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¿La baja de la edad de imputabilidad penal mejoraría el problema de la inseguridad?


Enviado por   •  16 de Junio de 2016  •  Ensayos  •  1.629 Palabras (7 Páginas)  •  166 Visitas

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¿La baja de la edad de imputabilidad penal mejoraría el problema de la inseguridad?

Filosofía - 5to Humanístico 2014

Prof. Janny Tuendes

Carmela Renos

19/05/14

La inseguridad es la principal preocupación de los uruguayos. Según encuestas de opinión pública, 9 de cada 10 uruguayos están insatisfechos con los niveles actuales de seguridad pública. Si bien la percepción de inseguridad se encuentra todavía levemente por debajo del promedio latinoamericano, uno de cada tres uruguayos se siente inseguro en su barrio. Esta convergencia de nuestro país a los promedios latinoamericanos de criminalidad y violencia se produjo en los últimos 15 años En este contexto, existe una marcada divergencia entre la evolución de los delitos cometidos por adultos y los delitos cometidos por adolescentes. Mientras que los procesos judiciales iniciados en sede penal se duplicaron, los iniciados en sede adolescente se multiplicaron por tres.[1]

En este marco de la inseguridad y el incremento de la delincuencia principalmente abordada por jóvenes, es que reaparece en Uruguay la discusión sobre la reforma constitucional que propone bajar la edad de imputabilidad[2] penal.[3] 

En este ensayo trataremos ese tema enfocado a una pregunta ¿La baja de la edad de imputabilidad penal mejoraría la seguridad?  

¿Qué propone ésta ley?

Artículo Único.- Modifícase el artículo 34 del Código Penal (Ley Nº 9.155, de 4 de diciembre de 1933, y modificativas), el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 34. (Minoría de edad).- No es imputable el que ejecuta el hecho antes de haber cumplido la edad de dieciocho años, salvo cuando se trate de un mayor de dieciséis años de edad, que cometiere los delitos de homicidio simple, homicidio especialmente agravado, homicidio muy especialmente agravado, violación, lesiones graves, lesiones gravísimas, violencia doméstica, disparo con arma de fuego, acometimiento con arma apropiada, rapiña y copamiento".[4]

A grandes rasgos los motivos que expone este proyecto se basan en que en la época que se aprobó el Código Penal (1934) el ambiente que rodeaba a un adolescente de 18 años, y los espectáculos que se veían no son los mismos que en la actualidad, ésto acompañado de la pérdida de valores, que afecta directamente a los adolescentes y a la sociedad que los rodea.  Los menores infractores de hoy en día son conscientes de las consecuencias de sus actos, ellos vienen protagonizando cada vez más actos delictivos. A consecuencia de estos motivos son los reclamos de reformulación de la ley mencionada anteriormente.[5] 

Es así que este tema lleva a una discusión crítica con posiciones a favor de la modificación de esta ley o en contra, que involucra e interesa a toda la sociedad.  

Algunas de las posturas a favor de la modificación del artículo 34 del Código Penal apuntan a la supuesta impunidad de la que gozan los adolescentes, que los menores privados de libertad no van a una cárcel, sino a un centro de internación, que las sanciones son muy cortas (5 años la pena máxima), que la baja de edad de imputabilidad mejoraría la seguridad y que los menores maduran cada vez más rápido. También afirman que ha crecido notoriamente los delitos cometidos por adolescentes y son ellos la causa de la inseguridad.

Lo cierto es que “la supuesta impunidad de la que gozan los adolescentes”, es mentira, en nuestro país hay sistemas encargados de la responsabilidad pènal, pudiéndose privar de libertad a los adolescentes que cometen delitos.[6] El hecho de que no vayan a una cárcel de adultos y si a un centro de internación, no quita que no se los prive de libertad, lo que si ocurre es que en centros de internación como lo es INAU no se cumple ningún sistema de educación, rehabilitación o formación a los adolescentes, lo que provoca que salgan igual o peor de como entraron, con la misma mentalidad de cometer delitos.
Si bien la pena máxima en un adolescente son 5 años, el tiempo es mayor porcentualmente para un adolescente de 15 años (20% de su vida) que para un adulto de 30 (10% de su vida).
[7] 
En el
anexo 1 podemos ver como el índice de personas adultas privadas de libertad desde 2001 a 2012 ha crecido, de lo cual concluímos que la tendencia a encarcelar no disminuyó el número de delitos, no mejora los problemas de seguridad.  
En la siguiente tabla de datos (
Anexo 2)  podemos ver lo falaz que es el argumento

“los delitos cometidos por menores han aumentado”. Los datos nos demuestran que los delitos  intervenidos por la policía por tipo de infracción de 2005 a 2012 no sólo no crecieron, sino que disminuyeron.[8] 

Desde el punto de vista jurídico si los menores de 18 años son  conscientes y responsables de delitos y pueden ser privados de libertad de igual manera que los mayores, también se debería aplicar la misma lógica a todo el derecho.[9]

Como podemos ver en la tabla (Anexo 3) en nuestro país más del 80% de los jóvenes que delinquen consumen marihuana, lo que podemos decir que los delitos cometidos por adolescentes y las drogas tienen una estrecha relación.

En la página 42 de un estudio realizado por las Naciones Unidas sobre la relación droga y delito se indica que:

Se les consulta si hubo períodos de su vida en que consumieron todos o casi todos los días cada una de las sustancias indicadas: 61% ha consumido marihuana de esa forma, 42,4% pasta base, 32,4% alcohol y 26,6% cocaína.

Entre quienes responden afirmativamente que a cierta edad han iniciado el consumo

regular de cierta sustancia psicoactiva, se encuentra que:  18,1% sólo contestan que consumieron en forma regular tabaco y alcohol, 18,6% marihuana, en algunos casos con tabaco y alcohol, 11,3 % cocaína, marihuana, en su mayoría con alcohol y tabaco, 46,4% pasta base, en su mayoría combinada con las demás sustancias legales e ilegales

Los consumidores de pasta base son fundamentalmente policonsumidores, utilizando en su mayoría dos o tres drogas, además de la pasta base.[10]

En términos generales, uno de cada cinco delitos cometidos por menores está relacionado con drogas.

Un 65% de éstos adolescentes no estudian ni trabajan, lo que apunta a una falla en el sistema educativo. (Anexo 4)

La Comisión Internacional de Derechos Humanos señala que:

Al detener a un niño, la policía está obligada a garantizar los derechos del niño a ser inmediatamente puesto en presencia del juez competente, a que se notifique en el tiempo más breve posible a sus padres o responsables, a tomar contacto con su familia, y a entrevistarse con su abogado defensor en el plazo más breve posible.

Sin embargo el anexo 6 demuestra que ésta garantía solo se cumple en una pequeña porción de los casos, lo que revela un incumplimiento de la normativa por parte de personal policial.

De éste análisis podemos concluir que la baja de edad de imputabilidad no mejoraría la seguridad, es más, la agravaría. Procesar a los adolescentes como adultos haría que ellos reafirmen su rol como delincuente, produciendo un perfeccionamiento temprano en ese rol, y alejándolos de oportunidades de reinserción social.

A grandes rasgos, posibles soluciones serían mejorar la calidad de educación, suponiendo un reajuste de incumplimientos. Analizar los contextos de los sectores de la sociedad en los que se centraliza la delincuencia enfrentando los factores que posibilitan la reproducción de violencia.
Implementar programas de prevención de la misma, rehabilitación y eliminación de  fugas en hogares de INAU.

“Más represión y más violencia NO garantizan un país más seguro. Estados Unidos e Inglaterra penan a menores como adultos y con ello solo han aumentado sus índices de criminalización, violencia e inseguridad”.    

BiBliografía

Los dilemas de la delincuencia juvenil en Uruguay. Setiembre 2012, Ignacio Munyo.

http://www.ceres-uy.org/pdfs/delincuencia_juvenil_munyo.pdf

CHICADO, Jorge,"¿Qué es la imputabilidad?", Apuntes Juridicos™, 2013 http://jorgemachicado.blogspot.com/2013/05/imp.html#sthash.GGi8U4JV.dpuf

Las Discusiones legislativas de la edad de imputabilidad en los anales de la recuperación democrática. 2011, Gabriel Tenenbaum.

http://www.fcs.edu.uy/archivos/RevCienSoc%2028-7.pdf

 Imputabilidad penal, Setiembre de 2010. Montevideo, uruguay, Poder Legislativo.

http://www.parlamento.gub.uy/repartidos/AccesoRepartidos.asp?url=/repartidos/camara/d2010090353-00.htm

La baja de edad de imputabilidad ¿Una solución? http://www.cadesyc.org/la_baja.pdf 

Adolescencia y delito. Lucía Vernazza.

thttp://www.unicef.org/uruguay/spanish/adolescencia-y-delito.pdf

La relación droga y delito en los adolescentes infractores en la ley. Naciones Unidas.http://www.unodc.org/documents/peruandecuador/Publicaciones/La_Relacion_Droga.pdf

         

         Anexos

Anexo 1

Delincuencia juvenil en la ciudad de Montevideo. Última visita 13/05/14

http://noalabaja.uy/phocadownload/Documentos/delincuencia-juvenil-mvd-completo-finalweb.pdf

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Anexo 2  

Adolescencia y delito. Lucía Vernazza. Página 10. Última visita 13/05/14

http://noalabaja.uy/phocadownload/Documentos/delincuencia-juvenil-mvd-completo-finalweb.pdf

[pic 2]

Anexo 3

La relación droga y delito en los adolescentes infractores en la ley. Naciones Unidas. Página 10. Última visita 13/05/14

http://www.unodc.org/documents/peruandecuador/Publicaciones/La_Relacion_Droga.pdf

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Anexo 4

Delincuencia juvenil en la ciudad de Montevideo. Pág 28. Última visita 13/05/14

http://noalabaja.uy/phocadownload/Documentos/delincuencia-juvenil-mvd-completo-finalweb.pdf

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Anexo 5

Delincuencia juvenil en la ciudad de Montevideo. Pág 26: ültima visita 13/05/14 http://noalabaja.uy/phocadownload/Documentos/delincuencia-juvenil-mvd-completo-finalweb.pdf 

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