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DECLARACIÓN DE PERSONA IMPUTADA


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  1.320 Palabras (6 Páginas)  •  224 Visitas

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-- -- DECLARACIÓN DE PERSONA IMPUTADA.- En Puente Grande Jalisco y siendo las 17:50 Diecisiete horas con Cincuenta Minutos del día 23 Veintitrés del mes de Enero del año 2013 dos mil trece, La Agente del Ministerio Público en unión de sus testigos de Asistencia con los que legalmente actúa y da fe procedió a tomarle la declaración a una persona imputada, mismo que al tenerlo a la vista se le hacen saber los derechos que le otorga la Carta Magna articulo 20 apartado A y que se encuentran anotados en lo dispuesto los el articulo 93 fracción III tercera inciso A), B), C), D), E), F), del Código de Procedimientos Penales Vigente en el estado de Jalisco como lo es A).- A declarar o de abstenerse de ello, así como nombrar a un defensor o persona de su confianza y si no lo hace se le asignara al defensor de oficio, B).- Que su defensor comparezca en todas las diligencias en las que se desahogue cualquier prueba C).- Que se le faciliten todos los datos que soliciten para su defensa y consten en la averiguación, para lo cual se le permitirá a el y a su defensor consultar el expediente respectivo D).- Se le reciban los testigos y demás pruebas que ofrezcan, que se tomaran en cuenta, para dictar la resolución que corresponda, considerando el tiempo necesario para ello siempre que no se traduzca en entorpecimiento de la Averiguación Previa, las personas cuyo testimonio ofrezca se encuentren en el lugar en donde se lleve a cabo, conforme a lo señalado en la fracción I del articulo 20 apartado A de la Constitución Federal de la República y en los términos de lo que al respecto dispone este código. E).- se le hace saber que tiene derecho de solicitar su libertad bajo caución si ésta procede F).- si el detenido desconoce el castellano se le asignara un traductor para que lo asista, quien le hará saber de los derechos que tiene, si este perteneciere a una etnia, se informara al Instituto Nacional Indigenista. Si se tratare de Extranjeros la detención se comunicara de inmediato a la Representación Diplomática o Consular que corresponda, o a la delegación de Servicios Migratorios.- Por lo que una vez enterado de sus derechos, manifestó que en cuanto al derecho referido en inciso A).- Que no tiene abogado que lo defienda dentro de la presente causa por lo que se le nombra al defensor de oficio proveniente de la Procuraduría Social del Estado de Jalisco, a la Licenciada en Derecho MARIA DE LOURDES ROSETE RAMIREZ, quien estando presente se le discierne el cargo dada su oficialidad y protesta su fiel y legal desempeño la cual señaló como domicilio para recibir notificaciones en LA DEFENSORIA DE OFICIO UBICADA EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE PUENTE GRANDE JALISCO y quien se identifica con el gafete expedido por la Procuraduría Social, haciéndose constar que previo al inicio de la presente diligencia el defensor designado una vez que se impuso de autos, SOLICITA EN ESTOS MOMENTOS EL USO DE LA VOZ, por lo que esta representación Social le concede el uso de la voz, quien dijo: de conformidad a lo establecido en la concurrencia de leyes en los cardinales 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 93 y 145 del Enjuiciamiento Penal aplicable al Estado de Jalisco, 128 del Código Federal de Procedimientos Penales aplicados supletoriamente a este asunto, solicito en estos momentos mi entrevista en privado con mi defenso que se describirá en líneas posteriores, con el efecto de preparar su defensa; por lo que esta representación Social da cuenta: que se llevo con toda normalidad y sin coacción alguna la entrevista en privado señalada en líneas anteriores entre el defensor de oficio designado y su defenso

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