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Derecho Bancario


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2012  •  1.036 Palabras (5 Páginas)  •  671 Visitas

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DERECHO BANCARIO

obligados cambiarios y la medida de la operación comercial que ha dado origen a la emisión, razónpor la cual los documentos están cubiertos, en tanto están al descubierto las letras de cambio delas otras dos categorías. Para que las letras de cambio puedan ser objeto de descuento, o sean negociables en el banco, es necesario que estén provistas de las firmas del emisor y del cedente,que tengan un vencimiento máximo y que sean pagaderas en una sede en la que el banco tenga sucursales. Al descuento se contrapone el redescuento que es la operación mediante la cual el banco que descontó el crédito vuelve a efectuar dicha operación, en otro banco. Una forma de redescuento especial es aquella en la que el banco que redes cuenta endosa los efectos que presenta al Instituto emisor, asumiendo la obligación de retirarlos o sustituirlos por otros, a su vencimiento.

3.NATURALEZA JURÍDICA Y DISCIPLINA DEL CONTRATO

Varias teorías se han expuesto para explicar la naturaleza jurídica del contrato de descuento. Por lo pronto y partiendo de una interpretación teleológica. debemos advertir que, en nuestra opinión, el banco quiere antes que nada, conceder un crédito y el cliente hacerse a los recursos correspondientes. Es en torno a ese eje de concesión-recepción de crédito, que el contrato debe y puede explicarse. En ese orden de ideas, tendríamos que el documento o crédito transferido por el cliente juega, en últimas, un papel de garantía, aun si el banco se hace propietario del mismo. En otras palabras, el banco al adquirir el crédito no paga en nombre y por cuenta del deudor cedido ni pretende hacer una inversión comprando el documento y asumiendo, por ende, el riesgo crediticiosino que lo adquiere como simple medio instrumental para reembolsarse de las sumas entregadas su cliente descontado.

Como el contrato de descuento implica la dación en pago de una suma con obligación de restituirla,es un contrato de préstamo similar al mutuo, porque ambos contratos tienen en común la finalidadde procurar el goce de un determinado capital mediante una retribución, el Interés. Sin embargoexiste una diferencia entre ello porque el descuento bancario se presenta como una forma depréstamo caracterizada por la Intención de anticipar al solicitante el importe de un crédito que éltiene frente a un tercero.En el contrato existe una relación funcional entre préstamo y cesión. La transferencia efectiva deuna suma determinada tiene su causa en la adjudicación de un importe futuro que en el acto de lacesión del crédito tiene carácter obligatorio, pasando a ser real cuando se cobra el crédito.El descuento no puede configurarse como una compraventa de créditos o títulos de crédito,considerando que la suma entregada al beneficiarlo del descuento no tiene naturaleza de preciosino de anticipo sobre el crédito, deducido el interés contabilizado en base a la denominada tasa de

BONFANTI. Mario A.

"Contratos Bancarios". Ed. Abeledo-Perrot. Buenos Aires. 1993. Pareciera descalificar esta posiciónal decir: "algunos consideran que la función de crédito tiene una de garantía. Contra esta tesis se señala que. solamente si el deudor cedido

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