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LAS PRUEBAS EN GENERAL EN EL PROCESO CIVIL


Enviado por   •  5 de Enero de 2015  •  9.729 Palabras (39 Páginas)  •  382 Visitas

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INDICE

Contenido

INTRODUCCIÓN 1

LA PRUEBA EN GENERAL 2

SISTEMAS DE PRUEBAS MÁS COMUNES 2

CLASIFICACION DE LAS PRUEBAS 3

PRINCIPIOS RECTORES 4

LA PRUEBA PERICIAL 4

El Perito. 5

Ofrecimiento de la Prueba Pericial 6

Admisión de la prueba pericial 6

PeritoTercero en Discordia. 11

La Junta de Peritos. 12

La pericial para determinar el valor de bienes y derechos. 12

La Prueba de Reconocimiento o Inspección Judicial. 15

Concepto. 15

Ofrecimiento de la prueba de inspección judicial 16

EJEMPLOS PRACTICOS 18

OFRECIMIENTO DE UNA PRUEBA DE INSPECCION EN MATERIA LABORAL. 20

OFRECIMIENTO DE UNA PRUEBA PERICIAL EN MATERIA FAMILIAR 22

DESAHOGO DE UNA PRUEBA PERICIAL 23

OFRECIMIENTO DE INSPECCION JUDICIAL 25

DESAHOGO DE PRUEBA DE INSPECCION JUDICIAL 25

Conclusiones 28

Bibliografía usada en el presente trabajo: 28

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo abordaremos los tipos de prueba en general que existen en el derecho mexicano, abordando desde la prueba en general y los sistemas de prueba más comunes; abocándonos desde luego en un amplio análisis sobre la prueba pericial y la prueba de reconocimiento o de inspección judicial, en el que explicaremos lo referente a su ofrecimiento, admisión y desahogo, así como lo que dice la doctrina del tema en comento.

LA PRUEBA EN GENERAL

Para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos puede el juzgador valerse de cualquier persona, sea parte o tercero, y de cualquier cosa o documento, ya sea que pertenezca a las partes o a un tercero, sin más limitación que la de las pruebas no esté prohibidas por la ley ni sean contrarias a la moral.

La doctrina de la prueba gira en torno al verbo probar y al sustantivo prueba, como verbo comprende las obligaciones de las partes y las facultades del Juez, y como sustantivo, se refiere a los medios, que dentro del sistema seguido por una legislación, se pueden emplear para llevar a cabo el convencimiento al ánimo del Juzgador.

La Prueba es un elemento esencial del juicio, tanto por la necesidad de demostrar la existencia de los hechos en los que las partes funden sus pretensiones, como por la de hacer ver la procedencia del derecho invocado; a la prueba le corresponde la contraprueba, que es en esencia, el medio de convicción ofrecido por el contrario para destruir o afirmar lo sostenido por el colitigante.

SISTEMAS DE PRUEBAS MÁS COMUNES

1.- PRUEBA LIBRE.- Consiste en dejar en libertad a los Tribunales, tanto para determinar los medios de prueba, como para juzgar el valor probatorio de tales medios.

2.-PRUEBA TASADA.- La ley establece cuales son los medios de prueba y su valor probatorio.

3.- SISTEMA MIXTO.- Combinación de los sistemas anteriores.

CLASIFICACION DE LAS PRUEBAS

Directas.- Son pruebas que producen el conocimiento del hecho, directamente y sin necesidad de intermediarios; a estas se oponen las indirectas, que también conducen a la prueba del hecho, pero a través de otros medios y de los razonamientos que debe de hacer la mente, para llegar al conocimiento del hecho que se investiga.

Reales u objetivas.-Consisten en casos apreciables por los sentidos, y a las que se oponen las personales, que derivan de la actividad de las personas y cuya objetividad se pierde o es difícil de demostrar.

Pertinentes.- Las que conciernen a los hechos controvertidos y a las que se oponen las impertinentes, que se refieren a los hechos que no son materia de la controversia.

Idóneas.- Son las adecuadas para probar los hechos litigiosos; a ellas se oponen las ineficaces, que como su nombre lo indican carecen del poder o de la eficacia suficientes para probar algún hecho.

Necesarias.- Son las indispensables para probar algún elemento esencial de la acción o de la excepción; frente a ellas se colocan las inútiles, que son aquellas que carecen de trascendencia legal por referirse a hechos sin importancia y las útiles, que no siendo necesarias, tienden simplemente a ilustrar el conocimiento del Juez.

Morales e inmorales.- Son aquellas ofrecidas con una intención insana o morbosa.

Concurrentes.- Son varias pruebas ofrecidas con la finalidad de demostrar un solo hecho.

Singulares.- No están asociadas a otra para demostrar un hecho.

Nominadas e innominadas.- Son las que están o no comprendidas dentro de los medios de prueba enumerados por la ley.

PRINCIPIOS RECTORES

A.- El juez no debe juzgar por el conocimiento extraprocesal que tenga de los hechos, sino únicamente, por lo que se desprende de las constancias de autos.

B.- Las pruebas deben ser producidas por las partes.

C.- Solo los hechos están sujetos a prueba, el derecho lo estará solo cuando se trate de leyes extranjeras, de usos, costumbres o Jurisprudencia.

D.- Deben ser rendidas en debate contradictorio, dando iguales oportunidades a ambas partes y facultades para objetarlas.

E.- No deben admitirse pruebas impertinentes, contrarias a derechos, contrarias a la moral, ineficaces e inútiles, contrarias a la dignidad del hombre y aquellas sobre las que ya exista cosa juzgada.

F.- Solo pueden ser recibidas durante el término probatorio, bajo pena de nulidad, salvo las excepciones establecidas.

G.-

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