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Ética: Estudio de la moral, promover el cumplimiento de conductas deseables para la sociedad


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2021  •  Ensayos  •  2.203 Palabras (9 Páginas)  •  89 Visitas

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Ética: Estudio de la moral, promover el cumplimiento de conductas deseables para la sociedad.

Ética profesional: Regular actividades que se realizan en el marco de una profesión.

Moral: Conjunto de creencias, normas y circunstancias a través de las cuáles se puede determinar si una persona a lo largo de toda su vida logró ser buena persona. La moral son las reglas o normas por las que se rige la conducta de un ser humano en concordancia con la sociedad y consigo mismo.

Integridad: Aquella persona que siempre hace lo correcto, hacer todo aquello que consideramos bien para nosotros y que no afecte los intereses de los demás. Equilibran el respeto, la responsabilidad, son justos y honestos en sus relaciones profesionales. La integridad obliga a que el contador público colegiado, sea probo e intachable.

Objetividad: No debe permitir favoritismo, conflicto de intereses o la influencia indebida de otros que influya en que elimine sus juicios profesionales o de negocios. El contador publico debe actuar con independencia en su manera de pensar y sentir.

Confidencialidad: Resguardar y mantener la confidencialidad de la información resultado de sus relaciones profesionales, y no revelar a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.

Comportamiento Profesional: No realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida. Debe tratar a sus colegas con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.

Competencia profesional y debido cuidado: Debe mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.

Pericia: Sabiduría, práctica, experiencia y habilidad en una ciencia o arte. Es un medio de prueba que consta de la opinión, deducción y actividad de personas entendidas en una ciencia o arte que pueden aportar al juez, elementos de convicción especiales – ajenos al saber jurídico- para resolver la materia controvertida. La pericia consiste en explicar, ilustrar sobre ciertos conocimientos especiales, buscando llegar al descubrimiento de la verdad. 

Justificación jurídica y deficiencias técnicas de la pericia

Creada con el objetivo de examinar cuestiones que si bien merecían conocimientos especializados solo servían para otorgar al juez elementos de mera convicción (relación existente entre los hechos controvertidos y el derecho de los justiciables a fin de permitir una correcta administración de justicia).

Peritaje: Resultado metódico y estructural que nos conduce a la elaboración de un informe que desarrolla el perito, en el cual están plasmados los razonamientos técnicos sobre la materia en la que se ha pedido su intervención.

Peritaje contable judicial: Constituye un medio de prueba ante la administración de justicia: fuero civil, penal, laboral y el fuero penal – tributario, a partir de la vigencia de la ley penal tributaria a través del DL 813 (20/04/1996). Ley 28951 y 13253 (actualización).

Peritaje contable: Labor de estudio, investigación, análisis y síntesis que realiza el perito para que con eficiencia, rapidez, sabiduría, capacidad y criterio pueda emitir un juicio de valor en el campo de la ciencia contable.

Pericia judicial: Trabajo especializado que efectúa el perito en un proceso judicial. El mismo que se realiza de acuerdo con lo solicitado por el magistrado por las justiciables.

Marco legal del peritaje contable judicial

Jurídica: Ley Orgánica del poder judicial – Estructura del poder judicial

Procesal: Código procesal civil – código procesal penal

Administrativo. Resolución Administrativa 351-98-SE-TP-CME-PJ (25/08/1998)

Tipos de Peritajes

Peritajes civiles: El caso no pone en riesgo la vida de la empresa o empresa y es ventilado en los juzgados civiles.

Peritajes penales: El caso o infracción es grave, poniéndose en peligro la vida de las personas o empresas. El caso es ventilado primeramente en la Fiscalía y luego lo transfieren al juzgado en lo penal.

Peritajes laborales: Infracción en asuntos laborales, ejm: irregularidades en el pago de remuneraciones y/o pensiones. Ventilado en juzgados laborales.

Pericias tributarias: Infracción de carácter tributario, extorsión, lavado de dinero, evasión, etc.

Tipos de Peritos

Perito de oficio: Cuando el juez y el fiscal (Ministerio publico) ordenan el peritaje porque creen que se requiere de conocimientos especiales (puede ser económicos, contable, financieros y otros de otra naturaleza) los que van a auxiliar para vislumbrar los hechos.

Perito de parte: Nombrados a solicitud de las partes en litigio, cuya finalidad es presentar sus puntos de vista debidamente fundamentados. No necesariamente deben ser peritos de parte que figuren en las nóminas oficiales del poder judicial, puede ser profesionales universitarios con experiencia (contadores, médicos, ingenieros, asistentes sociales, etc.)

Perito dirimente:  Nombrados por el Poder Judicial, a fin de deslindar una tercera posición y discrepancias existentes frente a los informes presentados por otros peritos.

CONTABILIDAD: técnica que se encarga de registrar las operaciones de las empresas con el objetivo de reflejar una imagen de su patrimonio, situación financiera y resultados económicos (pérdidas o ganancias). OBJETIVO -> Correcta presentación de la posición y de gestión de una organización, mediante el registro de sus operaciones y la posterior preparación de sus EEFF, balance general y estado de resultados.

Bienes: Cosas que le pertenecen -> edificios, mobiliario, bancos

Derechos: Cosas con derecho a cobrar -> clientes, letras por cobrar

Obligaciones: Cosas pendientes de pago -> proveedores, letras por pagar

Las empresas están constituidas patrimonialmente por:

ACTIVOS (Bienes y derechos)

PASIVOS (Deudas y obligaciones)

PATRIMONIO

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD

• Equidad: la equidad entre intereses opuestos debe ser una preocupación constante en contabilidad, puesto que los que se sirven o utilizan los datos contables pueden encontrarse ante el hecho de que los estados financieros deben prepararse de tal modo que refleje con equidad, los distintos intereses en juego en una hacienda o empresa dada.

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