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Trabajo De Investigacióm


Enviado por   •  18 de Agosto de 2011  •  7.284 Palabras (30 Páginas)  •  457 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El derecho persigue un haz teleológico que se ha identificado por la Filosofía Jurídica con toda precisión: justicia, bien común y seguridad social. Desde la perspectiva de los fines del derecho es fácil vislumbrar la necesaria existencia de las normas jurídicas, cuya prístina función consiste en la posibilitación de la convivencia colectiva del hombre.

El Derecho Penal representa el esfuerzo desesperado del orden jurídico por preservar y proteger a la colectividad por la vía normativa; y es por ello que el 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que, en lo que es la materia de nuestro estudio, mas que reformar, vinieron a revolucionar el sistema de justicia penal en nuestro país, al disponer la instauración de un nuevo sistema que viene a romper con una serie de paradigmas, tradiciones y costumbres enraizadas en nuestra historia y cultura jurídica.

Un nuevo sistema de un pretendido corte acusatorio y garantista; transparente, y en el que se establezca a su vez el punto de equilibrio para las partes procesales, propio de un estado democrático de derecho, y en el que habrá de prevalecer la acusatoriedad y la oralidad, como características que lo diferencian del actual sistema de enjuiciamiento penal federal.

Fue bajo tales premisas que se reformó la Constitución Federal en sus artículos del 16 al 22, así como el 73, en sus fracciones XXI y XXIII, el 115, fracción VII, y la fracción XIII del apartado B del artículo 123.

Ante ese panorama, este trabajo de investigación, tomando como base el modelo del sistema de enjuiciamiento chileno, busca hacer un análisis de la transformación de la justicia penal en México, partiendo de los contenidos de la reforma de los preceptos constitucionales, profundizando en su análisis, para el mejor entendimiento del nuevo Código Federal de Procedimientos Penales, que regirá el procedimiento del nuevo sistema de justica penal implementado en nuestra nación.

El tema que comprende este estudio, es “El sistema jurídico de Chile y evolución de los juicios orales y sistema acusatorio en México”; analizado desde una perspectiva constitucional que tiene como principios rectores del nuevo proceso penal: a) Oralidad, b) Inmediación, c) contradicción y, d) concentración; y sus aplicaciones e implicaciones.

El estudio de estos temas deberá hacerse destacando como un principio básico que el trabajo judicial se haga bajo la mirada de todos los ciudadanos y, en particular, de los usuarios del sistema de justicia, pues un sistema de juicios orales, en el que las pruebas se rinden bajo la mirada del público y en el que el juez escucha a las partes, es más confiable que un sistema opaco y escrito, como el que tenemos actualmente.

Se ponderó que para ello, el análisis del artículo 20 constitucional; precepto que debió de ser completamente modificado para incorporar las bases del debido proceso legal y el mandato claro para crear juicios orales en México, tanto en el ámbito federal como local.

El reto consiste en la capacidad de transformación de cada institución, pues resulta evidente que el problema que prevalece, no radica en el sistema de justicia penal que nos rige, sino en los vicios que rigen el actuar de los organismos de procuración y administración de justicia, en los cuerpos policiacos e incluso en los mismos profesionistas litigantes que han perdido la verdadera esencia del objetivo de “abogar por la justicia”, circunstancia que dan origen a la ineficiencia del procedimiento penal.

1. SISTEMA PROCESAL PENAL ORAL EN LATINOAMÉRICA

Si bien es cierto que en muchos aspectos se podría decir que América Latina se encuentra sumida en “baches” u “hoyos” en aspectos como el económico o el político, también lo es que podría dar grandes lecciones en lo que se refiere a sus procesos de transformación en cuanto a lo que a sus sistemas judiciales se refiere. Este proceso no es reciente, este proceso inició desde la década de los ochenta del siglo pasado y desde entonces se encuentra en constante evolución y transformación.

La orientación de estos cambios ha sido hacia sistemas de enjuiciamiento de corte acusatorio, considerado como una superación de los sistemas inquisitivos y mixtos que habían predominado en la región; por ello es que sin lugar a dudas la idea de cambiar nuestros sistemas procesales desde su carácter fuertemente escriturados hacia juicios públicos y orales ha sido la constante de todos los esfuerzos reformadores al sector justicia en Latinoamérica durante los últimos 10 años. Tanto en materias civiles como criminales la bandera de la oralidad se ha esgrimido como el arma más eficaz para barrer con muchos de los males que se le atribuyen a nuestros sistemas judiciales.

Entre los factores que han propiciado este proceso de transformación podemos señalar los siguientes:

 Democratización creciente y mayor conciencia sobre los derechos humanos.

 Gobernabilidad y desarrollo económico.

 Aumento de los problemas de seguridad pública

 Colapso de los sistemas judiciales, dentro de un contexto de reforma y modernización del Estado.

 Intentos de unificación jurídica

 Presencia y participación de entidades de cooperación internacional.

1.1. SISTEMA PROCESAL PENAL EN CHILE

El sistema judicial chileno, se rige por la tradición del derecho continental europeo. Las causas civiles se resuelven esencialmente por el sistema escrito y secreto, situación similar a la que prevalecía en los procesos criminales hasta el año 2000, en que cambió el modelo de procedimiento penal por uno de tipo acusatorio que introdujo la oralidad y la publicidad como ejes centrales del proceso. Este nuevo modelo comenzó a regir en todo el territorio a partir de diciembre del 2004.

Una de las cualidades de la reforma procesal penal chilena fue la decisión de implementarla gradualmente en el territorio del país. Concluido el año 2002 la reforma había sido implementada en ocho de las trece regiones del país; la implementación en la totalidad del territorio quedó lista desde diciembre de 2004. El nuevo proceso penal se encuentra vigente en todo el país

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