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Cuales son los Comienzos del derecho romano


Enviado por   •  3 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  5.786 Palabras (24 Páginas)  •  192 Visitas

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Derecho Romano

Clase 1

En el derecho romano anteriormente confundían o mesclaban normas del derecho con normas preciosas, estudiaban la religión y el derecho con la moral y así fue al principio pero luego los estudiosos del derecho de las normas romanas fueron distinguiendo entre un ordenamiento creado por los seres humanos por las personas y un ordenamiento creado o inspirado por Dios o por quien creían los miembros de esa sociedad (los romanos eran politeístas) y para el efecto de su distinción fueron creando términos.

  • Fas: termino para referirse a la ley divina.

Fas se refiere a la lex divina es decir hablando de aquellos ordenamientos, de aquellas instituciones jurídicas de origen divino

  • Jus o Ius: termino para referirse a la ley humana.

Mencionaba a aquellas instituciones jurídicas de origen humano creadas por el hombre.

El Jus significa derecho, pero más explícito no era más que el conjunto de reglas fijadas por la autoridad y los ciudadanos estaban obligados a obedecer con carácter de obligatoriedad de este término se derivaron otros términos como justicia y jurisprudencia.

Varios estudiosos del derecho que se derivan como jurisconsultos fueron dando sus ideas o definiciones sobre lo que era Justicia y jurisprudencia.

  1. Ulpiano, fue un jurisconsulto romano muy famoso, acoto mucho en el desarrollo del derecho romano él dice que justicia es la voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suyo, en otras palabras, justicia para él es darle a cada uno lo que se merece; Ulpiano define a la jurisprudencia como el tiempo de las cosas divinas y humanas la ciencia de lo justo y de lo injusto.

En el derecho romano hablar de jurisprudencia se significaba la ciencia del derecho.

La jurisprudencia del derecho romano tiene mucho de lo que ahora es en la actualidad, pero no deja de reflejar las primeras ideas de lo que ellos dijeron y allí se refleja esa mezcla entre la religión y el derecho por eso Ulpiano cuando describe la jurisprudencia nos dice que es la ciencia de lo divino y de lo humano, la ciencia de lo justo y de lo injusto.

¿Qué entendían los romanos por derecho?

  1. Celso, define al derecho como el arte de lo que es bueno y lo que es equitativo.
  2. Ulpiano, define al derecho como vivir honestamente, no dañar a otro, dar a cada uno lo suyo.

División del derecho Romano.

Aparece la primera gran división del derecho con el derecho público y privado.

  • Jus público: derecho público.

- Comprenden el gobierno del estado es decir toda aquella normativa que regula el gobierno de un estado y todas estas normas forman parte del derecho público, para gobernar un estado se necesitan reglas, se necesitan normas, leyes, reglamentos.

- Comprende la organización de las magistraturas referentes al culto y sacerdocio y le llamaban Jus Sacrum que es derecho sagrado.

-Se regula la relación de los ciudadanos con los poderes públicos.

-Esta inverso todas aquellas normas que regulan la relación entre los ciudadanos y los poderes públicos; es decir todas aquellas relaciones que se dan entre la administración pública y los administrados todo lo que nosotros conocemos en la actualidad como derecho administrativo.

  • Jus Privatum (derecho privado)

El derecho privado se subdivide en 3 ramas: (jus naturale) derecho natural, (jus gentum) derecho de gentes y (jus civile) derecho civil.

  • Jus Naturale (derecho natural)

-Siceron jurisconsulto y político del derecho romano nos da su noción sobre lo que es el derecho natural, y él dice que es un conjunto de principios emanados de la voluntad divina; ósea un derecho no creado por el hombre si no que por Dios.

-Ulpiano dice que el derecho natural consiste en las leyes que la naturaleza a impuesto a todos los seres animados y pone como ejemplo la unión de sexos, ósea se unen los sexos opuestos, de manera que si se da una unión de sexos iguales no forma parte del derecho natural y seria contra la naturaleza; otro ejemplo es la procreación.

  • Jus gentum (derecho de gente)

Se comprenden las instituciones del derecho romano, pueden participar todos los ciudadanos romanos u extranjeros; otros explicaban el derecho de gente como un conjunto de reglas aplicadas en todos los pueblos sin distinción de nacionalidad.

El derecho de gentes es todo aquel conjunto de normas del ordenamiento donde se regulan una serie de instituciones jurídicas como por ejemplo el derecho de propiedad el matrimonio, los contratos etc.

  • Jus Civile (derecho civil)

Comprende las reglas del derecho especiales de cada pueblo, de cada estado y de ese modo se separa del derecho común (derecho de gentes) de tal manera que el derecho civil era aquel derecho que se aplicaba solo en determinados pueblos o para determinadas personas de alguna nacionalidad; estrictamente relacionado con los romanos se dice que el jus civile, instituciones propias de los ciudadanos romanos y de este derecho no podían participar los extranjeros.

  • Con el tiempo se pasa del jus civile al jus gentum

Con el tiempo se deja de aplicar el derecho civil solo para determinados grupos y este derecho civil pasa a formar parte del derecho de gentes, de tal manera que ahora todos puede hacer uso del derecho, no importando si son romanos o extranjeros y aquí ya se apertura el servicio militar, porque en este momento ya pueden ser soldados todos, siempre y cuando no sean considerados enemigos

  • Fuentes del derecho

Estas son las principales manifestaciones del derecho porque allí se empieza a desarrollar:

  • Leyes o decisiones: esta surge en los primeros años de la sociedad romana y las leyes o decisiones no eran más que resoluciones votadas por el pueblo en los comicios (asamblea) sobre la proposición de un magistrado senador; en otras palabras, las leyes o decisiones se daban porque en un principio el pueblo de roma se reunía en un lugar público y a propuesta de un senador, el pueblo aprobaba si aceptaba esa propuesta o no y la que si se aprobaba se convertía en ley.

  • Los plebiscitos: son decisiones votadas por la plebe en las concilia plebis sobre la proposición de un tribuno; un plebiscito era una ley tomada por la plebe que era una clase social dentro de la sociedad romana y tomaban la decisión a propuesta de un magistrado que velaba por los intereses y a este magistrado se le denomino TRIBUNO.
  • Los cenados consultos: es una ley proveniente del senado; una decisión botada por el senado.
  • Las constituciones imperiales: son leyes, normas o decisiones que emanaban de la voluntad del emperador; estas ya surgen en el tiempo del imperio romano.
  • Los edictos: no eran más que las resoluciones emitidas por los magistrados encargados de la justicia civil así publicaba su sentencia; estas publicaciones las comunicaban los magistrados y les servían para poder resolver diferentes casos.
  • Las respuestas de los prudentes: eran los dictámenes de los jurisconsultos; entonces cuando un funcionario público tenía alguna duda hacia una consulta a un jurisconsulto y el respondía y esto vino a hacer la doctrina o teoría del derecho romano.

En otras universidades estudian también la ley divina que es conocida como derecho canónico, en Guatemala existe el derecho canónico y es practicado por las iglesias especialmente la iglesia católica y siguen procedimientos religiosos como, por ejemplo, la extinción del vínculo matrimonial religioso.

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