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De la división de las cosas


Enviado por   •  17 de Febrero de 2015  •  Tesis  •  1.682 Palabras (7 Páginas)  •  201 Visitas

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Libro II

De la división de las cosas

En este título nos habla de las cosas que están o no en nuestro patrimonio y como es que podemos adquirirlas o perderlas. Existen de varios tipos entre ellas las naturales las cuales son universales para todos; como pueden ser el agua, el aire y el mar. Cuando se habla del mar se refiere a que puede navegarse libremente en él y también se puede pescar lo que se encuentra en el interior.

Es derecho de gentes el uso público de las riberas y también de los ríos y por lo tanto cualquiera es libre de atracar o montar un bote dentro de ellos, sin embargo esto también pertenece a las personas cuyos predios se encuentran en el alcance del rio. También es derecho de gentes el uso público de las costas y el del mar, por ello cualquier persona es libre de situar una cabaña para protegerse.

Por otra parte son de universalidad y no de particulares las que se encuentra en la ciudad como por ejemplo los teatros, los estadios y otras semejantes. Las cosas que no son de nadie, son las cosas sagradas, las religiosas y las santas; porque lo que pertenece al derecho divino no puede estar en los bienes de nadie. Se consideran cosas sagradas aquellas que han sido consagradas a Dios, como sus edificios, templos y sus donativos.

Cuando un edificio sagrado es derrumbado el lugar se sigue considerando sagrado, como lo escribió también Papiniano, quien fue un jurisconsulto romano, magister libellorum y prefecto del pretorio del emperador Séptimo Severo. También nos dice que cada cual hace religioso un lugar por su voluntad sepultando un muerto en ese lugar, mas en un lugar puro común no es licito enterrar contra la voluntad de un copropietario.

Las cosas santas como las murallas y las puertas en cierto modo también son de derecho divino y por lo tanto no pueden estar en los bienes de nadie. Llaman santas a las murallas, porque se encuentra establecida una pena capital contra los que hayan delinquido contra las murallas. Por eso mismo se llaman sanciones a aquellas partes de las leyes, en las que se fijan penas contra los que obraron mal sobre las leyes.

Existen muchas maneras para que las cosas se hagan de los particulares como anteriormente se dijo, se pueden adquirir por manera natural, que es el derecho de gentes y también por derecho civil. El derecho más antiguo es el natural, ya que la naturaleza existió mucho antes que el derecho; al comenzar una civilización y al crearse ciudades, un magistrado y al surgir leyes nació el derecho civil.

Todos los animales que en la tierra, en el aire o en el agua nacen comienzan a ser de aquel que se apropie de ellos, por el derecho de gentes, pues lo que antes no era de nadie se puede conceder por razón natural de quien lo ocupa. Mientras los peces, las reces o las aves estén dentro de tu custodia no podrán quitártelos. Sin embargo si alguno de tus animales sale o es despojado de tu predio sin que no te hayas fijado este deja de pertenecerte.

Si un panal de abejas o un nido de pájaros se establece dentro de un árbol tuyo no significa que te pertenecen, ya que para pertenecerte deben ser capturados; por lo tanto si una persona llegara a capturar las abejas o las aves antes que tu pasarían a su propiedad, sin embargo si logras ver a la persona que quiere apoderarse de lago dentro de tu propiedad puedes con derecho prohibirle que lo haga.

Existen muchos animales silvestres los cuales acostumbran a irse y regresan, se dice que estos animales son tuyos mientras regresen a ti y se encuentren dentro de tu predio y hasta donde los puedas ver. Existen animales como las gallinas y los ánsares que su vida no es silvestre y en caso de que estas salieran de tu predio se sabe que son tuyas aunque se encuentren en otro lugar; y quien tenga el ánimo de retener a estos animales sabiendo que no son de ellos pueden ser acusados de hurto.

Las cosas que se cogen a los enemigos se hacen suyas por el derecho de gentes, de tal manera que hasta los hombres libres pueden llegar a ser esclavos. Sin embargo aquellos que logran evadir la potestad de sus enemigos recobran su mismo estado de hombres libres.

Las piedras preciosas, las perlas y otros objetos que se encuentran en las costas se hacen de manera natural de quien las encuentra. Además también se considera tuyas aquellas crías de animales que estaban bajo tu potestad hasta que estén bajo tu predio.

Lo que por aluvión agrego el rio a tu campo, se adquiere para ti por el derecho de gentes. Sin embargo si el aluvión llega a desprender cosas de tu predio y llegan a propiedad del vecino

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