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NORMAS DE INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN BÁSICA.


Enviado por   •  30 de Diciembre de 2016  •  Tareas  •  3.537 Palabras (15 Páginas)  •  532 Visitas

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  1. Su objetivo es regular el ingreso y registro de los niños y jóvenes al primer grado de la educación preescolar, primaria o secundaria y facilitar la continuidad de los mismos en el sistema educativo nacional:

Inscripción. 

  1. Para inscribirse a este nivel de educación básica, es necesario haber cumplido tres años de edad al 31 de diciembre del año del inicio del ciclo escolar:

Educación preescolar.

  1. La inscripción a este nivel de educación básica tiene como requisito contar con la edad mínima de 6 años cumplidos al 31 de diciembre del año de inicio de ciclo escolar y acreditar el haber cursado el 3er. grado de educación preescolar:

 Educación primaria.

  1. Para inscribirse a las modalidades general y técnica de la educación secundaria, es necesario ser menor de 15 años; menor de 16 para ingresar a telesecundaria y menor de 18 años para quienes habiten en comunidades rurales e indígenas que carezcan del servicio de educación secundaria para adultos.

  1. Respecto a los alumnos con necesidades educativas especiales, el ingreso a los centros de atención múltiple (CAM), a los niveles de preescolar y primaria, se podrá realizar en cualquier momento del periodo escolar.
  1. Es responsabilidad del personal del CAM realizar una Evaluación psicopedagógica con su respectivo Informe, que permita determinar los apoyos específicos que requieran los menores.
  1. La inscripción de los alumnos con NEE a esta modalidad de educación básica debe realizarse en mismo tiempo y forma establecidos que para los alumnos de no presentan dichas necesidades:

Educación básica regular.

  1. En el caso de la Educación básica regular, los alumnos con NEE con discapacidad que ingresen a los planteles de educación básica regular, se les realizará al inicio del ciclo escolar  una evaluación psicopedagógica y un informe de evaluación psicopedagógica, que permita identificar los apoyos que se requieran.

  1. Con base en las fortalezas y necesidades identificadas en los alumnos con NEE a través de la Evaluación psicopedagógica y su respectivo informe, deberá elaborarse este documento que permitiría satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva:

Una propuesta curricular.

  1. En el caso de los alumnos con aptitudes sobresalientes, la evaluación psicopedagógica debe ser precedida de una detección inicial para corroborarlas.
  1. Con base en la Evaluación psicopedagógica y su respectivo informe, para los alumnos con aptitudes sobresalientes se elaborará una Propuesta curricular adaptada, así como una propuesta de enriquecimiento.
  1. La realización de la Evaluación Psicopedagógica y su Informe, será responsabilidad de:

El director, del educador, maestro de grupo o docentes de asignatura, de los padres de familia (si los hay) y del personal de educación especial (si lo hay).

  1. Para la educación preescolar y primaria, el padre de familia del niño o joven con necesidades educativas con o sin discapacidad, será responsable de solicitar a la escuela de procedencia el informe de Evaluación Psicopedagógica, que incluya las fortalezas y necesidades identificadas. El Director de la escuela primaria y secundaria será responsable de solicitar al padre de familia o tutor, el Portafolio de evidencias.

  1. Hace referencia al desfase de dos años o más entre la edad cronológica del alumno y la edad escolar reglamentaria para cursar un grado o nivel determinado dentro del aparato escolar: La extra edad. Esta condición es un indicador del rezago escolar.
  1. Son aquellos alumnos de primero a sexto grado de educación primaria con una edad cronológica que no corresponda al grado en el que serán reinscritos:

Alumnos en situación de extra edad.

  1. En caso de que el aspirante no cuente con ningún acercamiento de las competencias de la lecto-escritura, se trabajará con esta propuesta, para que se beneficie de la enseñanza que recibe el resto del grupo lo más pronto posible:

La propuesta para favorecer el desarrollo de competencias de la lectura y escritura.

  1. Tiene como objetivo regular el reingreso y registro de los alumnos que cursarán los grados escolares subsecuentes al inicial en la educación preescolar, primaria o secundaria, además de facilitar la continuidad de sus estudios:

La reinscripción.

  1. Por su periodicidad, la reinscripción a los diferentes niveles de la educación básica es:

Anual; la reinscripción de los menores a las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria se realizará de maneras inmediata, al grado que corresponda según el documento probatorio de los estudios efectuados por el educando.

  1. En este nivel de educación básica, la reinscripción de los alumnos a 2° o 3° grado no será condicionada a que presenten constancia de acreditación del grado escolar antecedente: En el preescolar.

  1. En el caso de la educación secundaria, se considerará la reinscripción de un alumno irregular con un máximo de cuatro asignaturas no aprobadas, incluyendo la de otros ciclos escolares; pero al concluir los primeros quince días hábiles del inicio del ciclo escolar, se deberá formalizar la reinscripción de los alumnos que después del periodo de regularización de agosto, conserven como máximo tres asignaturas no acreditadas incluyendo las de otros ciclos escolares. En el caso de En caso de conservar cuatro asignaturas no acreditadas, se podrá optar por repetir el grado inmediato anterior y deberá cursar la totalidad de las asignaturas del mismo.
  1. En el caso de la educación preescolar y primaria, para la acreditación de los alumnos provenientes de los Programas de Cursos Comunitarios y su Modalidad Indígena del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE ) se efectúa conforme a la siguiente equivalencia entre etapas y grados:
  1. CONAFE  a preescolar general
  • Etapa I 1° y 2° grado
  • Etapa II 3er grado
  1. CONAFE a primaria general
  • Nivel I 1° y 2° grado
  • Nivel II 3° y 4° grado
  • Nivel III 5° y 6° grado
  1. Este programa está dirigido a aquellos alumnos inscritos en las escuelas de educación básica que deben permanecer hospitalizados y/o con alguna enfermedad de larga duración tratada en el hospital:

 Programa Sigamos Aprendiendo.

  1. Los hospitales en los que se aplique este programa contarán con este personal, que se ocupara de del avance de los educandos al Área de Control Escolar, para darles seguimiento y permitir en su momento y según sea el caso, incorporarlos a su plantel de origen o bien, certificar el grado concluido: 

Programa Sigamos Aprendiendo... en el Hospital

  1. La reinscripción de los menores con necesidades educativas especiales se podrá realizar cualquier momento del ciclo escolar. En ambos casos se deberá realizar y/o actualizar durante el primer mes o al inicio del ciclo escolar: la Evaluación Psicopedagógica, el  Informe de la Evaluación Psicopedagógica y la Propuesta Curricular Adaptada.

  1. Para los alumnos con aptitudes sobresalientes a quienes se les haya acreditado y promovido anticipadamente de grado, será el documento antecedente del grado al que soliciten su reinscripción:

El oficio de formalización para la promoción de grado dentro del mismo nivel educativo que el Área de Control Escolar haya expedido por el ___________________.

  1. En el caso de estos alumnos, el Director del plantel del tipo básico deberá reinscribirlos desde primer grado de preescolar hasta tercer grado de secundaria, aun cuando el educando no cuente con la documentación que respalde su escolaridad: 

Alumnos sin Antecedentes.

  1. Si los antecedentes no se pueden verificar en el Área de Control Escolar, en el caso de la Educación Preescolar, se aplicará al alumno la Evaluación Diagnóstica; en el caso de la Educación Primaria, la escuela receptora aplicará el método de ubicación que juzgue conveniente conjuntamente por las autoridades de la escuela y el padre de familia o tutor ; y en el caso de la Educación Secundaria, se elaborará y aplicará un Examen Global de conocimientos que incluye las asignaturas: Biología, Física, Geografía e Historia (del mundo), Matemáticas y Química.

  1. Es el cambio de alumnos de un plantel a otro que se efectúa en cualquier momento del periodo escolar: 

El traslado.

  1. Permite determinar que una persona, previa evaluación, logra los aprendizajes esperados en una asignatura u otro tipo de unidad de aprendizaje, grado escolar, nivel educativo o tipo educativo, previstos en el programa de estudio correspondiente:

Acreditación de asignatura.

  1. Se tendrán por acreditadas las asignaturas de educación primaria y secundaria establecidas en el plan de estudios de educación básica cuando se obtenga un promedio final mínimo de:

 6.0.

  1. Decisión del docente sustentada en la evaluación sistemática o de la autoridad educativa competente en materia de acreditación y certificación, que permite a un alumno continuar sus estudios en el grado o nivel educativo siguiente: 

Promoción.

  1. Complementa el cuadro siguiente:

Grado Escolar

Criterio de Acreditación

Criterios de Promoción de Grado y Nivel Educativo

Preescolar

Primero

Segundo

Tercero

La acreditación de cualquier grado de la educación preescolar se obtendrá por el solo hecho de haberlo cursado.

El alumno que concluya los grados primero o segundo de la educación preescolar será promovido al siguiente grado.

El alumno que concluya el tercer grado de la educación preescolar será promovido a la educación primaria.

Primaria

Primero, segundo y tercero

La acreditación de los grados primero, segundo y tercero de la educación primaria se obtendrá por el solo hecho de haberlos cursado.

En el supuesto de que un alumno de segundo o tercer grado no haya alcanzado los aprendizajes correspondientes, podrá permanecer en ese grado por otro ciclo escolar. Esta determinación podrá adoptarse por el docente, por solo una vez cuando el educando obtenga un promedio de grado inferior a 6.0

Cuarto, quinto y sexto

Cuando el alumno tenga un promedio final mínimo de 6.0 en cada asignatura, acreditará el grado cursado. Esto es aplicable para los grados cuarto, quinto y sexto de la educación primaria.

  1. Acredite todas las asignaturas del grado cursado, o
  2. Alcance un promedio final de grado mínimo de 6.0 y presente un máximo de dos asignaturas no acreditadas.

En este caso, de acuerdo con las observaciones señaladas en la Cartilla de educación básica respecto de las necesidades y apoyos de aprendizaje, deberán suscribir los compromisos necesarios para sujetarse a una "promoción con condiciones" en los términos establecidos en las normas de control escolar aplicables.

Primaria

El alumno será promovido a la educación secundaria, cuando:

a) Acredite el sexto grado de la educación primaria, o

b) Acredite una evaluación general de conocimientos del sexto grado de la educación primaria, en los términos establecidos en las normas de control escolar aplicables.

Secundaria

Grado Escolar

Criterio de Acreditación

Criterios de Promoción de Grado y Nivel Educativo

Primero y segundo

a) El alumno acreditará el primero o segundo grado de la educación secundaria, cuando tenga un promedio final mínimo de 6.0 en cada asignatura del grado.

b) El alumno que presente riesgo de no acreditar de una a cuatro asignaturas del grado podrá, durante el periodo de evaluación del quinto bloque, presentar un examen de recuperación por asignatura que incluya los aprendizajes de los cinco bloques. En este caso, el promedio final de asignatura será la calificación obtenida en dicho examen.

El alumno será promovido al siguiente grado, cuando:

  1. Acredite el grado cursado;

  1. Al concluir los primeros quince días hábiles del inicio del siguiente ciclo escolar, conserve un máximo de tres asignaturas no acreditadas del primero o segundo grado de secundaria, o

  1. Acredite en el establecimiento educativo una evaluación general de conocimientos del grado o grados de la educación secundaria en los que conserve asignaturas no acreditadas.

El alumno tendrá que repetir el grado completo cuando:

  1. Al concluir el ciclo escolar, presente cinco o más asignaturas no acreditadas de primero y/o segundo grado, o
  2. Al concluir los primeros quince días hábiles del inicio del siguiente ciclo escolar, conserve más de tres asignaturas de primero y/o segundo grado no acreditad.

Tercero de secundaria

El alumno acreditará el tercer grado de educación secundaria, cuando

a) Tenga un promedio final mínimo de 6.0 en cada asignatura del grado y no adeude asignaturas de grados previos.

b) El alumno que presente riesgo de no acreditar de una a cuatro asignaturas del grado, podrá durante el periodo de evaluación del quinto bloque, presenta un examen de recuperación por asignatura  que incluya los aprendizajes de los cinco bloques. En este caso, el promedio final de asignatura será la calificación obtenida en dicho examen.

c) Cuando al final del ciclo escolar, el alumno conserve hasta un máximo de cuatro asignaturas no acreditadas de la educación secundaria, tendrá la oportunidad de presentar exámenes extraordinarios para regularizar su situación académica.

El alumno acreditará la educación secundaria cuando:

  1. En todas las asignaturas establecidas en el plan de estudios de educación básica para este nivel educativo, obtenga un promedio final mínimo de 6.0.

  1. Acredite una evaluación general de conocimientos del tercer grado de la educación secundaria y se encuentren acreditadas todas las asignaturas de primer y segundo grado.
  2. El alumno tendrá que repetir el grado completo, cuando no logre acreditar la secundaria en los términos antes señalado.

Lo anterior, sin perjuicio de que el alumno también tendrá el derecho de acreditar la educación secundaria, si aprueba un examen general de dicho nivel educativo ante la instancia evaluadora externa que determine la autoridad educativa competente.

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