La Calificación Del Concepto En Las Escuelas De Perfeccionamiento
urquigol15 de Abril de 2014
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1. INTRODUCCIÓN.-
Un modelo evaluativo, es un instrumento que permite analizar, diseñar, implementar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, tomando a la educación vista como reproductor del conocimiento o saberes que la sociedad considera importante, todo modelo educativo requiere de claridad en su concepción, todo modelo educativo requiere de un sistema de evaluación con un enfoque pedagógico y una sistematización del proceso.
Actualmente la Academia de Guerra Naval realiza la calificación de actitud profesional mediante una Guía para la Calificación de Actitud Profesional, basados en lo dispuesto en el Reglamento de la Academia de Guerra Naval (2012),
El Modelo Educativo de Fuerzas Armadas, ofrece un análisis detallado, explícito y debidamente aprobado por parte del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, donde establece y guía respecto a la aplicación de normas y parámetros a ser considerados por las diferentes Fuerzas para el sistema de evaluación y calificación del personal militar en los distintos cursos de formación, especialización y perfeccionamiento para sacar el máximo provecho de sus resultados. En su Capítulo IV, establece la evaluación por competencias y cuyas características de evaluación serán las siguientes: integral, permanente, sistemática, participativa, científica, educativa, interdisciplinaria y sencilla.
La evaluación de la normativa vigente y el grado de legalidad de los Reglamentos vigentes es importante mencionarlo para conocer el sustento existente del sistema de evaluación.
El analizar los distintos elementos o criterios que conforman la calificación, así como los factores que cuantifican la nota a obtenerse, es necesario para conocer su objetividad.
El comparar los criterios de evaluación utilizados en el modelo educativo de Fuerzas Armadas versus el de la AGUENA, resulta evidente para conocer su aplicabilidad.
El comparar el proceso de calificación en las otras Fuerzas, en relación con la Armada del Ecuador resulta importante para conocer respecto a las experiencias.
Este trabajo científico será realizado bajo el método deductivo, a fin de lograr obtener un análisis que nos permita obtener una visión más amplia respecto de las posibilidades de cambio que se pueden dar, si tomamos en cuenta lo establecido en el Modelo Educativo de Fuerzas Armada y como favorecerá la satisfacción del Oficial Alumno.
Consideramos que la actitud profesional del alumno debería ser medida en calidad que influya directamente sobre la vocación o potencial demostrado durante el curso como un parámetro para poder ubicarlo según sus potencialidades en puestos de trabajo acorde a sus capacidades demostradas y desarrolladas durante el curso de la AGUENA.
Como hipótesis del problema planteado, podemos establecer, la conveniencia de mantener la evaluación de la actitud profesional de los Oficiales Alumnos, como una medida cuantitativa que incida directamente en la calificación final de los diferentes cursos de perfeccionamiento.
2. ANÁLISIS.-
Existe el Modelo Educativo de las Fuerzas Armadas aprobado por el Sr. Jefe del Comando Conjunto en el año 2012, en el que se dan las pautas para la correcta guía y cumplimiento de las disposiciones emitidas para la ejecución del proceso de evaluación del personal militar. Sin embargo a nivel de la Academia de Guerra Naval existe el Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Academia de Guerra Naval, el mismo que de acuerdo al oficio No. DIGEDO-AJU-2013-002-O del 09 de enero de 2013, sólo se encuentra autorizado de forma provisional su aplicación mientras se expida el Reglamento General de Educación de Fuerzas Armadas, conforme lo dispuso el Sr. Jefe del Comando Conjunto. La Educación Militar de las Fuerzas Armadas se encuentra regulada por un conjunto de normas legales y reglamentarias cuyo fundamento es el siguiente:
Constitución de la República del Ecuador: El Art. 27 de la Constitución establece que “la educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos…..” por concepto de holístico se define “es una posición metodológica y epistemológica que postula que los sistemas (ya sean físicos, biológicos, sociales, económicos, mentales, lingüísticos, etc.) y sus propiedades, deben ser analizados en su conjunto y no a través de las partes que los componen…” esto nos determina que como ente y ser humano que somos tenemos características diferentes en nuestra personalidad y no podemos regirnos por un Manual de Evaluación por Actitud Profesional que al momento de la investigación no se tuvo acceso al mismo y se desconocía de su existencia, sin embargo se lo menciona en el Reglamento de AGUENA, por tal motivo no se puede comentar si en su estructuración presenta la colaboración de un profesional de la rama de la Psicología para que determine los conceptos de cada aspecto a calificar para la Actitud Profesional; es decir no hay una guía para dicha valoración.
“Art. 171.- La evaluación de actitud profesional evalúa en un juicio integral, la personalidad del oficial alumno, en lo que respecta a sus atributos profesionales, psicológicos y sociales….” La parte de la psicología humana, siempre debe ser valorado por un profesional con aval académico, por ejemplo, un aspirante a grumete o guardiamarina para ingresar a la fuerza se realiza un examen psicológico, y cuando pertenece a la fuerza como los aeronavales es importante su valoración psicológica para evitar cualquier tipo de accidente aéreo; por tal motivo se determina que para ser evaluado la parte psicosomática siempre se necesita el respaldo de un profesional sea un Psiquiatra o un Psicólogo, en lo que respecta a la Fuerza siempre lo realiza un Psicólogo para fundamentar cualquier patología antes contar con un psicólogo laboral, el mismo que contribuya a realizar un adecuado de su ingreso a la Fuerza Naval; en cambio en la AGUENA para este tipo de valoración se necesita seguimiento al desarrollo de los Oficiales y a su soporte médico para el éxito de su curso y en su relación afectiva para con sus compañeros, docentes y familia.
La Academia de Guerra dentro de su misión, está llamada a explotar el potencial humano que año a año ingresa con el objeto de lograr el perfeccionamiento que le permita poder desarrollarse profesionalmente en su área o especialidad.
Los Oficiales alumnos durante su permanencia en la Academia, se encuentran en un régimen de presión propio de un curso del nivel de la AGUENA, como requisito de ascenso y que en cierta forma repercute en su actitud, sin ser necesariamente considerado esto como una posición permanente o más aún una posición que denote un negativismo o mala predisposición por parte del alumno.
Considerar la medición de personalidad de un Oficial alumno, en cierto momento de su permanencia dentro de la Academia significaría una apreciación anticipada o un estado pasajero y esto desde todo punto de vista no estaría enmarcado en un criterio global del mismo, porque lo que se estaría calificando es un momento de su permanencia y más no su totalidad.
Es interesante acotar que para poder ingresar a un curso de la Academia se realiza una ficha médica, la misma que se la realiza en la Dirección de Sanidad de la Armada.
Dentro de sus parámetros de medición física se encuentra un ítem que estudia el perfil psicológico del aspirante y que el mismo deberá rendirlo y aprobarlo, y sólo así puede ser considerado apto en la parte sanitaria para su ingreso a la Academia y el perfil psicológico de todo individuo está marcado según los expertos en actitudes propias de la persona que denotará la predisposición del mismo, lo que quiere decir que para tener un criterio psicológico de cada alumno y que legalmente tenga valor deberá estar avalado por un equipo de psicólogos que emitan su criterio profesional ante una situación que pudiera ser evidenciada y que de cierta forma ponga en riesgo su permanencia en la Institución por lo que basados en el “MANUAL DE PROPUESTA DE REGLAMENTO DE LA ACADEMIA DE GUERRA NAVAL, en el capítulo IV, de la evaluación de actitud profesional, Art. 171 ……La evaluación de actitud profesional evalúa en un juicio integral, la personalidad del oficial alumno, en lo que respecta a sus atributos profesionales, psicológicos y sociales”, no sería aplicable para la valoración al Oficial alumno, mencionado artículo, pues carece de sustento legal partiendo del principio que en la Academia no cuenta con un equipo psicológico que pueda avalar el criterio calificado.
La Academia de Guerra Naval (AGUENA) en su tarea de establecer un método de evaluación que recoja en su totalidad el esfuerzo profesional realizado por el Oficial alumno durante su permanencia en la AGUENA en los diferentes cursos de perfeccionamiento, ha determinado una metodología de evaluación cuantitativa respecto a la “actitud profesional” con varios parámetros (esfuerzo individual, actuación en grupo, capacidad de comunicación y toma de decisiones), metodología que dadas las circunstancias y la cantidad de alumnos cursantes de la AGUENA, no permite su adecuada aplicabilidad, en consideración a la periodicidad en que se deben evaluar estos factores (cada quince días), lo que a su vez provoca la falta de observación, seguimiento, análisis adecuado y justo por parte de los Oficiales evaluadores, cayendo de esta manera en la subjetividad con resultados cuantitativos, que inciden en el puntaje final y por consiguiente en la antigüedad del fin de curso. Siendo esta una de las principales razones de falta de aceptación a este método de evaluación por parte de los alumnos de la AGUENA.
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