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Declaración del (ISLR) Para Personas Jurídicas (Seniat)


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2014  •  Trabajos  •  1.640 Palabras (7 Páginas)  •  211 Visitas

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Declaración del (ISLR) Para Personas Jurídicas (Seniat)

La primera Ley de Impuesto sobre la Renta entró en vigencia en el año 1943. En el mes aniversario de esta revista pareciera ser una buena ocasión para recordar los sesenta años de existencia de esta Ley. Para ello, presentamos a continuación un compendio de las diferentes versiones de la Ley, desde sus inicios hasta la fecha.

El régimen legal del impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. Esta ley es realmente una reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero.

Según el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos.

( Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto).

Es de la competencia del Poder Público Nacional:

Artículo 156.

La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco; y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.

¿A qué y a Quién?

LEY DE I.S.L.R.

Artículo 1°. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta ley.

Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley.

Ventajas del I.S.L.R.

• Es un impuesto productivo : produce un alto rendimiento

• El aumento de su alícuota puede aumentar sus ingresos sin la necesidad de crear nuevos gravámenes

• Adaptación a los objetivos de justicia social:

• Deducciones personales progresividad discriminación de la fuente de ingreso

Dificultades:

• Obstaculiza el ahorro y la capitalización

• funciona de manera adversa cuando existe inflación, debido a que las ganancias obtenidas se deben principalmente a la depreciación de la moneda.

• fuga de capitales: sistema económico-solidaridad comunitaria exageración de la progresividad

• complejidad del impuesto: a medida que se perfecciona el impuesto y se trata de volverse lo mas equitativa posible, sus normas se vuelven mas complejas.

• costo excesivo en la recaudación: aunque con la modernización de los órganos encargados de los tributos, se ha logrado reducir significativamente los costos de recaudación, control y fiscalización.

Diferencias entre Exención y Exoneración

La exención consiste en la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, otorgada por la ley, en cuyo caso sus beneficiarios están obligados a informar a la Administración Tributaria para su debida fiscalización y control; las siguientes exenciones estan en obligación de cancelar el impuesto sobre la renta: las entidades venezolanas de carácter público, el Banco Central de Venezuela y el Fondo de Inversiones de Venezuela, así somo los demás institutos oficiales antónomos que determine la ley.

En cambio la exoneración consiste en el cumplimiento de la obligación tributaria, otorgada por el Ejecutivo Nacional, en lo casos autorizados por la Ley; al igual que las exenciones sus beneficiarios están obligados a informar a la Administración Tributaria para su debida fiscalización y control. Especificará los tributos que comprenda, los presupuestos necesarios para que proceda y las condiciones a los cuales esta sometido el beneficio.

Se denomina persona jurídica a:

Un sujeto de derechos y obligaciones que no existe como individuo sino como institución, y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un determinado papel. Las personas jurídicas son entidades a las que el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia y, en consecuencia, tienen capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales.

Se consideran personas jurídicas a:

Compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, las comunidades, así como cuales quiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas.

(Exenciones al ISLR,Exenciones vs. exoneraciones).

Cálculo del ISLR para Personas Jurídicas

Para calcular el Impuesto sobre la Renta de las personas jurídicas se debe determinar su renta neta mundial gravable. Para determinar la renta neta mundial gravable se debe sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto de fuente extraterritorial (al tipo de cambio oficial). No se admitirá la imputación de pérdidas de fuente extraterritorial al enriquecimiento o pérdida de fuente territorial. El enriquecimiento neto corresponde al incremento de patrimonio que resulte después de restar de los ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la LISLR.

Cálculo de la renta neta mundial gravable

Fuente

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