Historia Contemporanea
daisyyelian22 de Octubre de 2013
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SUFRAGIO:
El sufragio es el derecho político y constitucional a votar a los cargos públicos electos. En un sentido amplio, el sufragio abarca el activo, en donde se determina quienes tienen derecho al ejercicio del voto (uso más común); y el pasivo, que se refiere a quienes y en qué condiciones tienen derecho a ser elegidos.
Históricamente, numerosos colectivos han sido excluidos del derecho a votar por muchas razones: unas veces porque sus miembros eran "súbditos" de reyes feudales y no se les consideraba hombres "libres"; otras veces porque la exclusión de la votación dependía de una política explícita claramente establecida en las leyes electorales. En unas ocasiones el derecho a votar excluía a grupos que no cumplían ciertas condiciones (exclusión de analfabetos, impuestos de capitación, etc.); en otras ocasiones a un grupo se le ha permitido votar pero el sistema electoral o las instituciones del gobierno fueron diseñadas a propósito para darles menos influencia que otros grupos más favorecidos.
Se suele considerar que la legitimidad política de un gobierno democrático deriva principalmente del sufragio
TIPOS DE SUFRAGIO:
SUFRAGIO UNIVERSAL: es la extensión del derecho a votar a todos los adultos, sin distinción de raza, sexo, creencia o posición social, económico y vertical.
SUFRAGIO RESTRINGIDO: también llamado censatario, solo podían votar las personas que aparecían en un censo o lista, normalmente en función de su riqueza, propiedades inmobiliarias o nivel de tributación.
Es práctica habitual en la mayoría de países, que el voto solamente puedan ejercerlo quienes son considerados nacionales o ciudadanos del país. Ello supone que, dependiendo de las condiciones en que pueda obtenerse la nacionalidad -con más o menos facilidad, en un número de años de residencia, restringida a la primera generación, con filiación, etc. (véase Ius sanguinis, Ius soli como métodos de adquisición de nacionalidad)- amplios sectores de los residentes de un país pueden estar privados del derecho al voto o tenerlo restringido. El derecho de ciudadanía universal reclama la superación de la nacionalidad como espacio restringido de derechos. No obstante, en las últimas décadas se han producido avances en el reconocimiento del derecho al voto a extranjeros residentes, tales como el concepto de ciudadanía europea en el ámbito de la Unión Europea, o la firma de tratados internacionales bilaterales para reconocer recíprocamente el derecho al voto en las elecciones locales de los nacionales residentes en el otro Estado.
CLASE SOCIAL:
SUFRAGIO CENTESIARIO:
Hasta pasado el siglo XIX, muchas democracias occidentales especificaban en sus leyes electorales que solo la gente con un cierto grado de riqueza podía votar. Hoy en día estas leyes se han abolido casi por completo. Sin embargo, en algunos países "democráticos" esto todavía se aplica en la práctica (aunque quizás no intencionadamente), aunque no esté especificado en la ley, ya que muchos países democráticos requieren la dirección del domicilio de sus ciudadanos para cualificar su voto, con lo que se excluye a todos aquellos que no han conseguido suficiente riqueza como para alquilar o poseer su propia vivienda.
EDAD: A pesar del impulso del sufragio universal, todas las democracias modernas requieren a sus votantes una edad mínima para ejercer este derecho. Los jóvenes por debajo de la edad mínima para votar constituyen entre un 20 y un 50% de la población en algunos países, y no tienen representación política. Las edades mínimas para votar no son uniformes en todo el mundo, y fluctúan dependiendo de cada país (y hasta de cada región dentro de un mismo país), normalmente entre los 18 años.
EXCLUSIÓN DE PENADOS EN ESTADOS UNIDOS: Muchos países, como algunos pertenecientes a la Unión Europea o Canadá, permiten a sus presos ejercer el derecho al voto, independientemente del tiempo de encarcelamiento o la naturaleza del crimen. Otros países, entre los que se incluyen algunos estados de Estados Unidos, niegan el derecho al voto a aquellos convictos de crímenes graves, incluso cuando ya han cumplido su condena.
DISCAPACITADOS PSIQUÍCOS E INTELECTUALES:
A pesar de que la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU establece que los discapacitados psíquicos tienen el mismo derecho a votar que el resto de ciudadanos, en algunos países no se les reconoce este derecho.
En España, que ratificó la Convención en 2007, miles de personas con discapacidad psíquica y discapacidad intelectual tienen negado el derecho al voto
SUFRAGIO FEMENINO Y SUFRAGIO CENSITARIO:
Finlandia fue la primera nación en el mundo en dar a todos los ciudadanos un sufragio total, en otras palabras el derecho a votar. Nueva Zelanda fue el primer país en el mundo en otorgar a sus ciudadanos el derecho a votar, en 1893. El 11 de noviembre de 1951 las mujeres Argentina votaron por primera vez.
EL SUFRAGIO EN LA ACTUALIDAD:
Hoy en día, en muchas democracias, el derecho al voto está garantizado como un derecho de nacimiento, sin discriminación de etnia, clase o género. Sin ningún tipo de examen descalificador (como la no alfabetización), los ciudadanos por encima de la edad mínima requerida en un país pueden votar con normalidad en las elecciones. Los residentes extranjeros pueden votar en las elecciones locales en algunos países
2: REVOLUCCIÓN FEDERAL:
Revolución Federal (Guerra Federal): 20 de febrero de 1859 (I Parte)
Hemos visto que las tensiones políticas se han agudizado desde el año 1858 con los sucesos que llevaron al poder al General Julián Castro, en la llamada Revolución de Marzo de ese mismo año. Los Generales Juan Crisóstomo Falcón y Ezequiel Zamora, han sido expatriados por decretos presidenciales. Ambos se habían negado a participar en los sucesos de marzo de 1858. El Gral. Falcón centra sus actividades en las islas de Bonaire, Aruba, Curazao y Saint Thomas. Desde el exilio inicia sus actividades como conductor del nuevo proceso revolucionario, encabezando las acciones de todos los exiliados políticos en las islas del Caribe. Es considerado Falcón por los liberales, como el jefe del movimiento que se está gestando. Mientras tanto, el General Ezequiel Zamora, cuñado de Falcón, hace lo mismo desde Curazao, estableciendo contacto con otros miembros subversivos, manteniendo contacto permanente con el General Falcón.
Ya en 1859, la insurrección se ha extendido por todo el territorio venezolano. Los grupos armados, quienes han venido actuando desde el año anterior, comienzan a extenderse por el apure, oriente, occidente y llanos centrales. Mientras en el país la llama de la revolución arde, en el exilio se había constituido desde el año 1858, una Junta Patriótica, formada por el Dr. Félix María Alfonzo, Lic. Antonio Leocadio Guzmán, Ramón Anzola Tovar, Napoleón Arteaga y Carlos Sanabria. Ellos se encargaban de los trabajos revolucionarios y al efecto habían finalizado el programa a llevarse a cabo.
Entre otros puntos tenemos: proclamación de un sistema federal; prohibición de la esclavitud, títulos nobiliarios, fueros excepcionales, monopolios y privilegios perpetuos; abolición de la pena de muerte; libertad absoluta de prensa; independencia electoral y judicial; democracia plena, etc. Este programa fue presentado al Gral. Falcón el 7 de diciembre de 1858, en Saint Thomas, en su carácter de Jefe de la Revolución, quien le dio su aprobación. Ahora le correspondía ocuparse del apoyo logístico para seguir adelante con el plan.
Mientras esto sucede en Saint Thomas, en Curazao y especialmente en Trinidad, los revolucionarios allí residentes organizaban invasiones por su cuenta, tanto al oriente como al occidente, sin intervención del Gral. Falcón, pero sin ánimos de desconocer su autoridad. Estos planes estaban listos para desencadenarse en el mes de febrero de 1859.
El Gral. Ezequiel Zamora, desde Curazao, mantenía estrecha relación con los revolucionarios de Coro, promoviendo un movimiento insurreccional, el cual se adelantó a los planes previstos, estallando la noche del 20 de febrero de 1859. El Comandante Tirso Salaverría, designado por el Gral. Falcón como jefe del movimiento en Coro, en compañía de unos 70 hombres de su organización, a los gritos de ¡Viva la Federación! ¡Abajo el Gobierno!, se apoderaron, sin combatir, del cuartel de la guarnición y del parque, unos 900 fusiles, dos cañones y otros elementos de guerra. Inmediatamente se formó una Junta revolucionaria, formada por los Sres. Juan Navarrete, Pedro Torres, José Toledo y Nicolás Zalderriaga.
Al día siguiente, 21 de febrero, el Cmte. Salaverría publicó una proclama anunciando la revolución, sus alegatos y propósitos. Por medio de esta proclama, Salaverría lanza el primer grito a nombre de la Federación y reconocen como Jefe al Gral. Juan Crisóstomo Falcón, aunque esos grupos pertenecían al Comando del Gral. Ezequiel Zamora. Se iniciaba así la Revolución Federal, lo cual daría inicio al período llamado también de la Guerra Federal, y es después de la Guerra de Independencia, la guerra civil más cruenta que haya ocurrido en Venezuela, tratando de resolver los problemas políticos que no se concretaron en el período independentista.
3: REVOLUCCIÓN RESTAURADORA:
Se conoce como Revolución Liberal Restauradora, Revolución Restauradora o «la invasión de los 60» a la campaña militar que tomó lugar entre el 23 de mayo y el 23 de octubre de 1899 y que inició una guerra civil en Venezuela. Representó la primera participación masiva
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