en el establecimiento y creación de las normas jurídicas, además, también hay que valorar el hecho de que debe haber una conducta moral previa a la obediencia de una norma. Bobbio, respalda la anterior afirmación desde la posición valorativa del Positivismo Ideológico, estableciendo que el único principio moral que se debe tener en cuenta, es el que radica en acatar todo lo que dispone el Derecho Positivo.

Para el Positivismo Jurídico, los Derechos Humanos entran a la categoría de los valores morales, o más específicamente, llegan a centrarse en el grupo de los Derechos Públicos Subjetivos. En

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