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Administración pública: definición, características y su relación con el derecho administrativo

elvisj22 de Agosto de 2013

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INTRODUCCIÓN

Una de las formas más complejas de la administración, en nuestra sociedad, es la administración pública. Pero el fenómeno administrativo no solamente nació con la humanidad sino que se extiende a la vez a todos los ámbitos por su carácter Universal, lo encontramos presente en todas partes. Y es que en el ámbito del esfuerzo humano existe siempre un lado administrativo de todo esfuerzo planeado.

La importancia de la administración se ve en que está imparte efectividad a los esfuerzos humanos. Ayuda a obtener mejor personal, equipo, materiales y relaciones humanas. Se mantiene al frente de las condiciones cambiantes y proporciona previsión y creatividad.

Considerando el carácter universal de la administración y la función en nuestras acciones como administradores, se conceptualiza los términos: Administración Pública y Derecho Administrativo. Considerando la administración pública como El conjuntos de órganos administrativos que desarrollan una actividad para el logro de un fin (bienestar general) a través de los servicios públicos, regulada en su estructura y funcionamiento, normalmente por el Derecho Administrativo.

El derecho administrativo como una rama del derecho mediante la cual se estudia el conjunto de normas y principios que regulan la actividad administrativa del Estado, la relación entre los particulares y los órganos administrativos.

Partiendo que el objeto del derecho administrativo es la administración pública en todas sus manifestaciones en la siguiente presentación se dará a conocer Conceptos, Principios, elementos, entre otras Bases legales y conceptuales de la Administración Pública y derecho administrativo.

ADMINISTRACIÓN

Alvarez-Gendín, expresa que la palabra administración etimológicamente “viene del latín: Ad y del verbo “Ministro- asare” administrar, servir, ejecutar, etc. Y más singularmente del sustantivo “ministratio-ministrationes”, servicio, acto de servir.

Etimológicamente administración, da la idea que ésta se refiere a una función que se desarrolla bajo el mandato d otro; de un servicio que se presta. Servicio y subordinación, son pues elementos principales que debe contener la definición.

Según Agustín Reyes Ponce, “La administración es la técnica que busca obtener resultados de la máxima eficiencia, por medio de la coordinación de las personas, cosas y sistema que forman una empresa”.

Para J. D. Mooney la administración “Es el arte o técnica de dirigir o inspirar a los demás con base en un profundo y claro conocimiento de la naturaleza humana.”

Según Peterson es “Una técnica por medio de la cual se determinan, clarifican y realizan los propósitos y objetivos de un grupo humano particular.”

La administración se distribuye en todas las funciones necesarias para su completa efectividad, constituidas por estadios sucesivos o pasos graduales y complementarios indispensables al éxito final. Esos estadios o pasos son: Previsión, planeación, organización, dirección, supervisión, coordinación y control.

Con lo anterior se entiende a la administración como el conjunto de las funciones o procesos básicos que, realizados convenientemente, repercuten de forma positiva en la eficacia y eficiencia de la actividad realizada en una organización.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

“El conjunto de Órganos Administrativos que desarrollan una actividad para el logro de un fin (Bienestar General), a través de los Servicios Públicos (que es el medio de que dispone la Administración Pública para lograr el bienestar General), regulada en su estructura y funcionamiento, normalmente por el Derecho Administrativo.”

Podemos decir que la Administración Pública y sus órganos y entidades es un medio por el cual el Estado ejecuta su actividad.

La Administración Pública se presenta con un doble aspecto:

a) Como sujeto, es un complejo de órganos armonizados, constituido, unido por relaciones de jerarquía y de coordinación, lo que se le denomina la jerarquía administrativa, aunque no todos los órganos administrativos son órganos jerarquizados.

b) En su objeto, que la acción, la actividad encaminada al cumplimiento de finalidades, como ya lo indicamos el bienestar de todos.

c) Regulada estructuralmente y en su competencia por el Derecho administrativo, pues dentro del Derecho Administrativo encontramos toda la regulación legal que enseña los principios, normas, regulación de relaciones, control, etc.

La Administración Pública debe entenderse desde el punto de vista FORMAL como el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales y que desde el punto de vista MATERIAL es la actividad de este organismo considerando en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar de su misión.

Por otra parte, la administración pública, puede ser considerada como una disciplina que se encarga del manejo practico de los recursos y de la dirección de las actividades correspondientes al trabajo por parte de las personas, siempre enfocada al lograr el objetivo de satisfacer los intereses públicos, es decir, las expectativas de la sociedad que constituye dicho país.

De acuerdo a lo anterior se entiende a la Administración Pública como la parte de los órganos del estado que dependen directa o indirectamente del poder ejecutivo, tienen a su cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes (legislativo y judicial); su acción es continua y permanente, siempre persigue el interés público, adopta una forma de organización jerarquizada y cuenta con elementos personales, patrimoniales con una estructura jurídica y con procedimientos técnicos.

DEFINICIÓN DE ELEMENTOS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Los elementos más importantes de la definición dada se pueden resumir y explicar de la siguiente manera:

1.- El Órgano Administrativo;

2.- La Actividad que la Administración realiza;

3.- La finalidad que pretende el Estado a través de la administración; y,

4.- El medio que la Administración Pública dispone para la realización de sus propósitos.

 ORGANO ADMINISTRATIVO:

Son todos aquellos órganos que pertenecen a la administración pública y que son el medio o el conducto por medio del cual se manifiesta la personalidad del Estado.

La calidad de órgano deriva directamente de la propia Constitución; la persona jurídica estatal no necesita un acto valitivo de determinación, pues el órgano “integra” la estructura de la persona, forma parte de ella, nace con ella, es ella en cierta medida, pues el órgano vale tanto como el instrumento o medio de acción, a través del cual el Estado se desenvuelve como sujeto de derecho.

 ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA:

Los órganos de la administración pública desarrollan una actividad y esta actividad se desarrolla a través de la prestación de los servicios públicos a los cuales está obligada la administración pública, para el logro de su finalidad. Podemos ver al Servicio Público, como el instrumento, vehículo o medio de que dispone la Administración para el logro de su propósito.

 FINALIDAD:

La finalidad es "el bien común" o "bienestar general" de toda la población en general, elemento no sólo doctrinario sino Constitucional, expresado dentro del artículo 1o. que establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, y su fin supremo es el Bien Común.

 EL MEDIO:

El medio que la administración pública utiliza para el logro del bienestar general o el bien común es el Servicio Público. Significa esto que el Servicio Público se entiende como “el medio de que dispone la Administración Pública para el logro de su finalidad.”

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA

Según la noción común Función Administrativa es la actividad concreta, dirigida a través de una acción positiva, a la realización de los fines concretos de seguridad, progreso y bienestar de la colectividad. Función esencial en cuanto para la conservación y el progreso de la sociedad.

La función administrativa es la actividad que normalmente corresponde al Poder Ejecutivo, se realiza bajo sus efectos, se limitan a los actos jurídicos concretos o particulares y a los actos materiales. La actividad administrativa tiene como fin decidir y operar. Es necesario de un órgano como este que ejecute la ley, que la concrete y que la actualice cuando sea necesaria.

Propósito de la función administrativa

La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política de la República. Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de todas las funciones administrativas deben ejercerlas consultando el interés general.

PASOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Hablar de los pasos de la administración pública implica hablar de la función administrativa, los cuales son cinco:

La Planificación, La Coordinación, La Organización, La Dirección y El Control.

 La Planificación:

Que significa la investigación para garantizar los resultados de la finalidad que

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