ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Constitucional


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  2.729 Palabras (11 Páginas)  •  240 Visitas

Página 1 de 11

Estados unidos.

• Revolución Estadounidense

En la convención de Filadelfia el 17 septiembre de 1787 se aprobó el texto de la Constitución Norteamericana. Benjamín Franklin y una pléyade de hombres prácticos e inteligentes lograron el consenso para redactar un documento brevísimo que fijaba las reglas para un nuevo sistema.

Esta es la más importante de sus aportaciones en la historia del pensamiento y de la acción política al realizar una revolución constitucional.

Concebir la invención de un nuevo régimen que no partía del influyente pensamiento europeo, especialmente el de la ilustración francesa, que se basaba en la idea de que el grado de libertad de un país era siempre inversamente proporcional al grada de autoridad del gobierno, lo que llegaba a balancear las dos exigencias en un justo medio mecánicamente determinado entre la anarquía y el autoritarismo. Por el contrario, la revolución norteamericana fue una revolución constitucional, en el sentido de entenderla como un intento de fundar, a través de una constitución, de un texto escrito que fijaba las reglas, un nuevo orden político. A la supremacía de la voluntad de la mayoría, se contrapuso la supremacía de la Constitución.

Ante la impotencia de realizar el viejo sueño de la democracia directa, el Constitucionalismo se imponía como una necesaria respuesta, que se orientaba también a defender al pueblo y a los individuos que lo componen de la clase dirigente. Principios hoy de curso corriente surgen allí: La Constitución escrita y rígida; la estabilidad del poder ejecutivo induciendo su fortaleza y eficacia; los vastos poderes reservados al poder judicial; hasta en ese momento en alguna medida nulo, como sentencia Montesquieu; su fortalecimiento como control contra la mayoría de las asambleas; la protección de los derechos de las personas, de los grupos, de las minorías; y la concepción de ver a los representantes populares solamente como mandatarios, que deben estar al servicio del país y no convertirse en pequeño grupo de élite sin cortapisas, es la gran contribución de los constituyentes de Filadelfia.

Los aportes de los USA al derecho público moderno también son de trascendental importancia. Se pueden sintetizar en 4 aspectos principales:

El haberse dado la primera Constitución escrita, de carácter nacional, en el mundo, a través de la Constitución de Filadelfia de 1787. Ese documento, que resumía en cláusulas severas y concisas, los principios políticos y filosóficos de carácter liberal por los cuales venían luchando los hombres desde tiempos remotos, tuvo directa y marcada influencia sobre la conformación de las instituciones políticas de los nacientes Estados americanos y de muchos europeos a lo largo de todo el siglo XIX.

La adopción de la forma de Estado federal para una vasta extensión territorial, experimento realizado por primera vez, y con resultados positivos, en el mundo, y luego imitado por otras muchas naciones.

La implantación del sistema de gobierno presidencial, en esa misma Constitución, sistema basado en un ejecutivo monocrático, dotado de amplios poderes políticos y administrativos pero sometido, a su vez, a un sistema de frenos y contrapesos por parte de los otros poderes públicos, y que luego sería adoptado por la casi totalidad de los Estados de América y por muchos otros en el resto del mundo.

La formalización de la independencia de los jueces, respecto del ejecutivo y del legislativo, mediante la creación de una Corte Suprema colocada en el mismo pie de igualdad que los titulares de esos poderes, y de tribunales y jueces con funciones determinadas por la propia Constitución. Además fue en los Estados Unidos de América donde se asignó por primera vez a un órgano jurisdiccional la función de control de la constitucionalidad de las leyes.

Francia.

• Revolución Francesa.

La primera Constitución francesa junto con la elaborada por la Convención en 1793, la del Directorio de 1795, la de la época Consular de 1799 y la de los Estados Unidos de América de 1787 han servido de modelo a las demás que reconocen los principios demo-liberales. Éstas recibieron su contenido de la lucha del liberalismo en contra del absolutismo monárquico y éste se caracteriza por constituir una limitación del poder absoluto del Estado.

Después de la segunda guerra mundial la organización democrática y constitucional da una vuelta al incorporar a sus textos legislativos los principios correspondientes a la nueva concepción económico-social del Estado. Francia, en su Constitución aprobada por referéndum popular el 13 de octubre de 1946, vuelve a afirmar los derechos y libertades del hombre y del ciudadano consagrados por la Declaración de derechos de 1789 y además agrega derechos sociales que derivan de la protección de la dignidad humana que tiene el nuevo Estado, dando una prueba de que a la larga los pueblos no pueden vivir sino dentro de un régimen de legalidad y seguridad jurídica.

Karl Loewestein dice que la Constitución como un documento escrito de las normas fundamentales de un Estado adquirió su forma definitiva en el ambiente racionalista de la Ilustración. Pero organizaciones políticas anteriores han vivido bajo un gobierno constitucional sin sentir la necesidad de articular los límites establecidos al ejercicio del poder político.

Se puede concluir que los aportes de Francia al constitucionalismo y al derecho público moderno, se proyectan sobre todo en el campo intelectual e ideológico. Los más importantes fueron:

El esfuerzo por racionalizar y sistematizar el ordenamiento político del Estado, plasmado en la obra del barón de Montesquieu, particularmente con su formulación de la teoría de la tridivisión de los poderes públicos en Del espíritu de las leyes.

La influencia del pensamiento político de los filósofos del enciclopedismo en la propagación de los ideales liberales en Europa y América.

La revaluación y formulación de Rousseau y la posterior proclamación de la soberanía nacional en la Revolución Francesa, con el fin de darle a la democracia su fundamento lógico y su base de legitimidad.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, proclamada formalmente el 26 de agosto de 1789, al comienzo de la Revolución Francesa, afirmación doctrinal solemne de los derechos y libertades individuales, hasta entonces jamás formulada con un alcance universal, en la cual se inspirarían fundamentalmente las demás declaraciones de derechos proclamadas en el

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (17.1 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com